Muy pronto: Notarios podrán consignar notas en el protocolo sin firmas de las partes
"Se aprobó esta semana, en segundo debate, la reforma al artículo 96 del Código Notarial en el seno de la Asamblea Legislativa para regular la necesarísima facultad notarial de consignar notas corrigiendo errores y omisiones en las escrituras sin la comparecencia de las partes como requisito indispensable.
Esta facultad había sido atrincherada por el criterio de la Procuraduría, que denegó la potestad al notario de consignar notas con su sola rúbrica. Si bien este ente reconoció los inconvenientes que este criterio podría implicar para el ejercicio notarial declaró que “ ... no es a través de una directriz que se puede modificar la voluntad del legislador, ni...
