Agradecemos a la Licenciada Carolina Castro González, asociada de la firma Themis Legal, este interesante artículo sobre las regulaciones emitidas recientemente por el Registro de Personas Jurídicas en relación al instituto de las Capitulaciones Matrimoniales. Para conocer el texto de las mismas puede ingresar a nuestra nota del viernes pasado en este mismo blog.
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La nueva circular emitida por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el pasado 17 de agosto del 2023, la cual está vigente, implica una seria afectación al contrato de capitulaciones matrimoniales y su aplicación jurídica.
Según nuestro ordenamiento jurídico, específicamente el artículo 37 del Código de Familia, para que las capitulaciones matrimoniales tengan validez y eficacia éstas tienen que inscribirse ante el Registro Nacional, específicamente en el Regis...
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