j.Octubre

Imprenta Nacional no publicará más el Boletín Judicial

Después de más de 180 años a cargo del Boletín Judicial,  la Imprenta Nacional publicó su último ejemplar el pasado lunes 23 de octubre.

En lo sucesivo,  notarios y abogados que requieran divulgar sus avisos y edictos en dicho diario oficial deberán gestionarlo directamente con el Departamento de Artes Gráficas del Poder Judicial.  (Sobre los requisitos para ello puede ver nuestra nota en este mismo blog.)

Importante a partir de ahora saber cuándo se deben contratar las publicaciones con la Imprenta Nacional y cuándo con el Poder Judicial.

Por ejemplo, avisos relacionados con trámites registrales como son las constituciones de sociedad, disoluciones y fusiones, reformas del pacto constitutivo, marcas, etc, las cuales deben producirse en La Gaceta, deberán seguirse contratando con la Imprenta Nacional.

En el caso de edictos que tengan que ver m...

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Juzgados deben diligenciar edictos directamente con oficina encargada

Mediante Circular 268-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial se le recuerda a los despachos civiles y de cobro judicial que son ellos mismos los que deben gestionar directamente con la oficina encargada, la publicación de los edictos correspondientes,  de manera que dicha labor  ya no compete ser  asignada a las partes interesadas en el proceso.  Recordar que dichas publicaciones son ahora totalmente gratuitas.  (Sobre este mismo tema puede ver nuestra nota en este blog.)

Transcribimos a continuación circular en comentario: CIRCULAR N° 268-2023 Asunto: “Forma de Diligenciamiento de los Edictos para su publicación en el Boletín Judicial Electrónico”. A TODOS LOS DESPACHOS CIVILES Y DE COBRO JUDICIAL CIVIL, SE LES HACE SABER:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 73-2023 celebrada el 5 de setiembre de 2023, artículo LXVIII, a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil y de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, con fu...

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DNN recuerda deber de comprobar sociedades incumplientes con el RTBF

El Consejo Superior Notarial mediante acuerdo N°11 tomado en sesión ordinaria N°21 del 18 de octubre de 2023, referente al comunicado sobre identificación de beneficiarios finales, aprobó y ordenó la difusión del siguiente comunicado:

De conformidad con el ordinal 84 bis de la Ley N.º 4755 vigente1; de existir incumplimiento al deber de suministrar información ante el Registro de transparencia y beneficiarios finales (RTBF) por parte de las personas y estructuras jurídicas, el Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de quienes incumplan con el suministro de la información a que se refiere este artículo. De igual forma, los notarios públicos deberán comprobar la presentación de dicha declaración con antelación al otorgamiento, y en caso de que no se haya dado cumplimiento a esa obligación, consignar en los documentos que emitan, que el obligado al suministro incumple con la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude ...

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Calificación formal de documentos en el Registro de Personas Jurídicas

Con el objetivo de unificar criterios, aparece hoy en La Gaceta,  la Directriz DPJ-002-2023 de la Dirección del Registro del Personas Jurídicas sobre la Tramitación de Calificaciones Formales.

En primer lugar se distingue entre lo que es la "Calificación Registral" y el "Recurso de Calificación Formal".

La primera se define como: " ... la valoración jurídica que realiza un Registrador de forma autónoma, respecto de los requisitos dispuestos en el ordenamiento jurídico, de forma y fondo, que debe contener una rogación de inscripción que consta en un documento público o auténtico presentado al Registro Nacional; de manera que tengan acceso a la publicidad registral únicamente los títulos válidos y perfectos; tal y como lo indica el artículo 34 del Reglamento del Registro Público Decreto Ejecutivo 26771-J y sus reformas, vigente desde el 18 de marzo de 1998.   De los artículos 3, 6, y 6 bis de la de la Ley N° 3883 citada, se desprende que la cali...

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Administraciones Regionales tampoco darán credenciales para Gestión en Línea

Relacionada con la nota que publicamos hace algunos días  (ver nota)  aparece en el Boletín Judicial la Circular N° 267-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial relativa a las oficinas autorizadas para brindar las claves para los usuarios que requieran ingresar al sistema de Gestión en Línea.

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 77-2023 celebrada el 19 de setiembre del 2023  dispuso modificar la circular N°171-2023 del pasado 20 de julio a fin de establecer que las Administraciones Regionales tampoco brindaran el servicio de entregar credenciales para el uso Sistema de Gestión en Línea, ni a personas físicas, ni cuentas maestras sino que éste será brindado exclusivamente en los despachos judiciales.

Entre las razones para esta decisión nos permitimos transcribir directamente del acta indicada:

"De igual forma, el servicio de brindar credenciales de acceso (usuario/contraseña) a las personas usuarias para que utilicen el Sistema ...

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Registro aclara requisitos para condonación de deudas del marchamo

Se publicó esta semana en La Gaceta,   la Directriz DRBM-DIR-003-2023  de la Dirección del Registro de Bienes Muebles dirigida a los notarios y público en general con el objeto de aclarar las implicaciones de la Ley 10389 “Condonación de las Deudas Acumuladas Relacionadas al Pago del Marchamo”   (Ver al respecto nuestra nota en este mismo blog)

Como ya es conocido, esta norma estableció la condonación automática de todos los períodos acumulados de marchamo incluyendo el presente 2023, siempre y cuando el propietario cancele lo correspondiente al 2024 antes del 01 de enero del 2024.  En el caso de desinscripciones de vehículos por motivo de desuso,   la condonación abarca inclusive el período 2024.

Importante tomar en cuenta que la condonación aplica únicamente para el caso de vehículos automotores y motocicletas excluyéndose a las embarcaciones y aeronaves.

Con el obj...

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Estudiantes deberán firmar compromiso de confidencialidad para ver expedientes

Mediante la Circular N° 251-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial se dispuso concentrar en un solo acuerdo lo comunicado mediante las circulares de la Secretaría de la Corte números 91-2010, 08-2016, 89- 2022 y 38-2023, relativas todas a este tema de la autorización a los estudiantes de Derecho para ver expedientes judiciales.  Nos permitimos transcribir a continuación la circular indicada:

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CIRCULAR N° 251-2023

Asunto: “Acceso al Expediente Judicial según el Artículo 243 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y uso obligatorio del Formulario “Compromiso de Confidencialidad y Privacidad de la Información del Expediente Judicial” conforme a la Ley 8968”

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS Y PÚBLICO ENGENERAL SE LES HACE SABER QUE:

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