k. Noviembre

Recuerde que marchamo 2027 se exigirá en escrituras de vehículos a partir del próximo año

Hace tres años, el Registro de Muebles emitió la Directriz DRBM-DIR-004-2023  para establecer que sería a partir del 1 de enero de cada año que se empezaría a exigir el marchamo correspondiente a cada período como requisito para inscripciones, reinscripciones, inscripción de gravámenes prendarios, títulos traslativos de dominio y cambio de características de vehículos

Con esta Directriz se eliminó el problema que surgía al iniciar diciembre, pues el Registro de Muebles empezaba a exigir dicho requisito.   Exigencia que no parecía muy justificada existiendo plazo hasta el último día de ese mes para cumplir , sin multas, ni intereses,  con dicho pago.

Al respecto, leemos lo siguiente en la Directriz indicada: V.—Que la mencionada Ley 10390, consigna como periodo fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de cada año, no obstante, en el artículo 8 del Reglamento a este impuesto, se había establecido el periodo fiscal desde el 1° de dici...

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