A.2026

Nuevo reglamento a la Ley de Propiedad en Condominio

Entró a regir el pasado 22 de enero, el nuevo Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, Decreto Ejecutivo No. 45214-MIVAH-MEIC-TUR

Como justificación a la emisión de este nuevo Reglamento se indica en los CONSIDERANDOS, que el anterior Decreto Ejecutivo 32303-MP-MIVAH-S-MEIC,  había sufrido modificaciones significativas por lo que era necesario realizar una reforma integral con el fin de:

Plantear un orden lógico a los capítulos por temas Actualizar y adicionar definiciones que contribuyeran a una ·mejor interpretación de lo normado Establecer una mayor descripción de los planos de construcción para la transformación o modificación del condominioComo temas de interés actual se adicionaron los siguientes:Carga de vehículos eléctricos Sistemas electrónicos de vigilancia Sistema de aguas residuales Regulación del acceso peatonal dentro del condominio en cumplimiento con lo regulado en la Ley de Igualdad de Oportunidades para l...

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Impuesto sobre bienes inmuebles: exención personas físicas con único bien

Como ya es conocido,  se mantuvo para este año en la suma de ¢462,200.00, el salario base del Oficinista 1 según la relación de puestos del Poder Judicial, que sirve de parámetro para la determinación del valor que le permite a las personas físicas, propietarias de un único inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario, gestionar ante las Municipalidades respectivas la exoneración del impuesto sobre bienes inmuebles de la Ley 7509.

Así reza el artículo 4 de dicha norma:

“Artículo 4.- Inmuebles no afectos al impuesto

No están afectos a este impuesto: (…) e) Los inmuebles que constituyan  bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base; no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley es el establecido en el artículo 2o. de la ley No. 7337 de...

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A partir de hoy, Registro exigirá impuesto a las personas jurídicas

Recuerde que a partir de hoy, los documentos que involucren sociedades mercantiles,  deberán encontrarse al día en el pago del impuesto a las personas jurídicas.  De lo contrario,  los registradores cancelarán su presentación al Diario.De igual manera, es importante recordar la obligación de los notarios de consignar en las respectivas certificaciones, cuando las sociedades se encuentran morosas en el pago de este tributo.Así lo encontramos establecido en el  párrafo segundo del art. 5 de la Ley 9428 siguiente:

"El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir ningún documento a favor de los contribuyentes de este impuesto que no se encuentren al día en su pago. De igual manera, los notarios públicos que emitan certificaciones de personería jurídica y certificaciones literales de sociedad a los contribuyentes que no se encuentren al día con el pago de este impuesto deberán consignar su condición en...

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Cuando se pausan las reglas que nos cuidan

Agradecemos al Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, este artículo sobre un tema  que ha generado mucha reflexión durante la presente campaña electoral en nuestro país.

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En las casas existen reglas. por ejemplo nadie entra a un cuarto sin tocar la puerta , todos dicen lo que piensan y muy importante los castigos injustos y físicos no van. Son reglas que funcionan como escudos protectores para las personas que habitan la casa, el hogar si es una familia. Los países tienen algo parecido que se llama "garantías constitucionales" y básicamente son abrazos gigantes para cuidar a las personas (Constitución Política de Costa Rica, 1949).

El problema aparece cuando pasan cosas feas como: terremotos que destrozan ciudades enteras, enfermedades con...

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Notarios deben conservar siempre copias de los documentos de identidad de los comparecientes

En noviembre del año pasado, con la publicación en La Gaceta de la Ley No. 10754, fueron reformados varios artículos del Código Notarial para autorizar el ejercicio del notariado de personas con discapacidad visual y discapacidad auditiva. (Puede ver el texto completo de la norma aquí )

La Dirección Nacional de Notariado ha publicado un aviso para llamar la atención sobre la reforma que se introdujera mediante dicha ley al artículo 39 del Código Notarial, a fin de establecer la obligación de los notarios de conservar siempre, en su archivo de referencias,  copia de los documentos de identificación de los comparecientes.

Anteriormente,  el texto del art. 39 era el siguiente: (En negrita nos permitimos destacar el texto modificado)Artículo 39.- Identificación de los comparecientes   Los notarios deben identificar, cuidadosamente y sin lugar a dudas, a las partes y los otros intervinientes en los actos o contratos que autoricen. Los identificarán con base en los documentos...

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Tributación publicará mensualmente listado de deudores

Ha salido publicada en La Gaceta el pasado 11 de diciembre en La Gaceta, la Ley de Transparencia Fiscal No. 10808 que introduce importantes reformas al art. 115 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Entre los cambios se establece ahora como obligatoria (y no facultativa) la publicación que mensualmente deberá hacer la Autoridad Tributaria del listado de  las personas deudoras con la Hacienda Pública y sus montos, así como los nombres de las personas físicas y jurídicas que no han presentado sus declaraciones o que realizan actividades económicas sin haberse inscrito como contribuyentes. No se especifica, sin embargo,  si dicha publicación deberá hacerse en algún sitio web o por algún otro medio informativo.

Por otra parte, se establece que los contribuyentes tendrán el derecho a que toda su información personal y tributaria sea de carácter confidencial de acuerdo con las normativas vigentes en materia...

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Otra opinión sobre el usufructo de acciones y cuotas de sociedades mercantiles

Hace alguna semanas publicamos en este blog un interesante artículo de los estimados colegas Alfredo Bolaños y Oscar Arias de la firma Base Legal sobre la posibilidad de constitución de usufructo sobre las acciones y cuotas representativas del capital social de las sociedades mercantiles. (Puede volverlo a leer aquí.)

Nos permitimos copiar a continuación  otra interesante opinión de don Casimiro Vargas, también sobre este mismo particular.  Invitamos a todos los lectores del blog para que participen con sus opiniones y comentarios.

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Me resulta atractiva la tesis de los colegas Alfredo Bolaños y Oscar Arias, y me gustaría poder compartirla. Ojalá mi interpretación sea errónea y alguien pueda ilustrarme en sentido contrario. Sin embargo, considero que, dentro de nuestro sistema juríd...

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Por sexto año consecutivo, mismo salario base para definición de penas, multas y otros

El Consejo Superior del Poder Judicial estableció que el salario base que sirve dentro de la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos, se mantendrá durante este 2026 en la suma de ¢462,200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones).   Ver al respecto Circular 246-2025 en su plataforma Tirant Prime.)

Por consiguiente, son ya seis años consecutivos los que rige el mismo monto:  2021, 2022, 2023, 2024,  2025 y 2026.

Importante tomar en cuenta que el salario base que según lo establecido en el artículo 2 de la Ley 7337 de 5 de mayo de 1993 debería corresponder al del Oficinista 1, en realidad corresponde desde hace algunos años al del Auxiliar Administrativo  en razón de un estudio de reestructuración integral de Clases Anchas dentro del Poder Judicial mediante el...

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