Conozca el procedimiento para el registro de correos electrónicos societarios
Mediante la Directriz DPJ-002-2025 de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se establece el procedimiento que deberán seguir a partir del próximo 4 de junio, tanto las sociedades existentes como las que se constituyan a partir de esa fecha para establecer una dirección de correo electrónico en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 10597.
Puede ingresar al texto completo de la Directriz en su plataforma Prime haciendo clic aquí.Nos permitimos resumir a continuación: SOCIEDADES EXISTENTESLa solicitud de inclusión de la dirección de correo electrónico podrá rogarse de dos maneras:1- Protocolización de acta de asamblea o reunión de socios en la que tomen el acuerdo de reformar el pacto constitutivo para incluir la dirección de correo electrónico.2.- Solicitud formal en escritura pública. Presentada directamente ante notario público por los representantes legales o por los apoderados generales o generalísimos de la so...
