CATEGORÍAS

Estudiantes deberán firmar compromiso de confidencialidad para ver expedientes

Mediante la Circular N° 251-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial se dispuso concentrar en un solo acuerdo lo comunicado mediante las circulares de la Secretaría de la Corte números 91-2010, 08-2016, 89- 2022 y 38-2023, relativas todas a este tema de la autorización a los estudiantes de Derecho para ver expedientes judiciales.  Nos permitimos transcribir a continuación la circular indicada:

-----------------------------------

CIRCULAR N° 251-2023

Asunto: “Acceso al Expediente Judicial según el Artículo 243 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y uso obligatorio del Formulario “Compromiso de Confidencialidad y Privacidad de la Información del Expediente Judicial” conforme a la Ley 8968”

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS Y PÚBLICO ENGENERAL SE LES HACE SABER QUE:

...

LEER NOTA

DGT: declaraciones juradas no tendrían que ser necesariamente ante notario

Aparece hoy en La Gaceta un aviso de la Dirección General de Tributación concediéndole a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, el plazo de diez días hábiles para que expongan su parecer respecto del Proyecto de Resolución denominado: “Requisitos que debe Cumplir una Declaración Jurada en Trámites ante la Dirección General de Tributación”.  Las observaciones sobre el proyecto de referencia deben remitirse por escrito a la dirección:   tributacioninter@hacienda.go.cr

(más…)...

LEER NOTA

Leer más

Derechos reales de superficie: tratamiento tributario

Mediante la Resolución MH-DGT-RES-0020-2023 de la Dirección General de Tributación publicada este 4 de octubre en La Gaceta,  se emiten por primera vez regulaciones para el tratamiento tributario de los derechos reales de superficie con fundamento en los siguiente CONSIDERANDOS:

XIV.—Que, en nuestro medio no hay normas que regulen y sistematicen el derecho real de superficie toda vez que ni el legislador ni la jurisprudencia lo ha reconocido expresamente. En el ordenamiento jurídico patrio, es inexistente la regulación en cuanto a su naturaleza, caracteres, procedimiento y forma de constitución e inscripción, duración, contenido, causales extintivas, efectos y, en general, los elementos personales, reales y formales. XV.—Que si bien, dentro de la legislación civil de nuestro país, la figura del derecho real de superficie no se encuentra regulada de manera expresa, no puede desconocerse que conforme los principios de autonomía de la voluntad y liberta...

LEER NOTA

Cambios en el impuesto a las propiedad de automotores, embarcaciones y aeronaves

Las siguiente dos normas, publicadas en el Alcance 192 a La Gaceta 182 de este 4 de octubre,  introducen cambios sustanciales a las regulaciones del impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.

Ley 10389, Adición de un transitorio VI a la Ley 7088, Reajuste Tributario y Resolución 18A Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de1987, condonación de las deudas acumuladas en el pago del marchamo. Ley 10390, Modificación al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.    Nos permitimos a continuación los siguientes comentarios.

I.- Ley 10389:   Condonación de períodos anteriores pendientes de pago

Mediante esta norma se adiciona un Transitorio VI a la Ley 7088, para establecer que todos los vehículos automotores "... que tengan pendiente el pago de períodos anteriores al año 2023, inclusive, tendrán ...

LEER NOTA

Nuevas regulaciones para el nombramiento de auxiliares de la administración de justicia

Con vigencia a partir de hoy, aparece en el Boletín Judicial la Circular No. 227-2023 mediante la cual se emite un nuevo Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial.   (Para ver el texto completo haga clic aquí.)

Las regulaciones anteriores datan del año 2014, por lo que la Corte Plena estimó que:  "A lo largo de los años en que se ha venido aplicando dicho cuerpo normativo, surge la necesidad de actualizar y modificar la regulación y la función de las personas auxiliares de la administración de justicia en el Poder Judicial, conforme a sus competencias y acorde con las normativas que les rigen  en ese sentido se conformó un equipo de trabajo por parte de la Dirección Jurídica y la Dirección Ejecutiva con el fin de elaborar un nuevo reglamento, para regular todo el proceso de selección, desi...

LEER NOTA

Normas prácticas para aplicación del Código Procesal de Familia

Mediante Circular Nº 255-2023 de la Corte Plena del Poder Judicial publicada hoy en La Gaceta, se emiten las  “Normas prácticas para Aplicación del Código Procesal de Familia” las cuales, según aparece indicado,  tienen como objeto constituir ... "una guía para los despachos judiciales, los abogados y las abogadas litigantes, así como para cualquier persona que tenga interés en la tramitación de los procesos familiares a la luz de lo dispuesto en el Código Procesal de Familia, especialmente en relación con aspectos de carácter administrativo, funcionales y organizativos de la jurisdicción familiar, todo ello para facilitar la aplicación de dicho código, sea la Ley Nº 9747."

Llama nuestra atención que se indique al inicio de estas regulaciones que el Código Procesal de Familia entrará en vigencia el 1 de octubre de 2022.   Seguramente la redacción de las mismas se produjo con anterioridad a la Ley 10315 de setiembre de 2022 que dispusiera a...

LEER NOTA

Correcta identificación de personas físicas y jurídicas en los documentos registrales

La Circular DPJ-024-2023  del Registro de Personas Jurídicas aclara muy bien la forma como deben ser identificadas las personas físicas y jurídicas en los documentos en trámite a fin de que no sean devueltos con defecto o hasta cancelada su presentación.

Con la finalidad de unificar criterios de calificación e inscripción registral, relativos al número de cédula jurídica de las entidades jurídicas y las citas de inscripción (tomo, asiento, consecutivo y secuencia) de actos o contratos vinculados con personas físicas, y en concordancia con los artículos 3, 23, 24, y 30 del Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional, Decreto Ejecutivo N° 42835-MJP vigente desde el 16 abril de 2021, la Dirección del Registro de Personas Jurídicas estableció lo siguiente:  (Se transcribe textualmente)

-------------------

A. Requisitos para la presentación de documentos.

El a...

LEER NOTA