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Realice sus consultas sobre documentos en trámite registral por email

De la página web de la Dirección Nacional de Notariado (http://www.dnn.go.cr/tramites_servicios/)  nos permitimos retransmitir este comunicado sobre la posibilidad de realizar consultas de trámites pendientes de inscripción en  los diversos Registros mediante correo electrónico.

Es importante que en el ASUNTO/SUBJECT del email se indiquen las citas de presentación al Diario del documento que está siendo consultado, así como la matrícula de folio real de los inmuebles, o número de placa de los muebles, o del gravamen, etc.

Para descargar comunicado hacer clic a continuación   VER COMUNICADO

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REGISTRO INMOBILIARIO

JEFE DE REGISTRADORES:  Consulta sobre defectos que se consideren mal consignados o por falta de tramitación en el plazo de ley:  registroinmobiliario@rnp.go.cr

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Sociedades civiles vs sociedades mercantiles

Con la entrada en vigencia de la polémica Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas en marzo de 2011, muchos notarios empezaron a recomendar a sus clientes la utilización de sociedades civiles para la inscripción de sus bienes muebles e inmuebles, en razón de encontrarse, precisamente, exoneradas del pago de dicho tributo.

Aunque las sociedades mercantiles llevan implícito el desarrollo de una actividad lucrativa, tradicionalmente también se les ha dado un uso tendiente a la mera tenencia y protección de bienes familiares, de privacidad del patrimonio y hasta de simplificación de procesos sucesorios. Desde este punto de vista es válido cuestionarse si existen otras figuras legales, tales como las sociedades civiles, que se adapten mejor a los fines indicados, sobre todo ahora que se declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las personas jurídicas.

Sobre este tema agradecemos los siguientes comentarios del Lic. Fern...

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Integración paritaria de las Juntas Directivas de las Asociaciones

Recientemente la Sala Constitucional emitió el voto 004630-2014 mediante el cual analiza la constitucionalidad de la reforma que introdujera la Ley No. 8901, publicada en diciembre de 2010 a la Ley de Asociaciones No. 219, a la Ley de Asociaciones  Solidaristas No. 6970, a la Ley de Desarrollo de la Comunidad y a los artículos del Código de Trabajo referentes a las asociaciones sindicales, en tanto prescribió que en el supuesto de que el órgano de gobierno se encuentre conformado por un número impar de miembros, la diferencia entre el total de hombres y mujeres no puede ser superior a uno.

La medida tuvo como objetivo garantizar una representación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de gobierno de todas estas asociaciones.

En voto extenso y fundamentado, la Sala IV llega a las siguientes conclusiones:

1) Más que constituir una medida de discriminación inversa o compensatoria, con la reforma cuestionada se ...

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Dos votos recientes de la Sala Constitucional sobre temas laborales

Nos parece importante la divulgación de dos votos recientes de la Sala Constitucional sobre situaciones que con frecuencia se presentan en el ámbito laboral:

OTORGAR PERMISOS PARA ACOMPAÑAR A FAMILIARES A CITAS MÉDICAS ES FACULTAD DEL PATRONO

Expediente: 14-015714-0007-CO Sentencia: 018314-2014 Recurso de amparo contra la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL. El recurrente alega que se infringen sus derechos fundamentales, al no otorgársele permisos para asistir a citas de familiares. Indica que cuando se encuentra en el turno de noche tampoco le brindan permiso para acompañar a citas médicas a la bebé, con la justificación de que la cita es por la mañana; no obstante, no toman en cuenta que sale del turno a las 6:00 a.m. y debe recoger a la bebé en la casa, con horas de sueño disminuidas, que posteriormente pueden afectar su jornada laboral. En cuanto a este cuestionamiento, esta Sala considera que la autoridad recurrida no infringe los derechos funda...

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Conozca la redacción completa del voto sobre el impuesto a las personas jurídicas

Gentilmente el Lic. Edgardo Campos, promovente de la acción de inconstitucionalidad que diera como resultado el voto 1241-2015 de la Sala Constitucional el pasado 28 de enero, nos hizo llegar anoche la redacción completa del mismoSe trata de una resolución de 53 páginas.   Para descargarlo haga clic a continuación:   VER VOTO COMPLETO 1241-2015

En los RESULTANDOS se exponen con claridad la totalidad de argumentos que el Lic. Campos esgrimió en sustento de su recurso, y se  resumen  las respuestas a las audiencias brindadas por la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Justicia y Paz, así como lo que argumentó el Lic. Allan Garro Navarro, en su condición de coadyuvante de la acción.

En los CONSIDERANDOS, inician los señores Magistrados por justificar el hecho de que de la totalidad de reclamos presentados por el promovente contra la Ley 9024, en total nueve, solamente se acogieran los relativos a los artículos 1, 3 y 5.   Al co...

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Tramitación de documentos de sociedades morosas con el impuesto a las personas jurídicas

Muchos se han estado preguntando si con la emisión del voto 2015-1241 que declaró parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 9024, el Registro Nacional ha reanudado la tramitación de documentos de sociedades morosas en el pago del impuesto a las personas jurídicas.

La inquietud surge en virtud de que en el POR TANTO del voto indicado se anula el artículo 5 de dicha Ley, que establecía como sanción la no inscripción de documentos a favor de contribuyentes morosos.

Consultamos a la Dirección Jurídica del Registro Nacional y nos indicaron que se mantiene la medida que desde abril del 2013 tomaron los distintos Registros, en el sentido de suspender la tramitación de documentos que involucren sociedades morosas con el impuesto a las personas jurídicas a la espera de conocer la redacción completa del voto señalado.

Por consiguiente no se están i...

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Fiscalía del Colegio de Abogados recuerda obligación de aplicar Arancel

Aparece hoy en varios medios de comunicación un aviso de la Fiscalía del Colegio de Abogados dirigido a los agremiados, autoridades, instituciones y público en general.  Se recuerda a todos el deber de acatar las tarifas de honorarios que dicta el Colegio y se insta a las instituciones y público en general para que se abstengan de hacer solicitudes  que puedan llegar a exponer a los agremiados a sanciones por parte de la Fiscalía.

"Las tarifas de honorarios profesionales vigentes se fijaron en el Decreto Ejecutivo No. 36562-JP, Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado, el cual en su artículo 1 establece que son de acatamiento obligatorio, tanto para los abogados (as) y notarios (as), funcionarios (as) públicos (as) de toda índole y particulares en general.

Adicionalmente se establece que contra ese Decreto Ejecutivo no pueden oponerse acuerdos o disposiciones de entidades púbicas o priv...

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Reglamentan huelga en servicios públicos esenciales

Se publicó el jueves pasado en La Gaceta, el Decreto Ejecutivo 38767-MP-MTSS-MJP denominado Reglamento al artículo 375 del Código de Trabajo,  con el objeto de precisar la definición de "servicios públicos esenciales" y la actuación que debe tener la Administración frente a escenarios en donde hayan intentos fácticos de huelga que puedan venir a perjudicar la plena y sana prestación de dichos servicios.

El artículo 375 del Código de Trabajo dispone que:  "No será permitida la huelga en los servicios públicos. Las diferencias que en éstos ocurran entre patronos y trabajadores, así como en todos los demás casos en que se prohíbe la huelga, se someterán obligatoriamente al conocimiento y resolución de los Tribunales de Trabajo".

De esta manera,  se define a los "servicios públicos esenciales" como aquéllos cuya paralización ponga en peligro los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública, el transpo...

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