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Emiten circular sobre adjudicación de inmuebles de sociedades disueltas

Se trata de la Circular DRI-014-2017 con fecha de ayer miércoles 30 de agosto, la cual tiene como asunto: Adjudicación de bienes por liquidación de sociedades en razón de los alcances de la Ley No. 9024.

Se indica en la Circular que aproximadamente 11 mil sociedades de las 266 mil que fueran disueltas de pleno derecho por morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas, contaban con bienes inmuebles inscritos en el Registro Nacional.

"Ante este escenario y siendo que luego de la disolución de una entidad jurídica lo procedente es continuar con su proceso de liquidación, se prevé la presentación al Diario de este Registro, de una importante cantidad de documentos por medio de los cuales se adjudiquen los bienes inmuebles propiedad de las entidades disueltas, en quienes resulten ser sus beneficiarios.

En razón de lo anterior y de conformidad con los alcances de los incisos ...

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Sala Constitucional da curso acción sobre seguro de trabajadores independientes

La Sala Constitucional dio curso el pasado 23 de agosto a la acción de inconstitucionalidad número 17-011922-0007-CO promovida por el Máster en Matemática Actuarial de la UCR, Rodrigo Arias López, contra varios acuerdos de la Junta Directiva de la CCSS relativos a la fijación de las escalas contributivas de los trabajadores independientes y asegurados voluntarios afiliados a los seguros sociales, por estimar que se infringen los artículos 11, 73, 33, 74 y 177 de la Constitución Política, así como los principios constitucionales de razonabilidad, proporcionalidad, no discriminación, subsidiariedad estatal y solidaridad.

"Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79.

Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción.

Efectos jurídicos ...

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Aviso del Registro sobre congelamiento de cuentas bancarias de sociedades disueltas

Nos permitimos copiar a continuación comunicado del Registro Nacional que aparece publicado en su sitio web www.rnpdigital.com

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"El Registro Nacional no ha emitido ninguna instrucción, solicitud o directriz relacionada con el congelamiento de cuentas bancarias de las entidades morosas del Impuesto a Personas Jurídicas creado por la Ley 9024 y NO tiene potestad legal alguna para cerrar cuentas de bancos a ninguna sociedad, ya sea activa o inactiva.

Esa es una acción jurídica que se escapa de nuestra competencia. Nuestro trabajo se concentra únicamente al proceso de disolución de las personerías jurídicas que se encuentran con al menos tres períodos de morosidad, de acuerdo con las facultades que la ley expresamente otorga al Registro y de conformidad con el principio de legalidad; para lo cual el Registro Nacional realizó publicaciones en el diario oficial La ...

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A pocos días de la entrada en vigencia de la nueva Ley de impuesto a las personas jurídicas

La Ley No. 9428 entrará en vigencia el próximo 1 de setiembre.   Nos permitimos un breve repaso de los puntos que conviene tener presentes.

EN RELACIÓN A LAS SOCIEDADES YA EXISTENTES AL 1 DE SETIEMBREImporte a pagar del impuesto

La tarifa dependerá de si las sociedades están o no inscritas en el RUT (Registro Unico Tributario), lo que según definición introducida por el Reglamento a la Ley  (Decreto Ejecutivo 40417-H) implica si se trata de sociedades que son o no contribuyentes de otros impuestos. En el caso de las que si lo son, pagarán dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal inmediato anterior. Es así que para este año, al entrar la norma en vigencia el 1 de setiembre únicamente deberá pagarse el importe correspondiente al último cuatrimestre  (Set-dic) así:

1.Las sociedades no contribuyentes en otros impuestos, pagarán este año la suma de ¢21,310.00

Colegio de Abogados avala dictamen sobre contribuciones a la CCSS de los trabajadores independientes a la CCSS

La Junta Directiva del Colegio de Abogados, en sesión ordinaria celebrada el pasado 17 de julio, acordó avalar el dictamen elaborado por el Dr. Adrián Torrealba Navas, Coordinador de la Comisión de Derecho Tributario, en relación a las contribuciones a la seguridad social de los trabajadores independientes.

Nos permitimos a continuación transcribir en lo conducente algunos de los párrafos contenidos en este interesantísimo y muy completo informe del Dr. Torrealba. Estamos seguros que será de gran ayuda para los colegas que se encuentran actualmente enfrentando procesos de la CCSS por cobros, en algunos casos, de sumas realmente voluminosas.En la página web del Colegio se encuentra disponible el texto completo del documento. Le ofrecemos el link en nuestro blog al final de esta nota.

https://www.abogados.or.cr/uploads/CMS/Articulo/c0ef5c3fa13df4f9ea18c276feb3bc076cdf1dde.pdf

Inicia don Adrián su informe ubicando al ...

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Declaran inconstitucionalidad de jurisprudencia penal sobre notarios como funcionarios públicos

Se publicó en el Boletín Judicial el pasado 3 de agosto, el voto 2017-008043 a la acción 16-005583-0007-CO, mediante el cual:

"Se declara parcialmente inconstitucional la jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que estima que el notario público es un funcionario público. Se mantiene la constitucionalidad de la línea jurisprudencial cuando se aplique a notarios públicos a quienes se les paga un salario en una entidad pública por desempeñar esa labor en calidad de funcionario público."

El accionante reclamaba el hecho de que la Sala Tercera interpretase que el notario público ostentaba la condición de funcionario público para efectos de la aplicación de la ley penal, específicamente, el tipo penal de falsedad ideológica contemplado en el artículo 367 del Código Penal y que, por esto, era acreedor de aquellas penas agravadas para los funcionarios públicos, establecidas en diversos tipos penales y no la pena ordinaria.

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Autenticaciones notariales: implicaciones y cuestionamientos que surgen

Hemos recibido gran cantidad de consultas en relación al aviso que publicamos en este mismo blog ayer sobre el criterio del Colegio de Abogados de considerar que únicamente los notarios públicos se encuentran habilitados para autenticar firmas, y que los abogados únicamente pueden hacerlo ".... por excepción en asuntos judiciales y en procedimientos administrativos y trámites realizados ante la Administración Pública, cuando así esté expresamente autorizado por ley."  De manera que "... cuando no exista norma expresa que indique una condición profesional específica en que se deba autenticar firmas en documentos privados, entonces esa autenticación deberá reputarse notarial.”   

La inquietud más reiterada ha sido en relación a si pueden o no los abogados continuar autenticando contratos privados, como por ejemplo, los de arrendamiento o de opción de compraventa, cesión de acciones, etc.

Algunos incluso se ...

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Colegio de Abogados emite criterio: Notarios públicos únicos habilitados para autenticar firmas

Nos permitimos retransmitir el siguiente comunicado del Colegio de Abogados sobre un tema que hace muchos años se encuentra en discusión.

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COLEGIO DE ABOGADOS EMITE CRITERIO SOBRE AUTENTICACIÓN DE FIRMAS

*Respalda recomendación de Comisión Interinstitucional

San José, 19 de julio de 2017.  "El notario público es el único profesional habilitado para autenticar firmas o huellas digitales." Este es parte del criterio que brindó la Comisión Interinstitucional, conformada por la  Comisión de Notariado del Colegio, el representante de la Corte Suprema de Justicia, el ICODEN y la UNEBAN, luego de analizar la distinción que debe darse entre la autenticación de firmas por parte de los abogados y la autenticación de firmas por parte del notario público.  La consulta buscaba determinar cuándo procede una autenticación por parte de abogado.

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