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Presentación electrónica de índices será obligatoria dentro de un año

Ha salido publicada en el Alcance No. 158 a La Gaceta,  la Ley 10798 que establece la obligatoriedad en la presentación electrónica de los índices de instrumentos públicos.    Lo anterior mediante reforma al artículo 27 del Código Notarial.

En el informe técnico de lo que fue el Proyecto que dio origen a esta reforma normativa, leemos lo siguiente:

"Lo que se busca, de acuerdo con la exposición de motivos, es generalizar la presentación digital de los índices, con el fin de mejorar la eficiencia y la seguridad del servicio, así como la comunicación interinstitucional con entidades que por diferentes razones trabajan con la información correspondiente, como el Ministerio de Hacienda o el Instituto Costarricense sobre Drogas."  (Tomado del Informe técnico del Proyecto de Ley 24.809)

En el Transitorio I se confiere el plazo de un año al Poder Ejecutivo para que emita el reglamento respectivo.  En el caso de los c...

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Sobre los traspasos de inmuebles cuando existen cláusulas de inembargabilidad

En los últimos meses ha existido inquietud de colegas que trataron de inscribir traspasos de inmuebles sobre los que existían anotadas cláusulas de inembargabilidad, y en el Registro, les pusieron como defecto la imposibilidad de realizar dichos traspasos "soportando" ese tipo de limitaciones.

Al respecto es importante recordar que mediante voto 0217-2020 del Tribunal Registral Administrativo se estableció que las cláusulas de inembargabilidad pueden establecerse sin que sea obligatorio establecer al mismo tiempo cláusulas que limiten la libre disposición de los inmuebles:

“De las citas doctrinarias y jurisprudencia citadas, concluye este Tribunal que, las cláusulas de inalienabilidad y las de inembargabilidad fueron concebidas por el legislador, para los efectos de los artículos 292 en relación con el 981 CC, de manera separada.  (…)  De lo anterior se extrae que las limitaciones que soporta la finca ….  de San...

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Horario de fin de año de algunas instituciones

Nos permitimos resumir a continuación,  el horario de vacaciones de algunas instituciones del país para este fin de año.

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Nombre de la instituciónÚltimo día de trabajoReinicio de labores (2026)Archivo NacionalDirección Nacional de Notariado Viernes 19 de diciembreViernes 19 de diciembre Lunes 5 de eneroLunes 5 de eneroRegistro Nacional/Ventanilla Digital  (*) Ver casos especiales Martes 23 de diciembre Lunes 5 de eneroRegistro Civil  Martes 23 de diciembre Lunes 5 de eneroPoder Judicial (salvo algunas oficinas) Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de eneroPlataforma CrearEmpresa/ Martes 23 de diciembre Lunes 5 de eneroIndex - recibo de índices electrónicosMatrimonio Digital - Registro Civil Se mantienen operativas ambas plataformas durante todo el período de vacaciones<...

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Acciones por incumplimiento de renovación de póliza de responsabilidad civil profesional

Nos permitimos retransmitir aviso de la Dirección Nacional de Notariado que aparece publicado en su página www.dnn.go.cr:

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  Recordatorio sobre acciones por incumplimiento de renovación de póliza de responsabilidad civil profesional

La Dirección Nacional de Notariado recuerda a la comunidad notarial sobre la obligatoriedad de mantener vigente la póliza de responsabilidad civil profesional, cuyo pago debe hacerse con un mes calendario de antelación al vencimiento anual periódico del año anterior, de conformidad con el artículo 9 del Código Notarial Ley N.º 7764, reformado por el artículo 1° de la ley N.º 10057 del 29 de octubre de 2021, que establece el seguro de responsabilidad civil profesional para el ejercicio del notariado, destacándose a su vez, como aspecto relevante, que este seguro:

“[…] será un requisito obligatorio para todas las personas que ejerzan la función notarial y estén habilitados en ...

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Marchamo 2026: requisito registral a partir del próximo 1 de enero

Nos han estado preguntado sobre la fecha a partir de la cual se exigirá el marchamo 2026 como requisito de inscripción ante el Registro de Muebles de todos aquellos documentos relativos a vehículos automotores.

Hace dos años, el Registro de Muebles emitió la Directriz DRBM-DIR-004-2023  para establecer que sería a partir del 1 de enero de cada año que se empezaría a exigir el marchamo correspondiente a cada período.  Con esta Directriz se eliminó el problema que surgía al iniciar diciembre, pues el Registro de Muebles empezaba a exigir la cancelación del tributo correspondiente al año siguiente.  Exigencia que no parecía muy justificada existiendo plazo hasta el último día de ese mes para cumplir , sin multas, ni intereses,  con dicho pago.

Al respecto, leemos lo siguiente en la Directriz indicada: V.—Que la mencionada Ley 10390, consigna como periodo fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de cada año, no obstante, en el artículo 8 ...

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Sobre el usufructo de cuotas y acciones en las sociedades comerciales

Agradecemos a los colegas Alfredo Bolaños y Oscar Arias de la firma Base Legal, este interesante artículo que han puesto a disposición de este foro sobre un tema que suscita siempre cuestionamientos e inquietudes.

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REFLEXIONES SOBRE CONSTITUCION DEL USUFRUCTO

DE CUOTAS O ACCIONES DE SOCIEDADES COMERCIALES

(El caso de Costa Rica)

PLANTEAMIENTO DEL TEMA:

El artículo 335 del Código Civil de Costa Rica dispone que el usufructo sobre bienes muebles sólo puede ser constituido por vía testamentaria.

En otras palabras, si se aplicare esa norma a todas las actividades pensables, sin hacer distinción entre aquellas cuya naturaleza es mercantil y aquellas de naturaleza diferente, la conclusión necesaria serí...

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Resolución R-DCP-00076-2025 de la CGR sobre el pliego de frecuencias FM

Transcribimos a continuación artículo del Dr. Edward Cortes García, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, sobre un tema de mucha actualidad.

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La Resolución R-DCP-00076-2025: Legalmente Sostenible pero Constitucionalmente Cuestionable

Voy directo al grano, en esta resolución la Contraloría rechazó todos los recursos de objeción contra el pliego de frecuencias FM. En lo formal —artículos 88 LGCP y 245-254 del Reglamento— no hay objeción posible, tema que en este momento está en boga.  Ahora bien, cuando uno confronta esta resolución con lo que han dicho las Salas Primera y Constitucional ahí empiezan las fracturas de dicha resolución.

La Resolución Nº 02706-2016 de la Sala Constitucional desglosa el principio de razonabilidad en cuatro partes...

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Próximo lunes: feriado de pago no obligatorio

El próximo lunes, 1 de diciembre, conmemoramos el Día de la Abolición del Ejército, feriado creado mediante la Ley 9803 en el año 2020.

Se trata de un feriado de los que se categorizan como de pago no obligatorio, al igual que el 2 de agosto (Celebración de la Virgen de los Angeles) y el 31 de agosto (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense).  Esta categorización suscita siempre muchas dudas pues hace pensar que en caso de ser disfrutados por los trabajadores deberán serle descontados de su salario, lo cual únicamente es correcto tratándose de relaciones laborales en las que el pago se haya establecido de manera semanal.

En otras palabras,  aquellos trabajadores que reciben su salario quincenal o mensualmente tienen derecho de disfrutar de estos feriados sin que se les descuente el importe de salario de ese día, y en caso de que accedan a trabajarlos ( a solicitud de sus empleadores)  deberán recibi...

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