c. Marzo

Posibilidad de presentar renuncias al Diario hasta el 1 de abril inclusive

En relación con la nota que remitimos ayer sobre el vencimiento del plazo para la tramitación registral de las renuncias de representantes legales en forma unilateral ( http://www.puntojuridico.com/?p=4362) nos solicitan de la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional que comuniquemos que de conformidad con lo establecido en la Directriz 002-2012, el Registro de Personas Jurídicas tramitará  las renuncias  de representantes legales hasta el 1° de abril del 2014 inclusive, no siendo procedente la presentación de documentos a partir del miércoles dos de abril.

Para su mejor conocimiento transcribimos lo dispuesto en el punto VII de la indicada Directriz:

“VII) Renuncia de los representantes legales de sociedades mercantiles mediante comunicación al domicilio social. De conformidad con el Transitorio IV de la ley, a partir de su entrada en vigencia y hasta el 1 de abril del año 2014, los representantes legales de l...

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Algo más sobre las renuncias de los representantes legales

A pocos días del vencimiento del plazo para la tramitación ante el Registro de Personas Jurídicas de las renuncias de representantes legales mediante protocolización de las respectivas cartas de renuncia,  surgen varias inquietudes.

La primera es en cuanto a si es la fecha de la escritura o la fecha de la efectiva presentación del testimonio al Diario la que debe definir la admisibilidad del trámite.  Sobre este particular, el Dr. Herman Mora gentilmente nos brinda su opinión, la cual ya casi nos permitimos retransmitir.

Otra inquietud es en cuanto a si con posterioridad al 1 de abril y habiéndose establecido por el Registro  que la renuncia de los representantes legales consiste en un acto personalísimo, si en aquellos casos en los que quienes deseen renunciar sean apoderados que no ostentan ningún cargo dentro de la Junta Directiva, se inscribirán siempre dichas renuncias pese a la morosidad de la sociedad respecti...

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Atención al público en los despachos judiciales durante hora de almuerzo o a la salida

Mediante Circular Nº 36-2014 de la Corte Plena se recuerda a los servidores judiciales que para asegurar una eficiente prestación del servicio en caso de que la afluencia del público o complejidad de sus trámites lo justifique, que se refuerce el personal dedicado a la atención al público  una hora antes del cierre de cada media jornada, con el fin de que todas las personas usuarias que hayan ingresado con anterioridad al cierre y se encuentren a la espera de ser atendidas, efectivamente lo sean.

En el caso de que, pese a que se haya tomado esta medida, personas que ingresaron con anterioridad, permanezcan sin atender al momento del cierre, si es a la hora del almuerzo, deberá el juez coordinador o tramitador, según corresponda, autorizar a un servidor para que continúe brindando el servicio por el tiempo estrictamente necesario, debiendo quien fue asignado, disfrutar de su hora de almuerzo, en cuanto termine la labor.

Estatus migratorio de los extranjeros con «papeles en trámite»

Agradecemos a la Lic. Andrea Ovares la sugerencia que nos hiciera de abordar este tema que tantas inquietudes suscita siempre entre los colegas dedicados a la materia migratoria.

Nos permitimos transcribir a continuación la completa respuesta que sobre el particular gentilmente nos hizo llegar el Licenciado Marco Badilla Chavarría, exdirector de Migración, a quien expresamos nuestro sincero agradecimiento.   Sabemos que será muy apreciada por todos los interesados en este tema.

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"Con mucho gusto me dispongo a darles mi criterio en cuanto a la condición jurídica que asume un extranjero cuando presenta solicitud de residencia ante las autoridades migratorias, en tanto dicha petición le es resuelta. Debo comenzar indicando que en principio, todo extranjero que solicita una cond...

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Lineamientos Deontológicos del Notariado Costarricense

El pasado 29 de enero, el Consejo Superior Notarial aprobó en firme los Lineamientos Deontológicos del Notariado Costarricense, entendidos como principios éticos y reglas jurídicas, sobre los que se fundamenta el ejercicio profesional del notario en aras del orden, la seguridad, la paz, la solidaridad, la equidad y la justicia.

Algunas de las razones que se mencionan para la aprobación de estos nuevos Lineamientos son:

• El Estado otorga al notario un ministerio de confianza pública que debe corresponder en beneficio de la sociedad, contribuyendo a la paz social. • Desde el punto de vista del Derecho de las Obligaciones: el notariado público constituye una obligación profesional de resultados y no de medios. • El correcto ejercicio del notariado es fundamental para la seguridad jurídica de la sociedad y para el desarrollo de la economía y el progreso general del país. • El notario debe buscar la mejor soluci...

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Obligados tributarios ante la Administración Tributaria

Se publicó la semana pasada en La Gaceta,  la invitación a todos aquellos que puedan tener algún interés en conocer y emitir sus comentarios en relación con un nuevo proyecto tributario denominado: OBLIGADOS TRIBUTARIOS ANTE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.

Su texto completo se encuentra disponible en el sigiuente link del Ministerio de Hacienda: http://dgt.hacienda.go.cr/proyectos/Documents/Obligados%20tributarios%20ante%20la%20Administraci%C3%B3n%20Tributaria_firmado.pdf

La Dirección General de Tributación justifica la emisión de esta norma en la necesidad de aclarar quiénes son los obligados tributarios del Impuesto sobre la Renta y en general, de otros impuestos así como el deber que tienen de proveer la información necesaria que permita acreditar las situaciones jurídicas tributarias que les conciernen.

Se definen como "obligados tributarios":  Aquellas personas físicas, jurídicas o entes colectivos sin personalid...

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Notarios morosos con el Fondo Notarial o índices pendientes no podrán adquirir papel de seguridad

Se publicó hoy en La Gaceta, la reforma del artículo 30 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control Notarial, mediante la cual se obliga al notario que requiera adquirir papel de seguridad o cualquier otro medio de seguridad, a encontrarse al día en todos sus deberes funcionales, incluyendo el Fondo Notarial y la presentación de índices quincenales en el Archivo Nacional.

Mediante un nuevo artículo 30 bis se regulan los pasos que deberán seguir aquellos notarios con índices pendientes y que realicen la presentación de los mismos en formato papel, para lograr que la DNN les proporcione folios de seguridad especializados con el único efecto de que puedan ponerse al día en esta obligación ante el Archivo Nacional. Para estimar la cantidad de folios que requerirán para estos efectos, los interesados informarán por escrito a la DNN la cantidad de índices pendientes.

Sobre este particular, publicamos en enero la nota:...

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Registro suspende disolución de sociedades morosas hasta tanto Sala IV se pronuncie sobre acción pendiente

La Licenciada  María Virginia Méndez Ugalde gentilmente nos remitió respuesta que con fecha 7 de marzo pasado le brindó el Director del Registro de Personas Jurídicas, Lic. Luis Gustavo Alvarez Ramírez,  a la consulta que formulara sobre el procedimiento que dicho Registro tenía proyectado seguir para la cancelación de oficio de las sociedades morosas por tres períodos consecutivos en el pago del impuesto a las personas jurídicas, según se encuentra previsto en el art. 6 de la Ley 9024.

Agradecemos mucho a doña María Virginia su interés en compartir esta valiosa información sobre un tema de tanta relevancia, sobre todo al haberse concretado para muchas sociedades, el pasado 1 de febrero, esta condición de morosidad en el pago de este tributo correspondiente a los períodos 2012, 2013 y 2014.

Para conocer el texto completo del oficio DRPJ-050-2014 en comentario haga clic a continuación:    DESCARGAR RESPUESTA P...

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