En primer lugar, confirmamos que esta tarde, el plenario de la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el Proyecto de Ley 21.758 estableciendo con ello una moratoria en la aplicación de las sanciones a las sociedades obligadas a cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales. Según se dispone en el texto aprobado, los primeros dos meses no correrán del todo las sanciones previstas en el art. 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. A partir del tercer mes, las sociedades incumplidoras tendrán que enfrentar el pago del 50% de las sanciones pecuniarias.
La aprobación de esta moratoria trae tranquilidad a muchas personas que no estaban logrando cumplir con esta obligación por dificultades técnicas en el uso de la plataforma, por no contar aún con firma digital o bien por ausencia de la documentación necesaria para producir las declaraciones.
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Sociedades terminadas en 1 y en 2 deben presentar D-140 en enero
Según comunicamos hace unos días, el pasado 20 de diciembre se publicó en La Gaceta, la resolución DGT-R-075-2019 de la Dirección General de Tributación sobre la obligación de las sociedades inactivas de inscribirse en el Registro Unico Tributario (RUT) y de presentar declaraciones anuales de sus activos, pasivos y monto del capital social. (Puede ver al respecto nuestra nota en este mismo blog)
Esa misma resolución se publicó por segunda vez el 7 del presente mes de enero.
Surgió de inmediato la inquietud sobre cuál de las dos publicaciones tendría que tenerse como válida, partiendo sobre todo del CALENDARIO establecido para que las sociedades cumplan con el formulario de Declaración de Inscripción del Registro de Contribuyentes D.140, así:
«a) Cédulas jurídicas que finalizan en 1 y 2: Durante el mes calendario siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución. b) Cédulas jurídicas que...
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El 31 del presente mes de enero vence el plazo para la presentación de la Declaración Ordinaria de Accionistas y Beneficiarios Finales correspondiente al período 2019. Ya sabemos que el próximo mes de abril corresponderá nuevamente a todas las sociedades la presentación de la Declaración del período 2020.
En lo que respecta a la Declaración del año pasado, nos parece interesante transcribir de la página Ministerio de Hacienda lo siguiente:
"Un total de 107.930 personas jurídicas han cumplido, al día de hoy, con la presentación de la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF). El periodo para cumplir con esta disposición empezó el 1 de setiembre del 2019 y termina el 31 de enero del 2020. Al 10 de enero del presente año todavía tenían pendiente presentar la declaración 180.220 personas jurídicas." ( Ver más )
Una posible raz...
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El pasado 20 de diciembre se publicó en La Gaceta, la resolución DGT-R-075-2019 de la Dirección General de Tributación sobre la obligación de las sociedades inactivas de inscribirse en el Registro Unico Tributario (RUT) y de presentar declaraciones anuales de sus activos, pasivos y monto del capital social. Así lo comentamos ampliamente en nuestra nota: Sociedades Inactivas deberán declarar su patrimonio
Hoy aparece nuevamente publicada la resolución DGT-R-075-2019.
Esta nueva publicación no tendría por qué preocuparnos de no ser por el CALENDARIO que se establece para que las sociedades que aún no se encuentran inscritas en el RUT cumplan con dicha obligación.
De acuerdo con el art. 3 de la resolución en comentario, las sociedades obligadas a presentar el formulario de Declaración de Inscripción del Registro de Contribuyentes D.140, deberán hacerlo siguiendo el sigui...
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El Ministerio de Hacienda inició a partir de ayer, 1 de enero, el cobro del impuesto a las personas jurídicas del período 2020. Las sociedades obligadas contarán con plazo hasta el próximo 31 de enero para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.
De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No 9428, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.º 7337. El Consejo Superior del Poder Judicial fijo dicho salario base en la suma de ¢450.200,00 (cuatrocientos cincuenta mil doscientos colones exactos) para el presente período.
Por consiguiente, el importe anual que deberán pagar las sociedades mercantiles dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2018-2019, o según sean o no contribuyentes, será el siguiente:
1.Socie...
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