Ahora sí … ocho días hábiles para presentar matrimonios al Registro Civil
El pasado 13 de agosto publicamos un aviso de la DNN en el cual recomendaba a los notarios presentar las fórmulas de matrimonio al Registro Civil dentro del plazo de ocho días naturales a partir de la realización del matrimonio. Ver al respecto: Ocho días naturales (no hábiles) para presentación de matrimonios civiles al Registro Civil
En virtud de reforma publicada en La Gaceta el pasado 17 de setiembre al Reglamento del Registro de Estado Civil, la DNN comunica ahora la posibilidad de considerar que los ocho días de plazo son efectivamente hábiles y no naturales pues así queda expresamente indicado en el texto reformado del artículo 28 de dicho reglamento, emitido por el Tribunal Supremo de Elecciones:
"Artículo 28.—Las personas facultadas para celebrar matrimonios deberán declararlos en las fórmulas que el Registro Civil emita para tales efectos y en el término de ocho días hábiles posteriores a su c...
