k. Noviembre

DERECHO DE PROPIEDAD EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

De don Nicolás Miranda, especialista en Derecho Tributario, transcribimos a continuación el siguiente artículo que gentilmente ha puesto a nuestra disposición para el conocimiento de todos los interesados en este interesante tema. Le agradecemos mucho su aporte a nuestro blog.

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"INTRODUCCIÓN

El derecho de propiedad es un instituto fundamental del Estado moderno. Dicho instituto, es una herencia de la revolución francesa, fruto de los pensadores de la época, quienes colocaron el derecho de propiedad como uno de los pilares normativos del nuevo orden. La doctrina costarricense señala que el Código Civil francés, es “de origen liberal, exalta las libertades individuales y coloca al centro del sistema al instituto de la propiedad, en torno al cual giran todas las relaciones jurídicas” (Ulate Chacón, 2004).

La influencia de la revolución francesa y concretamente el Código...

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Próximo 15 de diciembre vence amnistía impuesto a las personas jurídicas 2012-2015

De conformidad con lo dispuesto en el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 que entró a regir el pasado 1 de setiembre, y según reforma introducida por la llamada "Ley Lázaro", el plazo para pagar sin intereses, las sumas que estuvieron al cobro con la Ley 9024 durante los períodos 2012-2015, vence el 15 de diciembre del año en curso.

"A las sociedades mercantiles, las subsidiarias de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada, que dentro de la fecha de vigencia de la presente ley y hasta el 15 de diciembre de 2017 hayan cancelado las sumas adeudadas por concepto de la Ley N.° 9024, Impuesto a las Personas Jurídicas, de 23 de diciembre de 2011, podrán hacer el pago de los períodos adeudados a partir de los años 2012 al 2015, según la norma anteriormente citada, sin que por ello deban cancelar intereses o multas correspondientes." ( Tomado Transitorio II Ley 9428)

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Más sobre la restricción para consultar infracciones en el COSEVI

Ayer publicamos una nota sobre la restricción que existe desde el pasado 15 de noviembre  en la página web del Consejo de Seguridad Vial para la consulta pública de infracciones de tránsito.

La situación, genera preocupación en la comunidad notarial toda vez que se dificulta la posibilidad de confirmar, en forma previa  al otorgamiento de las escrituras de traspaso, que los respectivos automotores se encuentren libres de  infracciones a fin de hacerlo contar en los instrumentos para garantía de las partes contratantes.

Esta mañana, el Departamento Legal del COSEVI  gentilmente nos puso al tanto de la resolución de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes  (Prohab) emitió en setiembre pasado,  mediante la cual  le ordenó  a dicha dependencia deshabilitar la consulta pública de infracciones a fin de garantizar el Derecho de Autodeterminación Informativa de los propietarios vehiculares:

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Limitan consulta pública de infracciones del COSEVI

Agradecemos a los colegas del Bufete Carvajal & Asociados de Costa Rica que nos pusieron al tanto de la restricción  que opera desde la semana pasada en el sistema de consulta pública de infracciones del COSEVI.

Antes del 15 de noviembre, era suficiente con digitar el número de placa para conocer las infracciones que podían pesar sobre un automotor.   Ahora es necesario que cada propietario vehicular cuente con un nombre de usuario y una clave a fin de realizar la consulta de las infracciones que puedan haber sido impuestas en los vehículos de su propiedad, sin que sea ya posible verificar aquéllas anotadas en vehículos pertenecientes a terceros.

Existe además el inconveniente en cuanto a que la obtención de certificaciones de infracciones en el COSEVI está demorando más de tres días, lo que complica el que los vendedores de los automotores puedan aportarlas como comprobante de encontrase al día al momento del ...

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Sobre la custodia de los expedientes de actividad judicial no contenciosa

El pasado 12 de octubre, el Consejo Superior Notarial adoptó de manera unánime el acuerdo firme número 2017-027-019 que en lo que interesa dispone lo siguiente:

"LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO COMUNICA:

CUSTODIA DE EXPEDIENTES DE ACTIVIDAD JUDICIAL NO CONTENCIOSA

En sesión ordinaria número 027-2017 celebrada el 12 de octubre de 2017, el Consejo Superior Notarial adoptó el acuerdo firme número 2017-027-019 por votación unánime para atender una consulta a la cual respondió lo siguiente:

La competencia para recibir los expedientes tramitados en sede notarial, derivados de la Actividad Judicial no Contenciosa corresponde en forma exclusiva al Poder Judicial, por lo que deberán depositarse en el Archivo Judicial de conformidad con el artículo 131 del Código Notarial. En caso de que el Archivo Judicial no reciba los expedientes relacionados, los notarios los custo...

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POR FIN PUBLICAN AVISOS SOBRE AJUSTE MÁXIMO EN ALQUILERES DE VIVIENDA

Agradecemos a don Róger Corrales que nos hiciera llegar copia de los avisos publicados por el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) en tres periódicos de circulación nacional el pasado 9 de noviembre.  En ellos se establece con claridad que el ajuste en la renta de los contratos de alquiler de vivienda cuyo vencimiento haya sido en octubre de 2017 no podrá ser mayor a un  2.33%

Puede ver los avisos haciendo clic a continuación:  Aviso Diario Extra  y Aviso La Nación y La Teja

Don Róger fue quien nos puso al tanto del incumplimiento que por más de un año hiciera el MIVAH de la obligación, establecida el artículo 2 de la Ley 9354 publicada en junio de 2016.  (Al respecto puede ver también en este blog:   https://puntojuridico.com/ministerio-de-vivienda-debe-publicar-mensualmente-ajuste-maximo-en-precio-de-los-arrendamientos/)

Lo transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

Artícul...

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El peso del control de convencionalidad en la justicia constitucional

Don Alex Rojas, Máster en Derecho Constitucional, nos comparte gentilmente el siguiente artículo sobre la vinculatoriedad del control de convencionalidad en la justicia constitucional costarricense.

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"El bloque de convencionalidad surge como un corolario del impresionante efecto favorable que han tenido las convenciones y declaraciones regionales en materia de Derechos Humanos en los Estados latinoamericanos, lo cual no es una excepción en Costa Rica.

Abordar los alcances que posee ese bloque de convencionalidad, no resulta factible sin ensayar, ab initio, un concepto del mismo y, además, efectuar un breve repaso de algunos de los principales votos adoptados por la Sala Constitucional, en los que, en forma palmaria, se ha puesto de manifiesto el peso de ese parámetro convencional en la justicia constitucional costarricense.

El parámetro de convencionalidad o, como ...

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Masiva tramitación de solicitudes de cese de disolución de sociedades

El pasado 19 de octubre entró en vigencia la reforma al Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 para establecer la posibilidad a las sociedades disueltas por morosidad de solicitar el cese de  disolución.  Ese mismo día, el Registro de Personas Jurídicas emitió la Circular D.P.J.-013-2017 con los pasos y requisitos para ello.

A partir de ese día, la publicación del edicto que deben realizar los socios interesados en el trámite tiene abarrotadas las oficinas de la Imprenta Nacional.   Y es que es importante tomar en cuenta que el plazo para la tramitación  de estas solicitudes vence el 15 de enero del próximo año, y que el Registro Nacional estará de vacaciones probablemente a partir del 22 de diciembre y hasta el lunes 8 de enero.  (Información todavía no corroborada de manera oficial.)

Del Transitorio II de la Ley 9428 nos permitimos transcribir lo siguiente:

"Dicho cese de ...

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