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Ahora sobre las sociedades ya constituidas. Pago del nuevo impuesto a las personas jurídicas

En nuestros últimos comentarios nos hemos referido al pago de este  nuevo impuesto en los actos de constitución de nuevas sociedades.  Trataremos ahora de abarcar un poco el tema pero referido a las personas jurídicas mercantiles ya inscritas en el Registro.

En primer lugar es importante señalar que en la siguiente dirección de Internet     https://www.rnpdigital.com/shopping/consultaDocumentos/consultaMorosidadPJ.jspx  ubicada dentro de la nueva página web del Registro Nacional  (www.rnpdigital.com)  se puede conocer sin ningún costo  la calificación dada por Tributación a cada sociedad, ACTIVA o INACTIVA, con la correspondiente suma a pagar por concepto de este tributo.     Igualmente, se obtiene el dato de aquellas sociedades no consideradas contribuyentes del mismo, sea por cuanto se encuentran disueltas o bien calificadas como micro o pequeñas empresas e inscritas como tales ante el Ministerio de Economía, Industria y ...

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Pago del impuesto a las personas jurídicas en constitución de nuevas sociedades

  

Como ya es conocido a partir del pasado 1 de abril,  el Registro de Personas Jurídicas está exigiendo que conjuntamente con los timbres que siempre se han tenido que cancelar para la constitución de una sociedad mercantil,  se cubra el importe correspondiente al nuevo impuesto a las personas jurídicas.     Así lo dispone el párrafo segundo del artículo 4 de la Ley 9024:

"Las sociedades mercantiles, empresas individuales de responsabilidad limitada, así como toda sucursal de una sociedad extranjera o su representante en proceso de inscripción durante el periodo fiscal del impuesto creado mediante esta ley, deberán pagar el impuesto al momento de su presentación para su inscripción en el Registro Nacional junto con los demás impuestos, timbres y aranceles."

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el párrafo cuarto del artículo 2 de la misma Ley 9024,  la tarifa a pagar por estos actos de constitución es la correspond...

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Nueva directriz sobre impuesto a las personas jurídicas

» Hasta tanto la Tributación no defina conceptos de sociedad activa o inactiva, Registro entenderá que entidades son inactivas.» Liquidación de sociedades mercantiles en sede notarial podrá hacerse sin necesidad de que sociedades legalicen libros»  Se aclara concepto de representante legal.»  Se establecen elementos que debe contener la protocolización de la carta de renuncia.  Timbres a pagar.»  Protocolización solamente podrá referirse a las renuncias de una misma personas jurídica.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Si bien no se trata propiamente del Reglamento para la Aplicación Registral de la Ley al Impuesto a las Personas Jurídicas que aprobó la Junta Administrativa del Registro Nacional el pasado 26 de marzo,  el cual aún no ha sido publicado en el Diario Oficial La Gaceta,  nos acaban de remitir copia de la Directriz ...

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DNN reitera tres importantes comunicados

La Dirección Nacional de Notariado reitera lo resuelto por el Consejo Superior Notarial, en sesión 24-10 celebrada el 25 de agosto de 2010, acuerdo 2010-24-002, en relación con tres importantes temas:

»Firma de los comparecientes debe darse en presencia del notario, incluyendo representantes de instituciones crediticias. (Comunicado 002-2010)

 »Validez de las certificaciones notariales.  (Comunicado 003-2010)» Sobre el pago de honorarios. (Comunicado 004-2010)

En relación con el primer comunicado, la DNN recuerda que las instituciones públicas y privadas están obligadas a prestar al notario público toda la información y colaboración que éste requiera para el ejercicio correcto de su función.  Los apoderados de esas instituciones que deban comparecer ante notario público a suscribir cualquier tipo de acto o contrato otorgado en escritura pública, están obligados a suscribir esos documentos en presencia del ...

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Patronos que permitan fumar en centros de trabajo pagarán multa de 180,300

» En caso de que incumplan obligación de colocar avisos con la frase "Prohibido fumar, ambiente libre de humo de tabaco"  la sanción será de ¢54,090

El pasado lunes 26 de marzo se publicó en el Alcance No. 37 a La Gaceta, la Ley 9028 denominada Ley General del Control del Tabajo y sus efectos nocivos en la salud.  No encontramos que se establezca dentro de su texto en forma expresa el momento de su entrada en vigor, por lo cual, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Código Civil, empezaría a regir el próximo 5 de abril, es decir diez días naturales contados a partir del día de su publicación.

A continuación nos permitimos reseñar algunos temas de interés.     Si desea conocer el texto completo de esta Ley, desgárguelo haciendo clic al final de esta nota.

OBJETIVOS DE LA LEYa) Reducir el consumo de productos elaborados con tabaco.b) ...

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A partir de abril, costo de constitución de sociedades aumentará un 400%

»  Espere hoy mismo la actualización por Internet de su sistema Master Lex Cálculos

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A partir del próximo 1 de abril, quienes requieran constituir una sociedad mercantil deberán pagar, además de los timbres que actualmente se cancelan para la inscripción de dicho acto, el nuevo impuesto a las personas jurídicas, cuyo importe, durante el mes de abril será de  ¢135,225.00

Por lo tanto, de un costo aproximado de ¢34,000 por cada constitución de  sociedad se pasa en abril a un monto de ¢170,000.00.

 Encontramos el fundamento legal de este nuevo cargo en el párrafo segundo del art. 4 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, No. 9024:

"Las sociedades mercantiles, empresas individuales de responsabilida...

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¿Quiénes son representantes legales en la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas?

A quince días de la entrada en vigencia de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas son muchas las interrogantes que permanecen sin resolver.   Verdaderamente se esperaba que ya para este momento, el Registro Nacional o el Ministerio de Hacienda hubieran publicado directrices o circulares que facilitaran la comprensión de la norma.

Uno de los temas que más preocupa es el concerniente a la responsabilidad solidaria de los representantes legales en caso de no pago del impuesto por parte de los dueños de la sociedad.

Sobre el particular, el último párrafo del artículo 4 de la indicada Ley 9024  establece:

Artículo 4.- Formularios y plazo para el pago

(...)  Los representantes legales de las sociedades mercantiles, empresas individuales de responsabilidad limitada y sucursales de una sociedad extranjera o su representante, serán solidariamente responsables con ésta por el no p...

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Archivo Nacional podría cerrar por falta de presupuesto

Una insuficiente asignación de presupuesto por parte del Ministerio de Cultura y Juventud al Archivo Nacional, institución que le está adscrita,  pone en riesgo la continuidad de sus labores en el corto plazo.

Después de conocer el informe económico presentado por la Licda. Ana Lucía Jiménez, Jefe del Archivo Notarial, el Consejo Superior Notarial comisionó a la Dirección Ejecutiva para que remitiera oficio al señor Ministro de Cultura externándole la preocupación de la Dirección Nacional de Notariado en cuanto a la posibilidad de que el Archivo se vea obligado a cerrar sus puertas por la afectación que ello representaría no solamente para las operaciones jurídicas que se realizan ante los notarios, sino para la economía del país en general.

Así nos requirió el Consejo Superior Notarial que lo comunicáramos a nuestra estimada comunidad de suscriptores. (Acuerdo 2012-003-009.)

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