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Municipalidades podrán fiscalizar recolección de sus tributos

"El artículo 170 de la Constitución Política establece que las municipalidades tienen la potestad de autogobernarse y autodeterminarse. (...) Dentro de ese concepto general de autonomía municipal, es posible individualizar la autonomía tributaria que les permite a las municipalidades, crear, modificar, exonerar o eliminar los tributos dentro de su jurisdicción.  (...) Resulta clara entonces la potestad tributaria de los municipios, por lo que en consonancia con esa importante atribución, el ordenamiento jurídico debe dotarlos de las herramientas necesarias para que la puedan ejercer de la mejor manera. (...) Los suscritos diputados y diputadas consideramos que una de esas herramientas esenciales lo constituye el ejercicio amplio de las facultades que tenga como administración tributaria. Por eso es que se requiere la modificación de la normativa municipal con el fin de incluir expresamente esa facultad que en esos momentos no tienen las municipalidades."  (Tomado de la exposición de motivos...

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Aviso de Tributación sobre el Impuesto a las Ganancias de Capital

El Ministerio de Hacienda publicó recientemente un aviso en su sitio web para aclarar varios aspectos del Impuesto a las Ganancias de Capital, el cual se encuentra al cobro a partir del 1 de julio del año en curso.  

Muchos inmuebles y vehículos traspasados desde esa fecha no han cubierto este impuesto, lo que expone a los transmitentes a multas de medio salario base (¢223,100) por la no presentación de la declaración autoliquidativa y de un 1 % por cada mes o fracción de mes de atraso, calculado sobre el monto que debió pagarse del impuesto.

Resumimos a continuación algunos de los aspectos más importantes mencionados en el indicado aviso.    Puede verlo completo haciendo clic a continuación:   VER AVISO

» La declaración y el pago del impuesto a las ganancias de capital deben ser atendidos por la persona física o jurídica que transmite o vende el bien, no por quien lo adqui...

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Tramitación digital de testimonios en el Registro ya es una alternativa

"En plena congruencia con la política país de “Gobierno Digital”, la cual, básicamente tiene por objetivo, procurar la simplificación de trámites administrativos mediante el uso de técnicas digitales."  (...)  El Registro Nacional "... ha puesto en marcha el servicio “Ventanilla Digital”, cuya finalidad es, implementar el trámite de documentos, mediante la presentación y recepción en formato digital de actos o contratos sujetos a inscripción, en los cuales medie la intervención de un Notario Público ante los Registros de Bienes Muebles, Inmobiliario y de Personas Jurídicas ..."   (Tomado de la exposición de motivos de la Circular Administrativa DGL-0016-2019 publicada en La Gaceta 216 13-Nov-2019)

Expresamente se señala que la utilización de este  novedoso mecanismo de presentación implica la desmaterialización del testimonio físico de escritura que emite el Notario Público, para dar paso a un archivo digital en formato PDF que conten...

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Rectificación de declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

Un tema que ha preocupado mucho a los representantes legales y autorizados de las sociedades obligadas a presentar la declaración de accionistas en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales ha sido el relativo a la posibilidad de corregir o rectificar datos  consignados erróneamente en las declaraciones ya enviadas.

Si bien en el art. 15 de la Resolución Conjunta que sobre este tema publicaron el Ministerio de Hacienda y el Registro Nacional en marzo de este año (DGT-ICD-R-14-2019), se contempla la posibilidad de rectificación,  hasta ahora la plataforma Central Directo no lo permitía.

Dichosamente este 10 de noviembre se habilitó una nueva funcionalidad, permitiendo la corrección de declaraciones ya enviadas,  para lo cual debe simplemente seleccionarse el botón REEMPLAZAR en la declaración con estado ENVIADA,  modificar los datos que requieran ser rectificados y  volver a enviar la declaración.

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Actos societarios registrables: a partir de hoy aumenta timbre de Educación y Cultura

Nos confirman del Banco de Costa Rica, que a partir de hoy el Registro de Personas Jurídicas giró la instrucción para que inicie el cobro del incremento en el timbre de Educación y Cultura según se estableciera en la reforma introducida al art. 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura por la Ley 9643 publicada en julio del presente año.

En lugar de ¢750 deberá deberá cancelarse la suma de ¢5,000 en cada escritura de constitución de sociedad mercantil o cualquier otro acto registrable, como aumentos de capital, sustitución de directores, disoluciones, otorgamiento de poderes, fusiones, etc.     es decir,  un incremento de más de un 500%

La duda que surge inmediatamente es a partir de cuánto van a exigir los señores registradores el pago de esta nueva tarifa:  si a los documentos que sean OTORGADOS en el protocolo notarial a partir del día de hoy , o también a los que puedan haber sido otorga...

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Nuevos tramos del impuesto al salario, a las utilidades y créditos fiscales

En La Gaceta No. 182 del pasado 26 de setiembre aparecen los nuevos tramos de renta que de acuerdo con  los numerales 15, 33 y 34 de la Ley de Impuesto sobre la Renta regirán para el período fiscal 2019-2020, el cual será por esta única vez de 15 meses iniciando el 1 de octubre de 2019 y concluyendo el 31 de diciembre de 2020.   Se actualizan también los créditos fiscales que podrán aplicar los contribuyentes.

A continuación le ofrecemos las siguientes tablas:IMPUESTO AL SALARIO Las rentas de hasta ¢840.000,00 mensuales. Exentas Sobre el exceso de ¢840.000,00 mensuales y hasta ¢1,233,000.00 mensuales 10%Sobre el exceso de 1,233,000,00 mensuales y hasta 2,163,000 15%Sobre el exceso de 2,163,000,00 mensuales y hasta 4,325,000 20%Sobre el exceso de 4,325,000,00 mensuales 25%IMPUESTO AL SALARIO/ Créditos fiscales Por cada hijo:  ¢1,570.00  mensualesPor el cónyuge: ¢2,360.00 mensuales  IMPUESTO SOBRE LAS ...

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Notarios consignarán en sus documentos incumplimiento del Registro de Accionistas

Con mucho alivio se ha recibido la aclaración por parte del Ministerio de Hacienda en cuanto a la posibilidad para las sociedades de cumplir con la declaración de accionistas a más tardar el 31 de enero del próximo año sin la imposición de multas.

En realidad así lo encontramos establecido en el último párrafo del art. 18 de la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, publicada el pasado 4 de abril:

"Para efectos de aplicar lo dispuesto en el artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se tendrán por posibles incumplidores los sujetos obligados que al 31 de enero de 2020 no hayan realizado la respectiva declaración o no sea posible determinar los beneficiarios finales. Una vez definida la lista de incumplidores se pondrá a disposición de las autoridades respectivas."

La inquietud surgía en virtud de ...

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Publican enmienda a tarifas del timbre de Colegio de Abogados en instrumentos públicos

El pasado 1 de febrero se publicó el nuevo Arancel de Honorarios, Decreto Ejecutivo No. 41457-JP  mediante el cual se aumentaron en un 10% los honorarios de todos aquellos actos y contratos con honorarios por sumas fijas tanto de actuaciones de abogados como de notarios.

Además se publicó un aumento en las tarifas del timbre Colegio de Abogados a pagar tanto en instrumentos públicos como en procesos judiciales.    El problema se presentó en relación a los primeros pues  en el Arancel,  dos numerales (el 101 y 109)  se encontraban duplicados con el inconveniente que mientras el art. 109 sí fueron actualizadas las nuevas tarifas del timbre Colegio de Abogdos, el 101 seguía  presentando el  texto anterior, lo que produjo ambigüedad en la normativa.   El Registro Nacional optó por seguir aplicando las tarifas sin el aumento decretado.

Hoy se publicó en La Gaceta un nuevo decreto para enmendar la inconsistencia.  ...

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