A.2026

Sociedades inactivas tienen hasta el 30 de abril para presentar declaraciones informativas

Lo mismo que las declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (ver nota), es importante recordar que las sociedades inactivas tienen también hasta este 30 de abril, para cumplir con sus declaraciones informativas de patrimonio en el nuevo sistema Tribu-CR, utilizando para ello, el Formulario 272.

La omisión de cumplir con estas declaraciones provoca que al iniciar el año, no pueda producirse el cobro del impuesto a las sociedades, toda vez que el importe a pagar de este tributo depende del patrimonio reportado por cada sociedad inactiva. Además, por este incumplimiento, la sociedad puede hacerse acreedora a una multa mínima de 10 salarios base según lo dispuesto en el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Nos permitimos copiar a continuación artículo 6 de la Resolución MH-DGT-RES-0013-2025 de la Dirección General de Tributación con el fundamento legal a esta obligación anual de las s...

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Monto del salario mínimo inembargable debe respetarse en rebajos a pensionados

Recientemente, la Sala Segunda de la Corte emitió una importante resolución, que impacta directamente la protección de los ingresos mínimos de las personas pensionadas frente a deducciones por créditos y otras obligaciones.

La resolución no. 576-2026 dictada el 20 de febrero de 2026, en el expediente 22-001877-1102-LA, resuelve un caso en el que una persona pensionada del Magisterio Nacional solicitó el cese de deducciones a su pensión, argumentando que estas afectaban su derecho a un ingreso mínimo vital y, por ende, su dignidad y subsistencia. La Sala Segunda acogió el recurso presentado, anuló la sentencia anterior y ordenó que, a partir de la firmeza de la resolución, el Estado y las entidades crediticias involucradas respetasen el monto del salario inembargable (mínimo vital) al aplicar cualquier rebajo a la pensión.

ResumenLa actora, pensionada desde el 1 de julio de 2021, percibía una pensión bruta de ₡618.598, que tras deduccione...

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Cadáveres tutelados, vegetativos abandonados: el favor dignitatis post mortem de la Sala Constitucional

Agradecemos al Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, este interesante artículo que pone a disposición de nuestro foro.

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Hay una paradoja que el derecho constitucional costarricense no puede seguir escondiendo debajo de la alfombra de la «legalidad ordinaria». En el voto N.° 2017-013786, de las 11:50 horas del 29 de agosto de 2017, la Sala Constitucional declaró con lugar un amparo porque los cadáveres retenidos en la Morgue Judicial durante la huelga del Poder Judicial «fueron tratados como objetos». Resolvió que «la protección de la dignidad humana trasciende la vida del sujeto, y se extiende al cuerpo después de la muerte», y que «la persona es digna, lo cual impide que su vida o su integridad, sea sustituida por otro valor social»...

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A partir de hoy, las entidades obligadas pueden dar cumplimiento al RTBF

Una vez más inicia el plazo de un mes para que  las sociedades mercantiles, las sociedades civiles, los fideicomisos y las organizaciones sin fines de lucro presenten sus declaraciones ordinarias en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

Este año con la novedad en cuanto a que no se permitirá que apoderados especiales cumplan con esta tarea en aquellos casos en los que los propios representantes legales no puedan hacerlo. Esto por motivo de la resolución 2025-003672, del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José que rechazó la medida cautelar que se había planteado contra lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 5 del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  Decreto Ejecutivo No. 44390-H :

“En casos excepcionales, debidamente justificados podrá el representante legal o similar otorgar un poder generalísimo para l...

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Circular registral sobre Ley que reformó la representación de los socios en las asambleas

Con fecha del pasado 18 de marzo,  la Dirección del Registro de Personas Jurídica ha emitido la Circular DPJ-003-2026 que tiene como asunto: Ley 10.840 Reforma a los artículos 98 y 146 del Código de Comercio.

Como ya comentamos en nuestra nota en esta mismo blog,  se eliminó con esta reforma la figura de las cartas-poder , estableciéndose la  forma como a partir de ahora, tendrían que ser representados en las asambleas, los socios que no puedan participar personalmente, haciendo la diferenciación entre  PYMES, PYMPAS y las demás sociedades.

En esta nueva Circular, el Registro de Personas Jurídicas empieza recordando que respecto de las representaciones y sus acreditaciones,  el artículo 174 del Código de Comercio señala la obligación de conformar un expediente por cada asamblea de socios, en el cual se conserven una copia del acta, los documentos que justifiquen la legalidad de la convocatoria y aquéllos en los que se hubieren hecho const...

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Los Contratos de Mandato Registrables

Nos permitimos transcribir a continuación, otro interesante artículo del MSc. Luis Eduardo Argüello Maradiaga, publicado en la Revista El Foro del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.  El tema es de mucho interés partiendo de las reformas que recientemente se han producido con relación al tema de los poderes generalísimos para el cumplimiento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los contratos de mandato registrables: Una perspectiva doctrinaria desde el Derecho registral mercantil y de personas“La libertad individual… demuestra que algunas formas de vida son más exitosas que otras” Friedrich A. HayekRESUMEN: El presente documento expone de manera innovadora la comprensión doctrinaria de los contratos de mandato, planteando desde la práctica jurídica un abordaje desde el Derecho registral mercantil y de personas, en el uso del sistema...

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Pago de impuestos de traspaso se mantiene igual hasta el 31 de diciembre

Una buena noticia para los notarios y partes interesadas en la tramitación de traspasos de vehículos e inmuebles,  es la publicación en La Gaceta, de la Resolución No. MH-DGT-RES-0003-2026 del Ministerio de Hacienda que modifica el Transitorio I de la Resolución General MHDGT-RES-0011-2025  a fin de prorrogar hasta el 31 de diciembre de este 2026, la posibilidad de seguir utilizando los formularios D-120 para el pago del “Impuesto de Traspaso Directo de Bienes Inmuebles” y  el  D-121 para el pago del “Impuesto de Trasferencia Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones” Estos formularios podrán seguirse completando dentro del sistema Eddi-7 de Hacienda o bien directamente en la plataforma electrónica del BCR  (www.bancobcr.com)

Cuando entró en operación la plataforma Tribu-CR, se había prorrogado por primera vez la utilización de estos formularios hasta el 31 de octubre del año pasado.   Luego dicho plazo se había ampliado hasta e...

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Aclaran procedimiento para pago del timbre de Educación y Cultura por parte de las sociedades inactivas y otras

Por fin,  el Ministerio de Hacienda ha publicado un aviso con el procedimiento que deben seguir las sociedades inactivas, las de Régimen Simplificado y las de rentas de capital, para poder cancelar el timbre de Educación y Cultura, obligación que vence el próximo 31 de marzo.Nos permitimos copiar aviso a continuación: Expresamente se señala que no serán aceptados los pagos del timbre mediante entero de gobierno,  lo cual había sido el mecanismo utilizado hasta el año pasado para que este tipo de sociedades pudieran cancelar este timbre. ...

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