b.Febrero

HISTORIAS DEL PROTOCOLO XXI. Proyecto de ley plantea nuevas exigencias para notarios y otros profesionales

Agradecemos al Dr. Mora este interesante comentario que nos ofrece sobre un tema que ha generado bastante preocupación en la comunidad notarial del país.

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"Según puedo percibir, se encuentra muy próxima la aprobación, por parte de la Asamblea Legislativa,  del Proyecto de Reforma a los artículos 15, 15 bis, 16, 81, y adición del artículo 16 bis de la LEY SOBRE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS, DROGAS DE USO NO AUTORIZADO, ACTIVIDADES CONEXAS LEGITIMACIÓN DE CAPITALES Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO (tal y como fue bautizada con su original y extenso nombre) LEY 7786 DEL 30 DE ABRIL DE 1998.

Esta iniciativa se enmarca dentro de la organización de las así llamadas recomendaciones GAFI, es decir,  Convenciones Internacionales tendientes a establecer ESTÁNDARES INTERNACIONALES PARA LA LUCHA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO TERROR...

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Autenticación de firmas por abogados

En razón de la nota que publicamos hace algunas semanas sobre los 125 colones de timbre fiscal que una oficina del Ministerio de Hacienda estaba exigiendo en las autenticaciones de firma  (Ver nota), se produjeron interesantes comentarios en este blog sobre otro tema que siempre suscita muchas inquietudes.  Nos referimos a la potestad que tienen también los abogados de autenticar firmas.

El Lic. Allan Garro nos ofrece el siguiente comentario que acompaña de un completo dictamen que el Colegio de Abogados emitió en respuesta a la consulta que él les formuló sobre el particular.     Agradecemos a don Allan su gentileza en ponernos al tanto de esta valiosa información.

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"En nuestro país resulta usual que se confunda la función de Abogado con la de Notario, aunque por ley son funciones distintas. Una situación común se da en relación con la autentica...

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HOY ENTRA EN VIGENCIA REFORMA AL REGLAMENTO SOBRE REFRENDO DE CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS

Mediante la resolución R-DC-114-2016 de las 11:00 horas del 16 de diciembre del año anterior y publicada en el Alcance Digital Nº 1 a La Gaceta Nº 3 del 4 de enero de este año, la Contraloría General de la República reformó el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, enmienda que entra en vigencia hoy 15 de febrero de 2017.

El refrendo es un acto de aprobación que constituye un requisito que otorga eficacia jurídica a los contratos administrativos, lo que implica que hasta que no se cumpla con dicho trámite, éstos no pueden surtir efectos y, por lo tanto, no pueden ejecutarse. Es un mecanismo de control previsto en la Constitución Política que dispone en el artículo 184, inciso 1°, que “(…) No se emitirá ninguna orden de pago contra los fondos del Estado sino cuando el gasto respectivo haya sido visado por la Contraloría; ni constituirá obligación para el Estado la que no haya sido refrendada por ella...

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¿Pueden laborar los extranjeros con solicitudes de residencia en trámite?

En nuestra última publicación comentamos un oficio de la Dirección General de Migración confirmando la posibilidad de los extranjeros, con residencias en trámite, de permanecer en el país hasta tanto no se resolviere su situación migratoria en forma definitiva.   Surgió la inquietud en cuanto a la advertencia que en dicha respuesta se hacía en el sentido de que dichos extranjeros no poseen, sin embargo, autorización para realizar actividades lucrativas o remuneradas.  (Ver post)

El Lic. Marco Badilla Chavarría, Ex Director General de Migración y Extranjería, gentilmente nos ofrece su opinión en relación a esta duda que genera mucha preocupación tanto en los extranjeros urgidos por trabajar, como en los patronos que acceden a su contratación,  pues sabemos que los trámites migratorios tardan meses, y hasta años, en llegar a una resolución.

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"Con...

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Extranjeros con residencia en trámite pueden permanecer en el país

Agradecemos al estimado colega Sebastián Vargas Roldán que nos pusiera al tanto de un importante oficio que la Dirección General de Migración emitió en respuesta a la consulta que él les formulara sobre la posibilidad de las personas extranjeras, con solicitudes de residencia en trámite, de permanecer en el país pese al vencimiento de sus visas o permisos de ingreso.

En su respuesta, la MBA Gisela Yockchen Mora, Directora General de Migración y Extranjería establece lo siguiente:

"De conformidad con el artículo 91 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, la persona extranjera a la que se le venza el plazo máximo de permanencia en el país, debe hacer abandono de este, sin embargo también debe tomarse en cuanto lo señalado por el artículo 89 de la ley mencionada, el cual manifiesta que quienes ingresen al territorio nacional como no residentes pueden cambiar su categoría migratoria, obviamente para ello deben cumplir con los req...

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Abogados no requieren poder para revisar expedientes administrativos

Agradecemos al Lic. Mariano Castillo que nos pusiera al tanto del voto No. 2017-1242 de la Sala Constitucional, mediante el cual se confirma una vez más el derecho que tienen los abogados de revisar y obtener copias de los expedientes administrativos sin requerir poder especial, ni autorización para ello.

El Licenciado Castillo interpuso recurso de amparo contra el Instituto Costarricense de Electricidad, por cuanto una oficina de dicha institución se negó a entregarle copia certificada de un expediente administrativo, aduciendo su obligación de aportar una autorización del dueño del servicio eléctrico, como requisito previo a la entrega de la información.

“(…) estima este Tribunal que, tal y como lo establece el artículo 272.1 de la Ley General de la Administración Pública al que hacen referencia las partes en este amparo, “Las partes y sus representantes, y cualquier abogado, tendrán derecho en cualquier fase del procedimiento a examinar, le...

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Desobediencia a la autoridad

Del Dr. Pablo A. Solano nos permitimos transcribir a continuación su artículo:

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"El delito de desobediencia lo encontramos regulado en nuestra legislación penal, artículo 314 que establece “Se impondrá prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, siempre que se haya comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia detención”.  Igualmente la Ley de Jurisdicción Constitucional lo regula en el artículo 71 al señalar “… a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada de un recurso de amparo o de hábeas corpus, y no lo cumpliere o no la hiciere cumplir …”.

A efectos de la comprobación del delito de desobediencia a la autoridad, es necesario determinar varios aspectos de interés, así por ejemplo, d...

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DNN invita a los notarios a proponer reformas al Código Notarial vigente

Nos permitimos retransmitir a continuación aviso que la Dirección Nacional de Notariado ha estado enviado a la comunidad notarial del país hace algunos días.

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DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO Informa:

A la comunidad notarial y al público en general, que la Comisión de Propuestas Normativas, conformada por miembros del Consejo Superior Notarial y funcionarios de la Dirección Ejecutiva de la Dirección Nacional de Notariado, actualmente han avanzado en una reforma al Código Notarial.

En razón de lo anterior, se les hace saber que pueden remitir observaciones y sugerencias de propuestas concretas que consideren necesarias, respecto al Código Notarial vigente. Para esos efectos se pone a su disposición la cuenta de correo electrónico: reformacodigonotarial@dnn.go.cr

Todas y cad...

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