Solicitudes de cese de disolución pueden presentarse aunque edictos no hayan sido publicados
Nos han estado llamando estimables colegas, preocupados por cuanto el próximo lunes 15 de enero, vence el plazo para la presentación de las solicitudes de cese de disolución, según lo dispone el Transitorio II de la Ley 9428. La preocupación es por el hecho de que los edictos que de acuerdo con dicha norma deben publicarse, aún no han salido en La Gaceta, y temen que no se publiquen antes del próximo lunes.
Para tranquilidad de todos, obtuvimos esta mañana la siguiente respuesta de parte del Registro de Personas Jurídicas:
"El requisito de edicto debidamente publicado, no es requisito de admisibilidad para los documentos de cese de disolución. Con esto queremos decir que los documentos pueden ser presentados sin ese requisito, en el proceso de calificación el registrador le indicará el defecto y se devolverá el documento defectuoso (no se cancela la presentación) . Una vez que se subsane y se presente, se proced...
