Nuevas regulaciones sobre Capitulaciones Matrimoniales
Agradecemos al Centro de Información Registral que nos remitió el texto de la Circular DPJ-025-2023 del Registro de Personas Jurídicas sobre el acto de constitución de Capitulaciones Matrimoniales. Estas nuevas regulaciones tienen fecha del 17 de agosto pero hasta hoy tuvimos conocimiento de ellas por cuanto no han sido aún publicadas en el Diario Oficial La Gaceta.
La interpretación que aparece en la Circular sobre este instituto resulta muy novedosa al establecerse como objetivo principal (casi único) la protección del patrimonio familiar a través de la necesaria participación conjunta de los cónyuges en la disposición de los bienes, de manera que para la válida y eficaz transmisión o afectación de ellos, deba contarse con el consentimiento del otro. Unicamente y de manera accesoria a dicho acto principal, las partes pueden establecer el destino de los bienes en caso de ruptura del vínculo, es decir, lo que se ha conocido tradicionalmente...