Dictamen de la PGR: Voluntades anticipadas no deberían otorgarse en escritura pública
El 31 de mayo de 2022 entró a regir la Ley de Voluntades Anticipadas, Ley No. 10.231 con el objeto de: "garantizar el derecho de las personas, en pleno uso de sus facultades, a expresar su voluntad de manera anticipada con respecto a intervenciones médicas que se requieren realizar para salvaguardar la vida de la persona o las funciones vitales de su organismo, por un equipo de salud, mediante su manifestación libre y voluntaria, la cual se señalará por escrito en una declaración de voluntades anticipadas, para que esta sea respetada en situaciones en que no puedan manifestarla." (Artículo 1)
A partir de esa fecha, el Poder Ejecutivo contaba con un plazo de seis meses para emitir la correspondiente reglamentación, la cual sin embargo, al día de hoy, no se ha producido.
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