l.Diciembre

Tributación define criterios para fiscalizar sociedades en el Registro de Accionistas

Se publicó hoy en La Gaceta la resolución DGT-R-44-2020 de la Dirección General de Tributación mediante la cual se establecen los criterios  para la evaluación y diagnóstico de comportamientos irregulares que puedan hacer presumir la comisión de fraude fiscal o incumplimientos tributarios formales o materiales por parte de las sociedades obligadas a cumplir con el Registro de Trasparencia y Beneficiarios Finales.

"De conformidad con el aparte a) punto 2 del artículo 9 de la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, del 14 de diciembre de 2016, se deben definir y publicar los criterios de selección que permitan hacer uso de la información contenida en el Registro de Transparencia y beneficiarios finales para la elaboración de planes de gestión de riesgo a cargo de las áreas competentes de la Dirección General de Tributación, los cuales la Administración Tributaria deberá publicar simultáneamente y con la misma regularidad con que ...

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Salarios mínimos que regirán en el sector privado durante el 2021

En Punto Jurídico te mostramos los salarios mínimos en Costa Rica que regirán a partir apartir del 2021 en el sector privado. 

Con vigencia a partir de próximo 1 de enero, se publicó  en el Alcance No. 332 de La Gaceta, el Decreto Ejecutivo No. 42748-MTSS con la definición de los salarios mínimos que deberán percibir los trabajadores del sector privado, dependiendo de su nivel de especialización y de las funciones y labores que realizan. El porcentaje general de aumento decretado esta vez fue de un 0.30%   En el caso de las servidoras domésticas se incrementó adicionalmente un 2.33962%

Además debe tomarse en cuenta que a partir del presente año 2021 entró a regir la Resolución CNS-RG-6-2020, mediante la cual se procura ir eliminando en forma paulatina  la brecha salarial que siempre ha existido entre los salarios mínimos establecidos para los trabajadores que devengan su salario por jornada ordinaria diaria y aquéllos a los que se les fija más bien un salario mensual.

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Importe a pagar del impuesto a las personas jurídicas para el 2021

A partir del próximo 1 de enero,  inicia el cobro del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al período 2021. Las sociedades mercantiles obligadas contarán con plazo hasta el 31 de ese mismo mes para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.

De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No 9428, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.º 7337. El Consejo Superior del Poder Judicial fijó dicho salario base en la suma de ¢462,200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones).

Por consiguiente, el importe anual que deberán pagar las sociedades mercantiles dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2019-2020, o según sean o no contribuyentes, será el siguiente:

1.Sociedades no inscritas en el RUT como contribuy...

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Disolución de oficio de sociedades morosas en el impuesto a las personas jurídicas

Como ya es conocido, la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, No. 9428  dispone en su artículo 7 que el no pago del impuesto por tres períodos consecutivos será causal de disolución de las sociedades mercantiles obligadas al pago de este tributo.

Muchas sociedades  que han alcanzado dicho nivel de morosidad confían que muy pronto se produzca su disolución de oficio, pues consideran que con ello podrán  librarse de varias obligaciones, empezando evidentemente por el pago de este impuesto a las sociedades,  la presentación de declaraciones al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  de las declaraciones patrimoniales y la actualización de datos en el sistema ATV de Hacienda, etc.

En respuesta de la Administración Tributaria sobre la razón de que no se haya producido al día de hoy este proceso de disolución de oficio, como sí ocurrió con muchas sociedades cuando se encontraba vigente la anterior Le...

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Registro Nacional no cerrará durante festividades de fin de año

Nos permitimos transcribir aviso publicado en las redes sociales del Registro Nacional:  En Navidad y fin de año Servicios se brindarán de forma continua El Registro Nacional le recuerda a la ciudadanía que la sede central y las regionales en todo el país, permanecerán abiertas ofreciendo sus servicios, durante las festividades de Navidad y fin de año. Los únicos dos días en que se cerrará el servicio, son los feriados de ley, a saber, viernes 25 de diciembre y viernes 1 de enero. El portal de servicios digitales rnpdigital.com también funcionará con normalidad, para facilitar el acceso de los usuarios a todos nuestros servicios. A quienes visiten las instalaciones, les recordamos la necesidad de aplicar los protocolos de higiene y distanciamiento; así como portar la mascarilla en todo momento; con la finalidad de prevenir el contagio de Covid-19. Si tiene dudas o consultas, puede llamar al 2202-0888 / 2202-0777 o utilizar el Chat en línea, disponible en el portal web....

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Sobre el proyecto de ley que pretende eliminar Fondo Notarial

EL pasado 18 de noviembre se presentó a la corriente legislativa, el Proyecto de Ley No. 22313  denominado "Reforma del artículo 9 de la Ley  N.º 7764 de 17 de abril de 1998 (Código Notarial) para establecer el seguro de responsabilidad civil profesional para abogados notarios inscritos en la Dirección Nacional de Notariado y Liquidación del Fondo de Garantía Notarial. "

Al respecto la Dirección Nacional de Notariado publicó  recientemente el siguiente comunicado:

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COMUNICADO SOBRE PROYECTO DE LEY FONDO DE GARANTÍA NOTARIAL Actualmente, existe en la corriente legislativa el Expediente 22313 “Reforma del artículo 9 de la Ley 7764 del 17 de abril de 1998 para establecer el seguro de responsabilidad civil profesional para abogados y notarios inscritos en la DNN y liquidación del fondo de garantía notarial", publicado en la Gaceta número 282 del viernes 27 de noviembre del 2020, página 15. Al ser un proyecto de ley, debe pasar po...

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Hacienda responde dudas sobre cumplimiento tributario de las sociedades inactivas

Nos permitimos transcribir respuestas a consultas planteadas durante el Facebook Live “Cumplimiento tributario de las sociedad inactivas”  que realizaron funcionarios del Ministerio de Hacienda el día 23 de noviembre 2020.     Publicación original de las mismas en la página web :

https://www.hacienda.go.cr/contenido/16150-respuestas-a-consultas-planteadas-durante-el--facebook-live-cumplimiento-tributario-de-las-sociedad-inactivas---realizado-el-23-de-noviembre-2020

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1. Las sociedades que no tienen actividad deben presentar la D-135 denominado “Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas”. Con el monto de activos, pasivo y patrimonio.

Respuesta:  El formulario D-135 fue eliminado, ahora deben presentar el D-101, Impuesto sobre la Renta.

2. ¿Si la sociedad inactiva tiene un portafolio de fondos de i...

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Menor cobro de honorarios provoca suspensión en ejercicio notarial

Mediante voto número 163-2020 de las 13:42 hrs del pasado 25 de setiembre, el Tribunal Disciplinario Notarial ratificó la sanción de suspensión que por 106 días en el ejercicio notarial, impusiera el Juzgado de primera instancia contra un notario en virtud del cobro inferior de honorarios que realizó al otorgar varios instrumentos públicos.  Adicionalmente, se ordenó en el Por Tanto poner en conocimiento de la situación a la Dirección General de Tributación Directa para los efectos tributarios respectivos.

Entre las normas que sirven de fundamento al fallo, se menciona el artículo 143 del Código Notarial que en lo que interesa dispone que serán suspendidos hasta por un mes los notarios que :

"f) No se ajusten a las tarifas fijadas para los honorarios notariales cobren menos o se excedan en el cobro. El notario podrá cobrar honorarios mayores siempre que los haya pactado por escrito con su cliente y no superen en más de un cincuenta por ciento (5...

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