Tarifas a pagar del impuesto a las personas jurídicas 2026
A partir de este 1 de enero se encuentra al cobro el impuesto a las personas jurídicas que anualmente deben pagar las sociedades mercantiles. Lo anterior de acuerdo con la Ley 9428. El plazo para hacerlo sin multas, ni intereses vence el 31 de este mes.
En virtud de no haberse producido variación alguna en el parámetro que sirve anualmente para la definición de este tributo, a saber el salario base del Oficinista 1 en la relación de puestos del Poder Judicial, según se encuentra establecido en la Ley 7337, los montos a pagar este año son los mismos que correspondió pagar en los últimos cinco años, a saber los siguientes:
1.Sociedades no contribuyentes del impuesto sobre la renta, pagan un 15% del salario base, a saber, la suma de ¢69,330
2.Sociedades inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada, sociedades inscritas como contribuyentes del impuesto sobre la renta que d...





