j. Octubre

Vence mañana presentación de formularios D-140 para sociedades inactivas con cédulas terminadas en 1 y 2

De conformidad con la nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas 9428 y su reglamento, vence mañana, 31 de octubre, el plazo para que las sociedades con cédulas jurídicas terminadas en 1 y 2 presenten ante el Ministerio de  Hacienda, el Formulario D.140 Declaración de Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes.

Así lo comunicamos hace algunas semanas en nuestro comentario  A pocos días de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Impuesto a las Sociedades

"Las sociedades que no estuvieren inscritas en Hacienda por no tener obligaciones tributarias serán inscritas de oficio y deberán pagar el importe del impuesto a las sociedades a más tardar el 30 de setiembre del presente año. Adicionalmente al pago, estas sociedades tendrán obligación de presentar ante Hacienda el Formulario D.140 Declaración de Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes según el siguiente calendario:

a) Cédulas jurídicas que finalizan en 1 y 2 te...

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Nuevas medidas para la presentación de testimonios serán obligatorias el 15 de noviembre

Se publicó este martes en La Gaceta,  la Directriz DSE-001-2017 de la Junta Administrativa del Registro Nacional mediante la cual se establecen  nuevas medidas para la presentación de testimonios.

A partir del próximo 15 de noviembre, los testimonios deberán presentarse engrapados, y cuando los enteros de timbres sean pagados en las ventanillas del Banco de Costa Rica, deberán adherirse con goma en una hoja blanca independiente.

Algunos notarios han expresado su temor de que las hojas del testimonio puedan desprenderse y extraviarse.  Para su tranquilidad, se permite enumerar cada página en la parte inferior del lado derecho. En dicha numeración deberán incluirse las hojas con los enteros de timbres.    Por ejemplo, un documento de cinco hojas se enumeraría de la siguiente forma: 1/5, 2/5. 3/5 y así sucesivamente.   La mayoría de procesadores de palabras admiten este tipo de numeración.

Trascribimos a conti...

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Solicitudes de cese de disolución de sociedades

Las sociedades que hubieren sido disueltas por morosidad en el impuesto a las personas jurídicas podrán tramitar sus solicitudes de cese de disolución siempre y cuando realicen el pago de lo adeudado a más tardar el 15 de diciembre del año en curso.  Tendrán luego hasta el 15 de enero de 2018, para presentar al Diario del Registro, la correspondiente solicitud.   Para ello deberán los socios interesados comparecer ante notario público.  Se requiere que por lo menos el 51% de los socios esté de acuerdo en realizar la gestión. Previo a la escritura notarial, deberá producirse la publicación de un edicto en La Gaceta comunicando el cese de la disolución de la sociedad.   El Notario dará fe del cumplimiento de este requisito con vista de la respectiva publicación en el Diario Oficial.  Igualmente deberá dar fe el Notario de que los socios comparecientes representan por lo menos el 51 % del capital social.

Las sociedades deberán además encontrarse...

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Nuevo acuerdo sobre impresión de testimonios y certificaciones en papel de seguridad

Hace unos días comentamos el acuerdo 2017-025-012 del Consejo Superior Notarial mediante el cual se reformaba el art. 30 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control de Servicio Notarial. Con la reforma se establecían ciertos requisitos para la impresión de testimonios y certificaciones en papel de seguridad; entre ellos, el tamaño de los márgenes, tipos y tamaño de letra a utilizar, cantidad de líneas por folio. (Ver nota)El pasado 12 de octubre, el Consejo Superior Notarial emitió un nuevo acuerdo 2017-027-016 dejando sin efecto el acuerdo anterior, de manera que ahora deberá leerse así el texto reformado del art. 30 (en negrita destacamos la línea adicionada)"Artículo 30.- Uso de papel de seguridad.– Las actuaciones notariales que reproducen el contenido protocolar -testimonios de escritura- y los emitidos en virtud de la potestad certificadora depositada en el notario, deben plasmarse en papel de seguridad notarial, salvo norma o disposición en contrario. Su uso es personalísimo y obligatorio. Solo se le...

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Testimonios se presentarán engrapados

Mediante la Directriz DSE-001-2017 de la Dirección de Servicios se dispone que los testimonios que se presenten al Diario del Registro Nacional, deberán ser  engrapados en lugar de pegados con goma.Esta disposición será obligatoria después de quince días de su publicación en La Gaceta, lo cual todavía no ha ocurrido. Sin embargo, nos señalan en la Dirección General del Registro Nacional, que los notarios que lo deseen podrán presentar a partir de este momento sus testimonios con una sola grapa en el extremo superior izquierdo.La razón de este cambio obedece al funcionamiento de los equipos de digitalización masiva de imágenes, los cuales dan la posibilidad de digitalizar varias hojas de una sola vez,  "permitiendo una mayor automatización del servicio que tiende a mejorar los tiempos de respuesta y la correcta administración del recurso humano competente."Actualmente, antes de ser sometidos a este proceso de digitalización, los documentos deben ser despegados,  con la consiguiente pérdida de tiempo y ...

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Emiten circular para implementación de la Ley Lázaro

El Registro de Personas Jurídicas emitió ayer, la Circular D.P.J.-013-2017 con los pasos y requisitos para la   implementación de la llamada Ley Lázaro que permitirá a aquellas sociedades que lo deseen,  el cese de su disolución.

Nos permitimos trascribir textualmente de la circular en comentario :"1. El instrumento jurídico autorizado es comparecencia mediante escritura pública, cuyo testimonio deberá ser presentado al Diario Único a más tardar el 15 de enero de 2018 y necesariamente habiendo cancelado la deuda con el impuesto establecido por la Ley N° 9024, antes del 15 de diciembre del presente año.2. El Notario Público deberá dar fe del siguiente detalle:a. Que los comparecientes constituyen al menos el porcentaje requerido por la norma.b. Fecha de publicación del edicto de estilo y número de Gaceta.

3. El documento deberá ser sometido a calificación registral, conforme lo dispuesto en los artículos 6 y 27 de la Ley sobre ...

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Ya es Ley, la posibilidad para las sociedades disueltas de solicitar su reinscripción

Conocida como la Ley Lázaro, se publicó ayer por la tarde en La Gaceta,  la Ley 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, para darle la posibilidad a las sociedades disueltas de solicitar su reinscripción.

A través de esta reforma las sociedades que hubieren sido disueltas de pleno derecho por acumulación de tres o más períodos del impuesto que rigió con la Ley 9024 durante los años 2012-2015, podrán - si lo desean- solicitar al Registro de Personas Jurídicas, su reinscripción.

Como requisito deberán encontrarse al día en el pago de dicho tributo, teniendo plazo para realizar esa cancelación total hasta el 15 de diciembre del presente año 2017.

Propiamente las solicitudes de cese de disolución podrán tramitarse en el Registro hasta el 15 de enero de 2018 "... quedando dichas personas jurídicas en la misma condición jurídica en que...

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Empieza a escasear la estampilla de timbre fiscal

En mayo del 2016, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ejecutivo No. 39529-H mediante el cual dispuso la eliminación de la estampilla de timbre fiscal y consolidación del cobro electrónico como único medio para su recaudación.  (Ver nota)

Para tal efecto el Ministerio de Hacienda indicó que se formalizarían con los bancos recaudadores de impuestos,  mecanismos electrónicos que permitieran "... el pago de dicho tributo de forma simple y unificada, aceptable y comprensible para todas las instancias obligadas a exigir el pago de timbres fiscales en sus trámites."

Se indicó en aquel momento que la venta física del timbre se mantendría hasta el 31 de diciembre del 2016 o hasta agotar las existencias de especies físicas, en el entendido de que no se elaborarían más timbres físicos.

Finalmente se instruía a la Dirección General de Hacienda para que realizase, en un plazo ...

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