Pagos parciales en el impuesto por Rentas de Capital
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"Ante la nueva cédula del impuesto sobre la renta, conocida como Rentas de Capital y Ganancias y Pérdidas de Capital, puede surgir la interrogante sobre la procedencia de aplicar pagos parciales a este nuevo régimen. Recuérdese que la regulación de los pagos parciales se encuentra en el artículo 22 de la Ley N° 7092, y básicamente atiende a una programación de pagos que sirven como adelanto del impuesto que en definitiva tenga que cancelar el contribuyente por la cédula del impuesto a las utilidades. Dichos pagos se realizan en tres tractos, en el último día hábil de los meses de marzo, junio y setiembre de cada año fiscal, y su base de cálculo lo es el impuesto determinado para el ejercicio fiscal del año anteri...
