k.Noviembre

“No existe un impuesto al patrimonio”

Fueron las palabras de don Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación, en el programa El Abogado en su Casa de los Licenciados Belisario Solano y Dennis Solano el jueves pasado.   Durante una hora, don Carlos se refirió a la declaración que a partir del próximo año deberán presentar las sociedades inactivas con la información sobre sus activos, pasivos y el monto de su capital social. 

Han salido publicados en redes sociales varios comentarios sobre este tema.   Resulta conveniente conocer directamente del jerarca de la Autoridad Tributaria la explicación a algunas de las inquietudes que se han producido estos días.  Nos permitimos a continuación un breve resumen.

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De conformidad con el artículo 2 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, todas las sociedades,  realicen o no actividad lucrativa, se consideran contribuyentes del impuesto sobre la ren...

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Modifican resolución sobre declaración patrimonial de sociedades inactivas

En diciembre del año pasado se publicó la resolución DGT-R-075-2019 de la Dirección General de Tributación , relativa a las sociedades inactivas y su obligación de inscribirse en el Registro Único Tributario y de presentar  el Formulario D.135 : Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas,.      (Al respecto puede ver nuestra nota en este mismo blog)

Las obligaciones establecidas en dicha resolución han generado mucha polémica y preocupación en estos días al encontrarse cerca el plazo que se estableció para esa primer declaración patrimonial, el cual correrá  del 1 de enero al 15 de marzo del próximo año 2021.

Con vigencia a partir de hoy, se publica en La Gaceta la Resolución número N° DGT-R-38-2020  que modifica sustancialmente los primeros dos artículos de la resolución de diciembre y además adiciona dos artículos nuevos.

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