d. Abril

¿Deben las sociedades disueltas cumplir con el RTBF?

Nuevamente ha surgido esta inquietud al constatar las sociedades disueltas que en el sistema de consulta del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales  sigue apareciendo la siguiente leyenda: La persona jurídica con la identificación  3-101-xxxxxx  y  y razón social   xxxxxxxx , no envió la declaración para el periodo 2024.  No obstante, a la fecha de esta consulta la persona jurídica no tiene plazo social vigente. CONTRADICCIÓN NORMATIVA Sobre el tema de si las sociedades disueltas deben cumplir con el RTBF topamos con las siguientes dos regulaciones

1) Reglamento del Registro del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales No. 44390-H , artículo 3, inciso a) que dispone:

a) Las personas jurídicas inscritas en el Registro Nacional, así como, todas aquellas que tengan asignado un número de cédula jurídica por el Registro Nacional.

2) Resolución Conjunta de alcance general para el Registro de Transparencia y Beneficiarios fin...

SEGUIR LEYENDO