Escritos judiciales deberán rotularse
Mediante Circular N° 48-2018 de pasado 23 de abril, el Consejo Superior del Poder Judicial estableció el deber de los usuarios de rotular los escritos que tramiten en procesos civiles, cobratorios y concursales.
La Circular está dirigida a todas las Oficinas de Recepción de Documentos de los distintos Circuitos Judiciales del país, a las instituciones públicas y privadas, y abogados que litiguen en las materias indicadas. (Ver texto completo)
Se señala que en adelante deberán los usuarios rotular debidamente sus escritos indicando la gestión principal y accesoria que los mismos contienen, y utilizando el listado de tipicaciones de escritos. Lo anterior con la finalidad de que las Oficinas de Recepción de Documentos de los distintos Circuitos Judiciales del país, al ingresar el escrito al sistema institucional CEREDOC, identifiquen correctamente el tipo de gestión que corresponda, por ejemplo: demanda...