A partir de publicación en La Gaceta
Como todos los años, el Registro de Personas Jurídicas emitió ya la Directriz 001-2010 estableciendo el nuevo monto que por concepto de Derechos de Registro corresponderá cubrir para la inscripción de actos relativos a sociedades mercantiles (constituciones, cambios de Junta Directiva, nombramiento de apoderados, fusiones, reformas estatutarias, etc.)
Es así que en lugar de ¢26,980 colones deberá pagarse – a partir de la publicación de la Directriz indicada en el diario oficial La Gaceta – la suma de ¢29,340.00 (VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA COLONES)
Esta nueva tarifa tiene como fundamento el salario del Oficinista I que aparece en la relación de puestos de la Ley de Prepuesto Ordinario de la República, el cual fuera reasignado en el Poder Judicial a Auxiliar Administrativo I y que en el pasado mes de noviembre, se fijara en la suma de ¢293,400.00
Modifican mecanismo para la declaración y pago del impuesto solidario a las casas de lujo
El transitorio único de la resolución DGT-029-2009 establecía que todos aquellos sujetos pasivos del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, creado mediante Ley No. 8683, que tuvieran domiciliada una cuenta cliente en el sistema conocido como Tribunet debían realizar el pago en forma electrónica a través de ese medio.
Sin embargo, aclara la Dirección General de Tributación que habiéndose presentado en los últimos días, situaciones de fuerza mayor que demoran y en algunos casos impiden el acceso de los interesados a este mecanismo de pago, se establece que hasta tanto no se comunique una forma única de presentación de declaraciones y de pago, los contribuyentes de este impuesto podrán declarar y cancelar su importe utilizando los formularios en documento físico, D179 y D-110. Ambos documentos estarán disponibles en todas las administraciones tributarias territoriales y en todas las entidades recaudadoras autorizad...
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El 18 de enero se publicó en el diario oficial La Gaceta, la Ley 8795 que introdujo modificaciones varias al Código Notarial, entre ellas las relativas a la nueva naturaleza y estructura que la Dirección Nacional de Notariado.
Si bien en el texto del artículo 21 se lee que la Dirección Nacional de Notariado es un órgano de desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, el Lic. Hernando París, actual Ministro de esa cartera, nos ha aclarado que la DNN en realidad pasa a ser una entidad autónoma en todo sentido, administrativa, presupuestaria y funcionalmente y con personalidad jurídica instrumental para realizar actividades contractuales y administrar sus propios recursos y patrimonio.
Nos ha informado el Licenciado París que el día de ayer se reunieron los jerarcas de las cinco entidades, de cuyo seno corresponde integrar los representantes que conformarán el así llamado Consejo Superior Not...
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Rige a partir del mes de enero de 2010
Según ha venido apareciendo impreso, desde hace algunos meses, en las propias órdenes patronales que mensualmente reciben los trabajadores, se incrementa a partir del presente mes de enero, en un 0.17%, el aporte que tanto patronos, como trabajadores y Estado deben realizar mensualmente al Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.
Esta medida tiene como fundamento legal, el acuerdo que tomara la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 2º de la sesión Nº 8167, celebrada el 10 de julio del 2007, plasmado en el Transitorio XI del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, que transcribimos más abajo para su mejor conocimiento.
Como puede observarse, el aumento que se establece en este transitorio es de medio punto porcentual por quinquenio; siendo que la distribución del mismo se efectúa entre las tres partes intervinientes, ...
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