Aperciben a sociedades incumplidoras con el Registro de Transparencia
A partir del lunes de esta semana, sociedades incumplidoras con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales recibieron por correo electrónico el aviso de no haber presentado su declaración ordinaria antes del 31 de octubre pasado.
De conformidad con el art. 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de previo a que la Administración Tributaria pueda imponer la multa respectiva, debe apercibir a los obligados a cumplir dentro del plazo de tres días hábiles, el cual puede ser prorrogado por otros tres días en caso de tramitarse una solicitud debidamente motivada por la sociedad incumplidora.
Pese a esto no encontramos que el texto que las sociedades han recibido por correo electrónico les aperciba de esta obligación de cumplir en ese plazo máximo. Igual conviene que quienes recibieron este aviso lo hagan lo antes posible. ... SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica N° .... La Dirección General de Tributación (DGT...