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DNN iniciará procesos disciplinarios por incumplimiento en cuotas e índices

En respuesta del Dr. Carlos Manuel Rodríguez, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado a inquietudes varias sobre el Fondo de Garantía Notarial, nos aclara que dicha dependencia cuenta ya con recursos tanto de personal como de equipo,  para retomar la tramitación de procesos disciplinarios contra los notarios que se encuentren atrasados en el pago de sus cuotas o en la presentación de índices al Archivo Nacional.

Señala don Carlos Manuel que el pago de las cuotas al Fondo es un requisito para ejercer el notariado y por ende, para mantener la condición de notario activo. Si el cartulario no se encuentra al día es factible iniciar un proceso para decretar su cese forzoso.

La morosidad en las cuotas también tiene como consecuencia el que le sean rechazados al Notario, una serie de trámites en la DNN, como la apertura de protocolos y la autenticación de firma en documentos para el extranjero.

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Notas en el protocolo deben ser firmadas por las partes

Mediante Dictamen No. C-88-2011 del 14 de abril pasado, la Procuraduría General de la República concluye, después de analizar el texto de los artículos 96 del Código Notarial y 62 de los Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial que los notarios no tienen la facultad de corregir unilaterlamente errores presentes en las escrituras públicas, ni siquiera los simples errores materiales, requiriendo necesariamente para ello de la firma de todos los intervinientes.  Como única excepción se establecen las protocolizaciones, respecto de las cuales, el art. 105 del Código Notarial concede al notario la posibilidad de corregir, bajo su responsabilidad, los errores, omisiones o faltas de carácter material que advierta en las piezas originales o los que resulten de la confrontación con los datos de expedientes o del Registro Público, todo lo cual debe advertir en el mismo documento.

Transcribimos a continuación para su mejor conocimiento, los a...

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Algo más sobre los Honorarios de Abogado en el nuevo Arancel

En relación con los cambios introducidos por el nuevo Decreto No. 36562-JP a los honorarios que perciben los abogados por sus actuaciones judiciales y otras, nos permitimos destacar lo siguiente:

Cuota litis independiente de honorarios por costas personales

Anteriormente se disponía que cualquier suma que percibiera el  profesional a título de costas personales sería rebajada en su totalidad de los honorarios o cuota litis que en definitiva recibiere de su cliente.

Ahora, por el contrario, se establece que el contrato cuota litis es independiente de los honorarios que puede recibir el profesional por concepto de costas personales.

Se elimina disminución en los honorarios en caso de resultados adversos

Anteriormente se establecía que cuando el resultado de los procesos ordinarios o de conocimiento fuere adverso a l...

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Algunos aspectos de interés sobre el nuevo Arancel de Honorarios – Actos Notariales

De un estudio comparativo entre el Arancel que hasta ayer rigió, a saber el Decreto Ejecutivo No. 32493-J del 9 de Marzo del 2005, y el que se publicó hoy en La Gaceta, encontramos algunos aspectos relevantes de resaltar en lo que a  actos notariales se refiere.   Confiamos enviarles pronto un comentario relativo más bien a las actuaciones de abogado.

Actos notariales que ya no reciben regulación especial

Si bien tenían una regulación especial en el anterior Arancel, los siguientes actos no aparecen ya mencionados en forma específica en el nuevo decreto:

• Reunión de fincas • Cancelación de usufructo o en general, renuncia de condiciones, restricciones, derechos, reservas, cargas. • Compromiso arbitral o de peritos • Modificaciones de créditos (que no sean hipotecarios o prendarios) • Recepción de prueba por comisión de los tribunales de justicia • Posposiciones<...

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Nuevo Arancel de Honorarios de Notario y Abogado

Rige a partir de hoy

Con vigencia a partir de hoy, se publica en La Gaceta, el nuevo Arancel con los honorarios que regirán las actuaciones de los profesionales en Derecho.   También se modifica el timbre de Colegio de Abogados que debe cancelarse en muchas de estas actuaciones.   El monto máximo a pagar por este timbre ya no será de 3,000 en procesos judiciales y de 10,000 en escrituras públicas.  Ahora, dependiendo de la estimación económica del acto, se establecen sumas de 15,000, 25,000 y hasta 50,000 colones de timbre de Colegio de Abogados.

Respecto de los honorarios, el incremento en algunos actos es de hasta un 300%, sobre todo en materia laboral y penal.

El mínimo a cobrar por escritura pública será ahora de 50,000 colones, y el costo de la hora profesional, que en el Arancel anterior se establecía en un máximo de 50,000, pasa ahora a un mínimo de 75,000 colones, y co...

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Aclaración sobre participación de mujeres en la dirección de asociaciones

Mediante Directriz D.R.P.J.-003-2011 del Registro de Personas Jurídicas publicada este martes en La Gaceta se procura brindar una solución a las asociaciones en las que resulte materialmente imposible cumplir con lo dispuesto en el texto reformado del art. 10 de la Ley de Asociaciones, en cuanto exige que en todo órgano directivo, con número impar de integrantes, la diferencia entre el número de hombres y mujeres no sea superior a uno.

Además se establece en dicha Directriz que los documentos de constitución de nuevas Asociaciones y de renovación del órgano directivo, que se hayan realizado con fecha posterior a la publicación de la Ley No. 8901, el 27 de diciembre de 2010 serán los que deban cumplir con las disposiciones en cuanto a participación paritaria de mujeres, no así los realizados con anterioridad a esa fecha.

Consultamos a la subdirectora del Registro de Personas Jurídicas qué debíamos entender por "docu...

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Nueva directriz sobre integración de mujeres en Juntas Directivas de Asociaciones

Se publicó hoy en La Gaceta, la Directriz D.R.P.J.-003-2011 la cual anula la anteriormente emitida por el Registro de Personas Jurídicas en relación con este tema.

En la Directriz anulada se instruía a todos los registradores para que en la calificación de los documentos de constitución de Asociaciones y de nombramiento de órganos directivos de Asociaciones, aplicasen lo dispuesto en la la Ley No. 8901, denominada “Porcentaje mínimo de mujeres que deben integrar las Directivas de Asociaciones, Sindicatos y Asociaciones Solidaristas en el sentido de que en la integración de dichas Juntas Directivas debía respetarse la representación paritaria entre hombres y mujeres.

En concreto, el párrafo primero del artículo 10 de la Ley de Asociaciones, reformado por la mencionada Ley 8901 dispone ahora lo siguiente:

"El organismo directivo cuyo nombre se establecerá en los estatutos, se inte...

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Más sobre los traspasos de bienes muebles en fideicomiso

En atención a las inquietudes formuladas por muchos estimados suscriptores en nuestro blog en relación con los nuevos requisitos para la inscripción de traspasos de bienes muebles en fideicomiso, realizamos varias consultas tanto al Registro de Bienes Muebles como al Departamento de Exoneraciones del Ministerio de Hacienda.

DIRECTRIZ DIF-GE-048-2011

En lo que respecta al texto de la Directriz DIF-GE-048-2011 del Ministerio de Hacienda que se señala como fundamento de esta nueva exigencia en la Directriz DRBM-DIR-003-2011 del Registro de BIenes Muebles, nos señalaron en el Departamento de Exoneraciones que no se trata de una directriz "en sí"  sino más bien de un oficio interno entre el Ministerio de Hacienda y el Registro.   Si bien en dicho Departamento no fue posible obtener la copia de la misma, en el Registro sí accedieron a suministrarnosla.  Más abajo le ofrecemos el link para descargar el contenido de la Direct...

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