Se publicó en La Gaceta la semana pasada, la Resolución No. MH-DGT-RES-0039-2025 de la Dirección General de Tributación denominada: Retención del Impuesto sobre Ganancias y Pérdidas del Capital de bienes inmuebles y uso del formulario del Impuesto de traspaso de Bienes Inmuebles y aplicación de la reducción del 20% establecida en la Ley para la atracción de inversionistas, rentistas y pensionados Nº9996
Para ver su texto completo descárguelo aquí.
La fecha de entrada en vigencia se establece para el próximo 6 de octubre. Solamente se menciona en un único Transitorio que el 2% de retención sobre las ganancias de capital por transmisión de bienes inmuebles de personas domiciliadas, establecido en el artículo 1 , aplicará a partir del momento en que la Administración Tributaria ponga a disposición, los formularios correspondientes, lo cual informará mediante resolución de alcance general.
Así reza dicho numeral 1:
Sobre la nota “Debe derechos de aduana” en los vehículos eléctricos
Nos han estado consultando sobre la anotación "Debe derechos de aduana" o "Debe derechos de Registro" que aparece en los asientos registrales de algunos vehículos eléctricos.
Ha generado preocupación si dicha indicación puede significar que los propietarios interesados en vender o en donar, deban ponerse al día en esos rubros para lograr la inscripción definitiva de los traspasos ante el Registro de Muebles.
Agradecemos a la Asociación Costarricense de Movilidad Eléctrica (ASOMOVE) la siguiente información que nos brindó a este respecto. ...
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La Dirección Nacional de Notariado ha enviado varios avisos advirtiendo que a la fecha, se han identificado 325 notarios que no renovaron su póliza de responsabilidad civil profesional.
Debido a lo anterior, se insta a cada notario para que acredite la oportuna renovación de la póliza a la mayor brevedad posible y lo comunique a la dirección de correo electrónico: seguros@dnn.go.cr
Es importante reiterar sobre la importancia de mantener la vigencia de la póliza, cuyo pago debe hacerse con un mes calendario de antelación al vencimiento anual periódico del año anterior, de conformidad con el artículo 9 del Código Notarial Ley N.º 7764, reformado por el artículo 1° de la ley N.º 10057 del 29 de octubre de 2021, que establece el seguro de responsabilidad civil profesional para el ejercicio del notariado, destacándose a su vez, como aspecto relevante, que este seguro:
“[…] será un requisito obligatorio par...
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El Consejo Superior del Poder Judicial acordó establecer el cierre colectivo de fin y principio de año, el cual dará inicio el lunes 22 de diciembre de 2025 y concluirá el viernes 2 de enero de 2026, reanudándose las labores el lunes 5 de enero de 2026. Asimismo, el cierre colectivo correspondiente a la Semana Santa de 2026 se efectuará los días 30 y 31 de marzo y 1 de abril.
Medidas complementarias En virtud de lo anterior y como medidas complementarias, se dispone lo siguiente para evitar la acumulación de saldos negativos de vacaciones:Las jefaturas que tengan a su cargo personas servidoras judiciales a quienes alcanza la reforma del artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, están en la obligación de promover un plan que les permita a esas personas disfrutar del derecho al descanso durante el cierre colectivo, pero sin que este disfrute ocasione que las personas acumulen saldos negativos El plan debe realizarse, en la medida de lo posible, de común acuerdo con l...
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