EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
En octubre pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la Resolución MH-DGT-RES-0050-2025 que reformó el Transitorio I de la Resolución MH-DGT-RES-0011-2025 a fin de establecer que se mantendría en funcionamiento hasta el 31 de marzo de este 2026, el sistema de “Elaboración Digital de Declaración de Impuestos (EDDI -7)” para la confección de las declaraciones de impuesto de traspaso de vehículos e inmuebles. También seguiría en funcionamiento, la alternativa de completar los formularios directamente en la plataforma electrónica del Banco de Costa Rica: www.bancobcr.com Ver al respecto nuestro NOTA en este mismo blog.
Al día de hoy, los notarios y partes interesadas en la inscripción de traspasos, efectivamente han podido utilizar cualquiera de estos dos mecanismos sin problema.Varios colegas nos han estado consultando si tenemos información sobre el procedimiento para la declaración y pago de estos tributos a partir del próximo 1 de abril...
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Se ha publicado en el Diario Oficial del pasado viernes 6 de marzo, la Ley 10840 denominada: LEY PARA LA ARMONIZACIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y EL FORTALECIMIENTO DEL PODER ESPECIAL. La norma consiste es un único numeral que reforma los artículos 98 y 146 del Código de Comercio, referidos a la participación de los cuotistas y a los accionistas, respectivamente, en las Asambleas de Socios.
Así deberán leerse a partir de ahora ambos numerales:Artículo 98-
Los socios tendrán derecho a un número de votos igual al de cuotas que le pertenezcan.
Par...
Agradecemos a la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, la confirmación que nos brindó esta mañana en cuanto a que también están aceptando la inscripción de poderes generalísimos para el cumplimiento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, otorgados directamente por las Asambleas de Socios, en aquellos casos en los que los propios representantes legales no pueden cumplir con dicha tarea y las sociedades se encuentren en estado de incumplimiento.
Así aparece indicado en e la Circular DPJ-002-2026 :B.3. Otorgamiento de poder generalísimo por parte de la asamblea u órganos equivalentes.
1. La Asamblea General como órgano supremo societario, o sus equivalentes en otras entidades, según los artículos 94 y 152 del Código de Comercio, 10 de la Ley Asociaciones N° 218, 9 del Reglamento a la Ley de Asociaciones Decreto Nº 29496-J, y 14 de la Ley de Fundaciones N° 5338, y por no estar excluido expresamente por medio...Con fecha de este 19 de febrero, el Registro de Personas Jurídicas ha emitido la Circular DPJ-002-2026 que regula aspectos importantes sobre el nombramiento de personas que cumplan con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales. (Para conocer el texto completo de la Circular haga clic aquí)
Como bien recordaremos, se eliminó en agosto del año pasado, la alternativa de que apoderados especiales pudieran cumplir con esta tarea, al rechazar el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, la medida cautelar interpuesta por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica contra lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 5 del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, Decreto Ejecutivo No. 44390-H que en lo que interesa dispone:
“En casos excepcionales, debidamente justificados podrá el representante legal o similar otorgar un p...
En varios medios de comunicación, se ha comentado sobre el voto del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda que eliminó la posibilidad para la Caja Costarricense de Seguro Social de modificar retroactivamente la base de cálculo de las cuotas cotizadas por los trabajadores independientes, utilizando como único fundamento, las declaraciones del impuesto sobre la renta. Asimismo estableció que la CCSS no podía modificar retroactivamente determinaciones y liquidaciones de cuotas de seguridad social previamente fijadas y pagadas por los trabajadores independientes, sin acudir a los procedimientos especialmente previstos para ello en el ordenamiento jurídico, como el proceso de lesividad o el procedimiento de nulidad regulados en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.
En el siguiente enlace puede ingresar a su plataforma Prime Tirant para conocer el texto completo de la resolución 11320-2025 (Expediente 19-001284-1027-CA) de 15 de diciembre de..."El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir ningún documento a favor de los contribuyentes de este impuesto que no se encuentren al día en su pago. De igual manera, los notarios públicos que emitan certificaciones de personería jurídica y certificaciones literales de sociedad a los contribuyentes que no se encuentren al día con el pago de este impuesto deberán consignar su condición en...
La Dirección Nacional de Notariado ha publicado un aviso para llamar la atención sobre la reforma que se introdujera mediante dicha ley al artículo 39 del Código Notarial, a fin de establecer la obligación de los notarios de conservar siempre, en su archivo de referencias, copia de los documentos de identificación de los comparecientes.
Anteriormente, el texto del art. 39 era el siguiente: (En negrita nos permitimos destacar el texto modificado)Artículo 39.- Identificación de los comparecientes Los notarios deben identificar, cuidadosamente y sin lugar a dudas, a las partes y los otros intervinientes en los actos o contratos que autoricen. Los identificarán con base en los documentos...