A.2026

Sobre el deber notarial de facilitar copias de las escrituras

Nos permitimos transcribir a continuación el acuerdo tomado por el Consejo Superior Notarial sobre la obligación que tienen los notarios de facilitar copias de los instrumentos públicos asentados en sus protocolos:

b) Resolver la consulta aclarando al interesado que, a criterio de este Consejo, si resulta un deber consecuente de la custodia del tomo de protocolo, que el notario exhiba su tomo y haga entrega de copias de los instrumentos autorizados, no solo a las partes intervinientes al momento del otorgamiento, sino a cualquier interesado con posterioridad a este, no obstante, en caso de que estime que peligra la integridad del tomo, debe observarse el procedimiento dispuesto al efecto en el artículo 46 del Código Notarial Ley Nº 7764. Tal y como lo contempla el artículo 121 del Código Notarial, podrá optarse por expedir copia simple para estos efectos, para lo cual podrán inclusive utilizar fotocopias o un documento digitalizado, salvo que la parte expre...

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Sucesorios que incluyan inmuebles con limitaciones del INDER solo en sede judicial

En la última versión de su Guía de Calificación, el Registro Inmobiliario ha establecido que si dentro del haber sucesorio existen uno o más inmuebles sujetos a limitaciones del INDER, que estuvieran vigentes a la fecha de muerte del causante, el procedimiento sucesorio tendrá que haberse tramitado necesariamente en sede judicial.  Por consiguiente, se cancelará el asiento de presentación cuando ingresen documentos en los cuales se adjudiquen bienes de este tipo, provenientes de un proceso sucesorio en sede notarial. Lo anterior conforme lo establece el artículo 314 del Código Procesal Agrario.

Si la adjudicación de estos inmuebles se diera por medio de exhorto o por disposición judicial, el Registro Inmobiliario tendrá por debidamente cumplidos los requisitos dispuestos en el artículo 68 de la Ley 9036  del INDER y los artículos 124 y siguientes del Decreto Ejecutivo 43102.

Finalmente, en caso de bienes i...

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Nueva circular sobre nombramiento de personas que cumplan con el RTBF

Con fecha de este 19 de febrero, el Registro de Personas Jurídicas ha emitido la Circular DPJ-002-2026 que regula aspectos importantes sobre el nombramiento de personas que cumplan con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.  (Para conocer el texto completo de la Circular haga clic aquí)

Como bien recordaremos, se eliminó en agosto del año pasado, la alternativa de que apoderados especiales pudieran cumplir con esta tarea, al rechazar el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, la medida cautelar interpuesta por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica contra lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 5 del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  Decreto Ejecutivo No. 44390-H que en lo que interesa dispone:

“En casos excepcionales, debidamente justificados podrá el representante legal o similar otorgar un p...

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Sobre la creación de los Subsistemas Locales de Protección a la Niñez y Adolescencia

De la colega Tania del Rosario Serrano Gómez, nos permitimos publicar este nuevo artículo que ha puesto a nuestra disposición sobre un decreto ejecutivo de reciente publicación en La Gaceta.

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Decreto Ejecutivo No. 45475-S sobre la creación de los Subsistemas Locales de Protección a la Niñez y la Adolescencia

“Muchas de las cosas que nosotros necesitamos pueden esperar, los niños no pueden, ahora es el momento, sus huesos están en formación, su sangre también lo está y sus sentidos se están desarrollando, a él nosotros no podemos contestarle mañana, su nombre es hoy”. Gabriela Mistral

 En palabras de la poetisa chilena, se destaca la urgencia de atender las necesidades de los niños, enfatizando que su desarrollo físico y emocional ocurre en el presente. Mistral subraya que la infancia no puede esperar ...

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Colegio de Abogados hace un llamado contra la competencia desleal

Nos permitimos copiar a continuación aviso publicado por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica en sus redes sociales.

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LLAMADO ÉTICO ENTRE COLEGAS Contra la competencia desleal Medios para presentar denuncias ante la Fiscalía del Colegio: denunciasfiscalia@abogados.or.cr 2202-3659 / 2202-3689La Fiscalía también puede iniciar investigaciones de oficio cuando tenga conocimiento de hechos que eventualmente constituyan faltas disciplinarias.

La competencia desleal es una práctica que afecta directamente la dignidad de la profesión y debilita la competencia leal dentro del gremio. El ejercicio profesional del Derecho exige respeto estricto a las normas éticas que regulan nuestra actuación frente a colegas y frente a la sociedad.

El Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho es ...

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Escenarios en que la CCSS sufraga gastos de atención médica privada

Otro interesante artículo del Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, a quien le agradecemos las opiniones que comparte siempre con este foro.

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La regla general del ordenamiento costarricense es que la Caja Costarricense de Seguro Social presta sus servicios a través de su propia red hospitalaria y no existe un derecho del asegurado a elegir libremente atenderse en un centro privado con cargo a la institución. El derecho a la seguridad social es un derecho fundamental de rango constitucional, reconocido reiteradamente por la Procuraduría General de la República y desarrollado con amplitud por la Sala Constitucional desde la Sentencia 5130-94, que derivó del artículo 21 de la Constitución Política el derecho a la salud de todo ciudadano. Tanto la normativa reglamentaria como la jurisprudencia ...

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Conozca el voto sobre el cobro retroactivo de cuotas de la CCSS a los trabajadores independientes

En varios medios de comunicación, se ha comentado sobre el voto del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda que  eliminó la posibilidad para la Caja Costarricense de Seguro Social de modificar retroactivamente la base de cálculo de las cuotas cotizadas por los trabajadores independientes, utilizando como único fundamento, las  declaraciones del impuesto sobre la renta.  Asimismo estableció que la CCSS no podía modificar retroactivamente determinaciones y liquidaciones de cuotas de seguridad social previamente fijadas y pagadas por los trabajadores independientes,  sin acudir a los procedimientos especialmente previstos para ello en el ordenamiento jurídico, como el proceso de lesividad o el procedimiento de nulidad regulados en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.

En el siguiente enlace puede ingresar a su plataforma Prime Tirant para conocer el texto completo de la resolución 11320-2025  (Expediente 19-001284-1027-CA) de 15 de diciembre de...

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Complete en la plataforma UIF-Reportes, su registro como notario

Nos permitimos transcribir a continuación un Comunicado de la  Dirección Nacional de Notariado  sobre la obligación de registro en la plataforma UIF-Reportes del Instituto Costarricense sobre Drogas.   Como parte de la información, la DNN ofrece el link a un completo video en el que se describen el paso a paso para lograr este registro por parte de todos los notarios activos del país.   (Puede ingresar directamente al comunicado de la DNN aquí )

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COMPLETE EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN A LA PLATAFORMA UIF REPORTES

En aras de facilitar el proceso de inscripción a la plataforma UIF-Reportes, la Dirección Nacional de Notariado realizó el pre-registro de todas las personas que se encuentran habilitadas en el ejercicio del notariado.

Se recuerda a todos los notarios y notarias habilitados la importancia de completar el proceso de inscripci...

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