d.Abril

1 de abril venció plazo para pago del timbre de Educación y Cultura

Un impuesto que muchas sociedades, tanto activas como inactivas,  se olvidan de cancelar anualmente es el correspondiente al Timbre de Educación y Cultura regulado en el artículo 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura, Ley No. 5923.

Tal vez la razón para ello es que por muchos años la tarifa de dicho timbre consistía en apenas ¢750 colones.  Fue mediante reforma introducida en julio del 2019 mediante la Ley 9643 que se establecieron las siguientes tarifas:   (Transcribimos textualmente.  La negrita no es del original)

a) Las que tengan capital neto que no exceda de quinientos mil colones (¢500.000,00) pagarán cinco mil colones (¢5.000,00).

b) Las que tengan un capital neto que exceda de quinientos mil colones (¢500.000,00) pero que no pase de dos millones de colones (¢2.000.000,00) pagarán seis mil colones (¢6.000,00).

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