Sobre el uso de papel de seguridad notarial
A partir del 1 de octubre del año pasado es obligatoria la utilización de papel de seguridad en certificaciones de copias y autenticaciones de firma, las cuales se encontraban dispensadas de tal requisito por el texto anterior del art. 32 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial. Puede ver al respecto nuestra nota: Autenticaciones de firma y certificaciones de copia ahora solo en papel de seguridad notarial
Varios suscriptores nos han consultado si ante la dificultad que puede suponer, en algunos casos, el tener que adherir con goma un folio de seguridad al final de un contrato privado de varias páginas o de cualquier otro documento, teniendo además que aclarar en la respectiva razón notarial, cuáles y dónde se encuentran rubricadas las firmas que se autentican, consultamos al MSC. Guillermo Sandí, Director Ejecutivo de la DNN sobre la posibilidad de imprimir enteramente un documento en folios de seguridad notarial.
