i.Setiembre

Aumento en tope de viviendas de interés social impacta costo de traspasos

Se publica hoy en La Gaceta, el acuerdo tomado por la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda en sesión 54-2019 mediante el cual, el tope de vivienda de interés social pasa de ¢58.666.000,00 a ¢65,801.000.00

Este aumento en el tope indicado, beneficia a los compradores de viviendas toda vez que con la reforma introducida por la Ley 9036 a la Ley de Creación del timbre agrario se estableció que en dichos traspasos, la tarifa del timbre agrario se reduce a ¢1 por cada ¢1000 colones calculados sobre el precio del inmueble, en lugar del ¢1.50 que antes correspondía pagar sin importar el destino del bien vendido.

Estamos realizando los ajustes correspondientes en nuestros sistemas de cálculo de timbres y honorarios: MOVILEX, CALCULOS WEB y CALCULOS PC.

A los usuarios de la versión PC de nuestros sistemas podrán contar con la actualización del software a partir de la visita de nuestros compañeros actualizadores a sus oficinas. Es importante, p...

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Registro de Accionistas: Posibilidad de cobro fraccionado tarifa horaria

Copiamos a continuación aviso del Colegio de Abogados sobre un tema que ha generado mucha inquietud estos días en relación al cobro de honorarios que los notarios deberían realizar por las gestiones de acreditación de poderes dentro de la plataforma Central Directo/Registro de Accionistas y Beneficiarios Finales.   

Como es conocido,  se estableció en la normativa que cuando no sean los propios representantes legales quienes presenten las declaraciones,  podrán hacerlo otros apoderados de la sociedad pero debiendo ser previamente acreditados por un Notario que "registre" dichos poderes en el sistema.

Evidentemente, el otorgamiento como tal de los poderes en escritura pública para el cumplimiento de esta nueva obligación,  debe ser cobrado según lo dispuesto en el art. 96 del Arancel de Honorarios vigente que dispone un monto de ¢ 90,750 por cada poder otorgado.  Pero en lo que no existía claridad era sobre el cob...

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Conversatorio sobre traslado Fondo de Garantía Notarial a BCR Pensiones

La Dirección Nacional de Notariado invita a todos los interesados en conocer más sobre el traslado del Fondo de Garantía Notarial a BCR Pensiones para que hoy a las 5 p.m. se conecten al Conversatorio que sobre este tema será transmitido desde distintas salas de la UNED por medio de su canal de Youtube:  https://www.youtube.com/user/uned

A continuación nos permitimos transcribir aviso de la Dirección Nacional de Notariado sobre este mismo tema:

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Fondo de Garantía Notarial

El próximo martes 8 de octubre de 2019 se hará efectivo el cambio de la Operadora del Fondo de Garantía Notarial (FGN).   A partir de este día, BCR Pensiones será quien administre el FON de todos los notarios y notarias.

Esta decisión fue tomada por la Dirección Nacional de Notariado mediante Acuerdo Nº 2019- 011-004 del 6 de junio de 2019 del Consejo Superior Notarial (CSN), como resultad...

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Notarios consignarán en sus documentos incumplimiento del Registro de Accionistas

Con mucho alivio se ha recibido la aclaración por parte del Ministerio de Hacienda en cuanto a la posibilidad para las sociedades de cumplir con la declaración de accionistas a más tardar el 31 de enero del próximo año sin la imposición de multas.

En realidad así lo encontramos establecido en el último párrafo del art. 18 de la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, publicada el pasado 4 de abril:

"Para efectos de aplicar lo dispuesto en el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se tendrán por posibles incumplidores los sujetos obligados que al 31 de enero de 2020 no hayan realizado la respectiva declaración o no sea posible determinar los beneficiarios finales. Una vez definida la lista de incumplidores se pondrá a disposición de las autoridades respectivas."

La inquietud surgía en virtud de ...

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Aumentan honorarios en recursos de casación

En el Decreto Ejecutivo 41930 publicado hoy para corregir la inconsistencia presente en relación al timbre de Colegio de Abogados, según comentamos en nuestra nota anterior,   únicamente se introduce una modificación al monto a cobrar de honorarios por la formalización de recursos de casación, el cual pasa de 550,000 a 605,000.Por consiguiente deberá leerse así el artículo 20 del Arancel de Honorarios vigente, Decreto No. 41457-J publicado el pasado 1 de febrero del año en curso:Artículo 20.- Cobertura de los honorarios.

Todos los honorarios anteriores incluyen las labores profesionales por los recursos ordinarios e incidentes, hasta segunda instancia. Si se formaliza recurso de casación los honorarios serán acordados por las partes y no podrán ser inferiores a seiscientos cinco mil colones.

En todo lo demás se mantiene inalterado el texto del Arancel de Honorarios que entró a regir el pasado 1 de febrero del año en curso....

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Publican enmienda a tarifas del timbre de Colegio de Abogados en instrumentos públicos

El pasado 1 de febrero se publicó el nuevo Arancel de Honorarios, Decreto Ejecutivo No. 41457-JP  mediante el cual se aumentaron en un 10% los honorarios de todos aquellos actos y contratos con honorarios por sumas fijas tanto de actuaciones de abogados como de notarios.

Además se publicó un aumento en las tarifas del timbre Colegio de Abogados a pagar tanto en instrumentos públicos como en procesos judiciales.    El problema se presentó en relación a los primeros pues  en el Arancel,  dos numerales (el 101 y 109)  se encontraban duplicados con el inconveniente que mientras el art. 109 sí fueron actualizadas las nuevas tarifas del timbre Colegio de Abogdos, el 101 seguía  presentando el  texto anterior, lo que produjo ambigüedad en la normativa.   El Registro Nacional optó por seguir aplicando las tarifas sin el aumento decretado.

Hoy se publicó en La Gaceta un nuevo decreto para enmendar la inconsistencia.  ...

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Honorarios por acreditación notarial de apoderados en el Registro de Accionistas

Los notarios públicos fueron designados en la Resolución Conjunta DGT-ICD-R-14 de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales como encargados de "registrar" dentro de la plataforma Central Directo,  a los apoderados que en sustitución de los representantes legales, cumplirán con las declaraciones de accionistas y beneficiarios finales.   Sin ese registro previo, los mandatarios o apoderados generalísimo no pueden realizar su función.

"El notario público debe ingresar a la funcionalidad del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales para registrar la persona que suministrará la información a nombre del obligado, adjuntando la documentación que lo respalde.

Para estos efectos el notario público debe contar con un certificado válido de firma digital y debe además consignar los siguientes datos, pero no limitados a estos: 1. Número de cédula jurídica de la persona jurídica obl...

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Adjudicaciones en remate: importante tomar en cuenta

Nos llaman con mucha frecuencia estimados suscriptores de nuestros sistemas de Cálculo de Timbres y Honorarios y Movilex pues al momento de intentar pagar en la plataforma del Banco de Costa Rica las tasaciones de timbres de adjudicaciones de bienes en remate no logran que la suma total a pagar coincida con el resultado que aparece en nuestros programas.

Lo primero que conviene recordar es que las adjudicaciones de inmuebles en remate constituyen prácticamente el único acto en el que el impuesto de traspaso se debe calcular y pagar  sobre el valor del remate siempre,  aún cuando dicho valor pueda ser inferior al valor fiscal de la finca.

Así lo encontramos establecido en el art. 7 de la Ley de Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles, Ley No. 6999 que copiamos a continuación para su mejor conocimiento:

Artículo 7.- Base imponible  / El impuesto deberá cancelarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha...

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