b. Febrero

Reglamentan inscripción de organizaciones sociales ante el MTSS

Ha sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el Reglamento para el Registro e Inscripción de Organizaciones Sociales ante el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. 

Es conocido que el Código de Trabajo asigna el registro de sindicatos al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.  Por su parte la Ley de Asociaciones Cooperativas asigna también el registro, la inscripción y autorización de personería jurídica de las organizaciones cooperativas al MTSS,  y la Ley de Asociaciones Solidaristas, establece igualmente que el Registro Público de Asociaciones Solidaristas forma parte del Registro de Organizaciones Sociales del MTSS.   Otras normas como la Ley de Centros Agrícolas Cantonales del MAG, y la Ley de Regulación de las Ferias del Agricultor, también establecen la obligación de inscribirse en este mismo Departamento.

Ante la ausencia de regulaciones que es...

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Límite exento para este 2025 del impuesto sobre bienes inmuebles personas físicas

Como es de conocimiento general, para este año se ha establecido en ¢462,200.00 el salario base del Oficinista 1 de la relación de puestos del Poder Judicial.   Este monto sirve como parámetro para determinar el valor que permite a las personas físicas, que poseen únicamente un inmueble inscrito a su nombre en el Registro Inmobiliario, gestionar ante las Municipalidades correspondientes la exoneración del impuesto sobre bienes inmuebles que anualmente deben abonar, conforme a lo estipulado en la Ley 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Así reza el artículo 4 de dicha norma:

“Artículo 4.- Inmuebles no afectos al impuesto No están afectos a este impuesto: (…) e) Los inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base; no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley...

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Pago del impuesto a las personas jurídicas: ¿qué está pasando?

Ayer y hoy nos han llamado estimados colegas para indicarnos que sociedades que no pudieron cancelar el impuesto a las personas jurídicas durante el mes de enero,  al tratar de hacerlo a partir de este 1 de febrero en bancos con conectividad al sistema del Ministerio de Hacienda, han encontrado al cobro sumas que no corresponden del todo a los importes de este 2025.  En algunos casos, las diferencias son de ¢10,000 o ¢15,000 colones, pero en otros,  casi el doble y hasta más de lo debido.

Algunos colegas realizaron la consulta en la página de Consulta Tributaria del Ministerio de Hacienda, y en ella sí se visualizaban correctamente los importes a pagar:  https://atv.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx

Sugerimos por lo tanto mucha precaución al momento de realizar la cancelación de este tributo.  Estamos tratando de averiguar directamente en el Ministerio de Hacienda para cuándo se espera que esté solu...

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