Corte IDH: Costa Rica no es responsable de violar el derecho a recurrir el fallo
En el año 2014, diecisiete personas condenadas por delitos penales presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos una demanda contra el Estado costarricense alegando la violación de sus garantías procesales por el supuesto incumplimiento del artículo 8.2 h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en lo que interesa dispone lo siguiente:
Artículo 8.- Garantías Judiciales.2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior."Por fin hoy se produjo la sentencia en este extenso y complejo proceso, la cual rechazó la pretensión principal de los recurrentes. De haberse acogido, se tendrían que haber revisado aproximadamente 100 mil sentencias penales, lo cual hubiese sido .....
