Mediante la Circular DGL-0002-2023 de la Dirección General del Registro Nacional publicada ayer en La Gaceta se emiten nuevas regulaciones para la entrega, devolución e inhabilitación de boletas de seguridad. Para descargar su contenido haga clic aquí.
Se señala en los Considerandos de la Circular que con la entrada en funcionamiento del servicio de Ventanilla Digital, un desarrollo cero papel, que implementó como medida de seguridad el uso de la firma digital del Notario Público autorizante, en la actualidad el 61.77% de los documentos se tramitan en formato digital versus el 38.23% en formato papel, porcentaje que además crece cada día y que ha provocado, como era de esperar, una considerable reducción en el requerimiento de talonarios de boletas de seguridad por parte de los notarios.
Es por lo anterior que se decide emitir las presentes regulaciones para garantizar un uso eficiente de los talonarios existentes ...
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