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Nueva propuesta sobre impuesto a las ganancias de capital en traspasos de bienes

Se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, un nuevo borrador de resolución del Ministerio de Hacienda sobre la forma como podría controlarse por parte del Registro Nacional el pago del impuesto a las ganancias de capital en los traspasos de bienes.   Se confieren diez días hábiles a los las entidades representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos para que realicen sus observaciones.   (Puede ver su texto completo en el siguiente link:  VER PROPUESTA) 

De acuerdo con el art. 28 ter de la Ley de Impuesto sobre la Renta, cuando los bienes transmitidos pertenezcan a no domiciliados, el comprador deberá retener del precio pagado un 2.5% correspondiente a este tributo.   Expresamente se señala que "Si la retención no hubiera ingresado, el Registro Nacional no podrá inscribir el traspaso de los bienes transmitidos,...."

Es a partir de esta disposición que surge la necesidad para el Registro Nac...

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Masiva disolución de sociedades para evitar impuesto a las personas jurídicas

Toda la semana se han producido largas filas en el Diario del Registro Nacional,  de interesados en lograr la disolución de sus sociedades para evitar el pago del impuesto a las personas jurídicas a partir del próximo 1 de enero.  Igualmente se evitarían tener que cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiario Finales, cuyo plazo ordinario para la presentación de declaraciones vence el 31 de ese mismo primer mes del año.

El Registro Nacional cierra sus puertas este viernes 20 de diciembre para volver a abrir a partir del 6 de enero del 2020.

En relación al impuesto a las personas jurídicas, surge la inquietud en cuanto a si la sola presentación de la respectiva escritura al Diario será suficiente para suspender el "hecho generador" del tributo establecido en el art. 2 de la Ley 9428:

" Artículo 2.- Hecho generador y devengo del impuesto.

El hecho generador para todas las...

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Importante modificación de regulaciones para el Registro de Accionistas

Mediante resolución conjunta número DGT-ICD-R-74-2019 del Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas, se modificó la redacción del artículo 1 de la resolución DGT-ICD-14-19 publicada en abril de este año.  Dicho numeral es el que define cuáles personas jurídicas se encuentran actualmente obligadas a cumplir con el Registro de Transparecencia y Beneficiarios Finales  (RTBF).

Suscriptores de Master Lex pueden encontrar el texto completo de esta resolución en su base de datos de Normativa Administrativa, o nos la pueden solicitar al correo legal@masterlex.com   y con mucho gusto se las haremos llegar.

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Resumimos así los tres cambios introducidos:

Cualquier apoderado que según los estatutos de la sociedad cuente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, podrá cumplir con el RTBF.   Por consiguiente, ya no lo serán en forma exclusiva los que...

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Amplían plazo para que obligados alimentarios paguen aguinaldo

Mediante la Ley 9788  publicada ayer en La Gaceta se amplió el plazo que tienen los obligados por pensiones alimentarias para cancelar cada año, por concepto de aguinaldo, la suma equivalente a una mensualidad.

El art. 16 de la Ley de Pensiones Alimentarias establecía antes como fecha límite para el pago de esta obligación, el 15 de diciembre.   Ahora contarán con tiempo para hacerlo hasta el veintiuno de diciembre sin que se requiera una resolución judicial que ordene dicho pago.

Esta norma rige a partir de hoy, por lo tanto para este año el plazo ya debe entenderse ampliado al 21 de diciembre.Transcribimos a continuación el texto íntegro de la norma: 

9788 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA DEL ARTÍCULO 16 DE LA LEY N.º 7654, LEY DE PENSIONES ALIMENTARIAS, DE 19 DE DICIEMBRE DE 1996, PARA LA RAZONABILIDAD EN LA FECHA DE PAGO DE AGUINALDO POR PENSIÓN ALIMENTA...

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Municipalidades podrán fiscalizar recolección de sus tributos

"El artículo 170 de la Constitución Política establece que las municipalidades tienen la potestad de autogobernarse y autodeterminarse. (...) Dentro de ese concepto general de autonomía municipal, es posible individualizar la autonomía tributaria que les permite a las municipalidades, crear, modificar, exonerar o eliminar los tributos dentro de su jurisdicción.  (...) Resulta clara entonces la potestad tributaria de los municipios, por lo que en consonancia con esa importante atribución, el ordenamiento jurídico debe dotarlos de las herramientas necesarias para que la puedan ejercer de la mejor manera. (...) Los suscritos diputados y diputadas consideramos que una de esas herramientas esenciales lo constituye el ejercicio amplio de las facultades que tenga como administración tributaria. Por eso es que se requiere la modificación de la normativa municipal con el fin de incluir expresamente esa facultad que en esos momentos no tienen las municipalidades."  (Tomado de la exposición de motivos...

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Pagos parciales en el impuesto por Rentas de Capital

Agradecemos al  Lic. Iván Vincenti, experto en litigios de la prestigiosa firma Grant Thornton Costa Rica, este nuevo artículo que pone en conocimiento de este foro sobre un tema de gran actualidad.

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"Ante la nueva cédula del impuesto sobre la renta, conocida como Rentas de Capital y Ganancias y Pérdidas de Capital, puede surgir la interrogante sobre la procedencia de aplicar pagos parciales a este nuevo régimen. Recuérdese que la regulación de los pagos parciales se encuentra en el artículo 22 de la Ley N° 7092, y básicamente atiende a una programación de pagos que sirven como adelanto del impuesto que en definitiva tenga que cancelar el contribuyente por la cédula del impuesto a las utilidades. Dichos pagos se realizan en tres tractos, en el último día hábil de los meses de marzo, junio y setiembre de cada año fiscal, y su base de cálculo lo es el impuesto determinado para el ejercicio fiscal del año anteri...

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Definen vacaciones de fin de año de los servidores públicos

Mediante Directriz 063-MTSS,  el Presidente de la República y la Ministra de Trabajo y Seguridad Social establecieron conceder a título de vacaciones a los servidores públicos, los días 23, 24, 26, 27,30 y 31 de diciembre del 2019, así como los días 2 y 3 de enero del 2020.

Lo anterior sin perjuicio de que el Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N 6725, Asueto por Días Feriados en Oficinas Públicas por Fiestas Cívicas,  disponga autorizar un día de asueto de los días ya referidos, a fin de que los servidores públicos del cantón Central disfruten de la celebración de las fiestas de fin y principio de año.

En el caso de los servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República, el Registro Nacional, cuerpos policiales e instituciones de atención de emergencias, las vacaciones serán definidas por su jerarca.

Se faculta al jer...

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A tomar en cuenta en la tasación de timbres: Reformas de estatutos societarios

Queremos iniciar hoy con varios comentarios sobre los timbres, especies fiscales e impuestos de traspaso a pagar para la inscripción de ciertos actos y contratos que merecen una especial atención al momento de su tasación.

Con alguna frecuencia, estimados suscriptores nos consultan sobre diferencias que encuentran entre los montos que aparecen al cobro en el sistema de tasaciones del Banco de Costa Rica y los resultados de nuestros programas Master Lex.  Lamentablemente muchas veces, nos contactan cuando ya han realizado el pago de los timbres, a veces por sumas mayores a las que por Ley tenían obligación de pagar y en otros casos, por sumas inferiores, con el inconveniente de que los documentos les son devueltos por los registradores con el defecto correspondiente.

Las tarifas a pagar de cada timbre e impuesto se encuentran expresamente reguladas en Leyes de la República.  Por lo tanto resultan totalmente injustificados t...

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