Destacada

Aperciben a sociedades incumplidoras con el Registro de Transparencia

A  partir del lunes de esta semana,  sociedades incumplidoras con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales recibieron por correo electrónico el aviso de no haber presentado su declaración ordinaria antes del 31 de octubre pasado.

De conformidad con el art. 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de previo a que la Administración Tributaria pueda imponer la multa respectiva, debe apercibir a los obligados a cumplir dentro del plazo de tres días hábiles, el cual puede ser prorrogado por otros tres días en caso de tramitarse una solicitud debidamente motivada por la sociedad incumplidora.

Pese a esto no encontramos que el texto que las sociedades han recibido por correo electrónico les aperciba de esta obligación de cumplir en ese plazo máximo.  Igual conviene que quienes recibieron este aviso lo hagan lo antes posible.  ... SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica N° .... La Dirección General de Tributación (DGT...

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Devuelven sin inscribir documentos de incumplidoras con el RTBF

A partir de este 1 de noviembre,  el Registro Nacional está devolviendo sin inscribir los documentos de sociedades mercantiles así como de asociaciones civiles que no hayan cumplido con sus declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

El fundamento legal de esta medida lo encontramos establecido en el art. 34 del Decreto Ejecutivo No. 44390-H que en lo que interesa dispone lo siguiente:

Artículo 34.- Deber de verificación.   El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de los sujetos obligados que se encuentren en la lista de incumplidores indicada en este Reglamento, salvo para el caso de inscripción de responsables del suministro de información, o los liquidadores en el proceso de disolución de personas jurídicas o cuando corresponda, a estructuras jurídicas.

El pasado 5 de agosto el Registro de Personas Jurídicas emitió la...

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Sociedades señalarían correo electrónico para recibir notificaciones

Se ha aprobado en segundo debate el Proyecto de Ley No. 22.567, que introduce reformas significativas a diversas normas, con el objetivo de obligar a las sociedades mercantiles a establecer direcciones de correo electrónico para recibir notificaciones sobre cualquier resolución judicial o administrativa. En su Exposición de Motivos se expresa lo siguiente:

"Nuestra Carta Magna determina en su artículo 41 el requerimiento de que toda persona tiene derecho a obtener la tutela efectiva de sus derechos mediante una justicia pronta y cumplida, así como la garantía de ser oída en juicio, contemplada en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.  La salvaguarda de dichos derechos requiere una modernización de la Administración de la Justicia, cuyo fundamento esencial lo constituye como punto de partida en la iniciación de los conflictos, una oportuna y válida notificación de las demandas judiciales que garantice las exigencias propias de seguridad, verificación y co...

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Fundamentación del apremio corporal en procesos alimentarios

De la colega Erika Solís Segura, Máster en Derecho de Familia, mediadora y conciliadora certificada especializada en esta materia, nos permitimos transcribir el siguiente artículo sobre un tema que en estos días ha generado mucho interés a raíz del voto número 2024-001331 dictado por el recientemente creado Juzgado Especializado de Familia en materia de Apelaciones de Pensiones Alimentarias.   (Para ver el voto completo descárguelo aquí.)

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Fundamentación del Apremio Corporal en Procesos Alimentarios

El Juzgado Especializado de Familia en materia de Apelaciones de Pensiones Alimentarias ha venido estableciendo una línea jurisprudencial uniforme respecto de los recursos de apelación en el ámbito de las pensiones alimentarias. En ese sentido, el 18 de octubre del 2024, dicho juzgado emitió la sentencia No.2024-001331 , cual establece que,...

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Incompatibilidad de caracteres como causal de divorcio y su vigencia jurídica

Agradecemos a la colega Erika Solís Segura, Máster en Derecho de Familia, mediadora y conciliadora certificada especializada en Derecho de Familia, el siguiente artículo sobre la causal de divorcio de la incompatibilidad de caracteres y su vigencia jurídica. El tema ha generado mucha preocupación toda vez que al entrar a regir el Código Procesal de Familia la semana pasada, y producirse la reforma del artículo 48 del Código de Familia, aparentemente no quedó incluida dicha causal  de divorcio.

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Reformas al Código de Familia: Incompatibilidad de Caracteres como Causal de Divorcio y su Vigencia Jurídica

El Código Procesal de Familia (Ley N.º 9747), emitido por la Asamblea Legislativa en octubre de 2019, entró en vigor el 1 de octubre de 2024, con el objetivo de modernizar y regular los procesos judiciales en materia familiar. No obstante...

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A partir del próximo lunes, tramitación obligatoria en Ventanilla Digital

Llegó por fin la fecha en la que no podrán tramitarse más escrituras públicas y otros actos notariales en formato papel ante el Registro Nacional.    A partir del próximo lunes 7 de octubre será obligatorio el uso de la plataforma Ventanilla Digital. Así se estableció en el Decreto Ejecutivo N° 44401-MJP.

Entre las razones que justificaron la emisión de dicho Decreto, se mencionan el hecho de que al día de hoy, el 71.64% de los documentos son tramitados por dicho medio digital y que la medida permitirá ampliar el plazo de recepción de documentos así como un ahorro de aproximadamente 200 millones de colones en la partida de materiales y suministros del Registro Nacional.

Del Registro Nacional nos brindaron el siguiente enlace con una completa explicación del funcionamiento del sistema. Puede acceder haciendo clic a continuación:

https://www.youtube.com/watch?v=VsIFV0MpkHU

Se ...

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Apelaciones en materia de Pensiones Alimentarias serán conocidas por único Juzgado a nivel nacional

Mediante la Circular No. 200-2024 de la Corte Plena publicada en el Boletín Judicial el día de ayer se comunica que todas las  apelaciones que no hubieren sido trasladadas a los Juzgados de Familia antes del 1 de octubre 2024, serán del conocimiento del Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias.   

Nos permitimos copiar a continuación en su tenor literal la Circula indicada: 

CIRCULAR No. 200-2024.

Asunto: Ampliación de la competencia territorial del Juzgado de Familia Especializado en Apelaciones de Pensiones Alimentarias a nivel nacional.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS DE COSTA RICA,

ABOGADOS, ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL.

SE LES HACE SABER QUE:

 

Con base en la resolución adoptada por Corte Plena en la sesión N.° 43-2024, ...

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Aspectos novedosos en el Reglamento del Registro de Personas Jurídicas

Se han publicado este martes en La Gaceta las siguientes regulaciones:Reglamento del Registro de Personas Jurídicas  Decreto Ejecutivo No. 44648-JP Reglamento de Funcionamiento del Registro de Propiedad Industrial  Decreto Ejecutivo No. 44650-JP Reglamento General del Registro Inmobiliario  Decreto Ejecutivo No. 44647-JP  (rige hasta dentro de seis meses)

Nos permitimos destacar a continuación algunos aspectos innovadores del primero de ellos, el cual, junto con el Reglamento de Funcionamiento del Registro de Propiedad Industrial,  iniciaron la vigencia de inmediato tras su publicación el martes.  El Reglamento del Registro Inmobiliario entrará a regir hasta dentro de seis meses.

Para descargar el texto completo de los Reglamentos vigentes haga clic a continuación:    Ver texto Reglamento Personas Jurídica.

Ver texto Reglamento de Funcionamiento del Registro de Propiedad Industrial.

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