Tributación legalizará libros sola la primera vez. Reposiciones estarán a cargo de los interesados.
En el caso de los libros en soporte papel, la legalización se realizará a partir de ahora por una sola vez ante la Tributación, por cuanto las reposiciones, sean por extravío o por terminación, o en casos de cambio de nombre o de razón social de las compañías, serán los propios interesados quienes deberán realizarlas, sin necesidad de informarlo a dicha dependencia.
Solamente en caso de que la sociedad decida cambiar la forma de llevar los libros de empastados y foliados a electrónicos, tendrá que presentar una nueva solicitud ante la administración o por el sitio de Gobierno Digital, para el otorgamiento del número de autorización respectivo.
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