1 de diciembre: feriado de pago no obligatorio ¿eso qué significa?
Por primera vez se disfrutará el propio 1 de diciembre, este feriado introducido mediante la Ley 9803 en el año 2020 con el fin de conmemorar la abolición del ejército en nuestro país. Años anteriores se había trasladado su disfrute para otros días de la semana.
Se trata de un feriado de los que se categorizan como de pago no obligatorio, al igual que el 2 de agosto (Celebración de la Virgen de los Angeles) y el 31 de agosto (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense). Esta categorización suscita siempre muchas dudas pues hace pensar que en caso de ser disfrutados por los trabajadores deberán serle descontados de su salario, lo cual únicamente es correcto tratándose de relaciones laborales en las que el pago se haya establecido de manera semanal.
En otras palabras, aquellos trabajadores que reciben su salario quincenal o mensualmente tienen derecho de disfrutar de estos feriados sin que se les...