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Para la declaración y pago de los impuestos de traspaso de vehículos e inmuebles

En octubre pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la Resolución MH-DGT-RES-0050-2025 que reformó el Transitorio I de la  Resolución  MH-DGT-RES-0011-2025 a fin de establecer que se mantendría en funcionamiento hasta el 31 de marzo de este 2026, el sistema de “Elaboración Digital de Declaración de Impuestos (EDDI -7)” para la confección de las declaraciones de impuesto de traspaso de vehículos e inmuebles.  También seguiría en funcionamiento, la alternativa de completar los formularios directamente en la plataforma electrónica del Banco de Costa Rica:  www.bancobcr.com Ver al respecto nuestro NOTA en este mismo blog.

Al día de hoy, los notarios y partes interesadas en la inscripción de traspasos, efectivamente han podido utilizar cualquiera de estos dos mecanismos sin problema.

Varios colegas nos han estado consultando si tenemos información sobre el procedimiento para la declaración y pago de estos tributos a partir del próximo 1 de abril...

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¿Cómo pueden las sociedades inactivas pagar el timbre de Educación y Cultura ?

En estos días, muchos se han estado haciendo esta pregunta, sobre todo al vencer este 30 de marzo,  el plazo para el pago del timbre de Educación y Cultura.

Como ya es conocido,  todas las sociedades mercantiles, activas e inactivas,  y las sucursales de sociedades extranjeras deben cumplir anualmente, durante los meses de febrero y marzo, con el pago del importe correspondiente al Timbre de Educación y Cultura regulado en el artículo 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura, Ley No. 5923. El no pago o el pago tardío de este tributo es causal de aplicación de las sanciones que al efecto establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

El importe a pagar del timbre de Educación y Cultura varió sustancialmente a partir del año 2019 con la reforma introducida a la Ley 5923 por la Ley 9643 para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM)

 

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Ceguera voluntaria e inteligencia artificial generativa: estándar de diligencia agravado del profesional en derecho

Del Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, otro interesante artículo sobre un tema muy actual y que refleja la responsabilidad de que el operador jurídico valide siempre directamente en las fuentes, la información obtenida a través de las herramientas de inteligencia artificial.

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Ceguera voluntaria e inteligencia artificial generativa: estándar de diligencia agravado del profesional en derecho costarricense

Hay un problema que los estrados judiciales latinoamericanos están comenzando a nominar con precisión, y que el ejercicio jurídico costarricense no puede seguir eludiendo. La inteligencia artificial generativa produce textos que parecen derecho pero no lo son. Fuentes que cita con exactitud de radicado y fecha no existen. Jurisprudencia que reproduce con apariencia de autoridad jamás fue dictada. Normativa que invoca con número de ar...

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Importante reforma sobre representación de socios en las Asambleas

Eliminadas las cartas-poder.  Aquellas emitidas con anterioridad a la publicación de esta ley, se aceptarán como válidas hasta que se consumen los actos para los  cuales fueron otorgadas y surtan todos los efectos jurídicos correspondientes.

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Se ha publicado en el Diario Oficial del pasado viernes 6 de marzo, la Ley 10840 denominada: LEY PARA LA ARMONIZACIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y EL FORTALECIMIENTO DEL PODER ESPECIAL.  La norma consiste es un único numeral que reforma los artículos 98 y 146 del Código de Comercio, referidos a la participación de los cuotistas y a los accionistas, respectivamente,  en las Asambleas de Socios.

Así deberán leerse a partir de ahora ambos numerales:

Artículo 98-

Los socios tendrán derecho a un número de votos igual al de cuotas que le pertenezcan.

Par...

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El capital social en la sociedad de responsabilidad limitada y en la sociedad anónima

Del MSc. Luis Eduardo Argüello Maradiaga, mediador y conciliador certificado, conferencista y docente universitario, nos complace poner a disposición de este foro su artículo intitulado:  El capital social en la sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima (Una perspectiva desde el Derecho Registral y Mercantil publicado en la Revista Judicial del Poder Judicial de Costa Rica, No. 137 en junio de 2024.

Gentilmente don Luis Eduardo nos compartirá en las próximas semanas otros artículos sobre temas relevantes para el ejercicio notarial.

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EL CAPITAL SOCIAL EN LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y SOCIEDAD ANÓNIMA (UNA PERSPECTIVA DESDE EL DERECHO REGISTRAL MERCANTIL)

RESUMEN

El presente documento aborda de forma actual y novedosa el capital social en las ent...

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Aeronaves sin ley: el concepto de “seguridad nacional” en la Ley de Aviación Civil

Agradecemos al colega Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional,  este interesante artículo que ha puesto a disposición de este blog.

------------------------------------------------------------------------------------Aeronaves sin ley: el concepto de "seguridad nacional" como cláusula de excepción en el artículo 26 de la Ley General de Aviación Civil costarricense

El artículo 26 de la Ley N.° 5150, Ley General de Aviación Civil, contiene una de las cláusulas de excepción menos examinadas del ordenamiento costarricense. Su texto es engañosamente breve: las aeronaves del Estado quedan sujetas a todas las normas de aviación civil, salvo en asuntos relacionados con la seguridad nacional, caso en el cual pueden apartarse de esos preceptos con la sola obligación de comunicarlo "a quien corresponda para la debida coordinación". La norma habilita que aeronaves estatales vuelen fuera de la ley. ¿Baj...

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Asambleas de socios también pueden nombrar apoderados generalísimos para el RTBF

Agradecemos a la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, la confirmación que nos brindó esta mañana en cuanto a que también están aceptando la inscripción de poderes generalísimos para el cumplimiento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  otorgados directamente por las Asambleas de Socios, en aquellos casos en los que los propios representantes legales no pueden cumplir con dicha tarea y  las sociedades se encuentren en estado de incumplimiento.

Así aparece indicado en e la Circular DPJ-002-2026 :

B.3. Otorgamiento de poder generalísimo por parte de la asamblea u órganos equivalentes.

1. La Asamblea General como órgano supremo societario, o sus equivalentes en otras entidades, según los artículos 94 y 152 del Código de Comercio, 10 de la Ley Asociaciones N° 218, 9 del Reglamento a la Ley de Asociaciones Decreto Nº 29496-J, y 14 de la Ley de Fundaciones N° 5338, y por no estar excluido expresamente por medio...

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Sobre el deber notarial de facilitar copias de las escrituras

Nos permitimos transcribir a continuación el acuerdo tomado por el Consejo Superior Notarial sobre la obligación que tienen los notarios de facilitar copias de los instrumentos públicos asentados en sus protocolos:

b) Resolver la consulta aclarando al interesado que, a criterio de este Consejo, si resulta un deber consecuente de la custodia del tomo de protocolo, que el notario exhiba su tomo y haga entrega de copias de los instrumentos autorizados, no solo a las partes intervinientes al momento del otorgamiento, sino a cualquier interesado con posterioridad a este, no obstante, en caso de que estime que peligra la integridad del tomo, debe observarse el procedimiento dispuesto al efecto en el artículo 46 del Código Notarial Ley Nº 7764. Tal y como lo contempla el artículo 121 del Código Notarial, podrá optarse por expedir copia simple para estos efectos, para lo cual podrán inclusive utilizar fotocopias o un documento digitalizado, salvo que la parte expre...

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