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Formulario para la retención del impuesto a las ganancias de capital en traspasos de no domiciliados

Ayer por la tarde, se publicó en La Gaceta,  la Resolución MH-DGT-RES-0051-2025 denominada “Uso del formulario Retenciones de Ganancias de Capital - No Domiciliado –129 y derogatoria de la resolución MH-DGT-RES-0039- 2025."

Se indica en dicha Resolución que si bien la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas reformó la Ley del Impuesto sobre la Renta  para establecer, como requisito para la inscripción registral, la obligación de los adquirentes de bienes inmuebles pertenecientes a no domiciliados, de retener un 2.5% del precio pactado e ingresarlo al Fisco, dada la imposibilidad material que tiene el Registro Nacional para verificar en este momento, el cumplimiento de dicha obligación, la Autoridad Tributaria se reserva el derecho de verificar a posteriori el cumplimiento de la misma.  Lo anterior, mediante la ejecución de  labores de control correspondientes.  Se reserva también la potestad de aplicar  las sanciones establecidas en el C...

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Registro Nacional establece inaplicabilidad de resolución de Hacienda

Con fecha de hoy, la Dirección General del Registro Nacional ha emitido la Circular DGL-007-2025 en la que establece la inaplicabilidad en el ámbito administrativo registral de  la Resolución MH-DGT-0039-2025 del Ministerio de Hacienda.

Según comentamos en nuestra nota en este blog, dicha Resolución, cuya vigencia inicia este 6 de octubre, había establecido como requisito registral para la inscripción de los traspasos de inmuebles pertenecientes tanto a domiciliados como no domiciliados, la necesaria verificación por parte del Registro Inmobiliario del cumplimiento de una retención del impuesto a las ganancias de capital por parte del adquirente del bien.

Entre los argumentos que en la parte Considerativa de la Circular se establecen para desaplicar la Circular de Hacienda trascribimos:

“El propósito del Registro Nacional es garantizar la seguridad de los bienes o derechos inscrito...

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Impuestos de traspaso seguirán pagándose en el BCR aún con Tribu-CR

Una buena noticia nos han comunicado los encargados del sistema de Tasaciones del Banco de Costa Rica.  A partir del 6 de octubre, aún con la entrada en funcionamiento del sistema Tribu-CR, se mantendrá habilitada en forma permanente, la funcionalidad para completar y pagar los impuestos de traspaso de inmuebles y muebles, por medio de la plataforma electrónica del BCR.    De igual manera, quienes siempre han preferido completar los formularios D-120 y D-121 en el sistema Eddi-7 de Hacienda para luego presentarlos en físico para su pago en las sucursales del BCR, podrán seguirlo haciendo.   Así se los informó el Ministerio de Hacienda el día de ayer.

Transcribimos el comunicado a continuación:

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El Ministerio de Hacienda mantendrá habilitada la funcionalidad para tramitar impuestos de traspaso por medio del Sistema de Tasación, aún con el cambio a Tribu-CR.   Los siguientes formularios se recibirán de forma ininterrump...

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Aclaración de la DNN sobre oficio relativo al curso del ICD y plataforma UIF Reportes

Nos permitimos transcribir literalmente a continuación COMUNICADO OFICIAL de la Dirección Nacional de Notariado que aparece en su página web con fecha de hoy - 25 de setiembre de 2025:ACLARACIÓN SOBRE EL OFICIO DNN-UPLCFT-OF-0256-2025El objetivo de este comunicado es aclarar la naturaleza de dicho oficio y reiterar el compromiso de la DNN de facilitar recursos de capacitación para el cumplimiento de la Ley N.º 7786.

COMUNICADO OFICIAL: 

ACLARACIÓN Y RECURSOS DE APOYO SOBRE EL OFICIO DNN-UPLCFT-OF-0256-2025

La Dirección Nacional de Notariado (DNN), en coordinación con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (CAABCR), informa a la opinión pública y a la comunidad notarial sobre los alcances exactos del oficio DNN-UPLCFT-OF-0256-2025, emitido por la Unidad de Prevención de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terror...

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Pago de impuestos de traspaso continuará normal durante “apagón” de Hacienda

Nos complace informar que esta mañana hemos recibido confirmación por parte de los encargados del sistema de Tasaciones del Banco de Costa Rica, en cuanto a que durante los 11 días del apagón de sistemas del Ministerio de Hacienda,  seguirá siendo posible completar y pagar directamente en la plataforma electrónica www.bancobcr.com,  los impuestos de traspaso de inmuebles,  vehículos, embarcaciones y aeronaves.

Como ya es conocido, hoy a partir de las 11:45 p.m  el Ministerio de Hacienda desconectará sus sistemas tradicionales con el objeto de iniciar la migración de datos a la nueva plataforma Tribu-CR que entrará en operación a partir del próximo 6 de octubre.   Existía preocupación sobre la forma en la que podrían seguirse pagando estos tributos durante estos 11 días que durará este "apagón" de sistemas, como se le ha denominado coloquialmente. 

Dichosamente se mantiene hasta el 5 de octubre (inclusive)...

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Cédulas digitales tendrán equivalencia funcional y jurídica con las cédulas físicas

Como ya es conocido, a partir del próximo 9 de setiembre, los ciudadanos costarricenses podrán adquirir sus cédulas de identidad digital.   El trámite tendrá un costo de ¢2,600 para las personas entre 18  y 64 años de edad.  A partir de los 65 años será gratuito.  La vigencia de estas cédulas digitales será por cuatro años.

Para más información sobre el trámite a seguir, puede ingresar al aviso publicado en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones en la siguiente dirección:  https://www.tse.go.cr/comunicado1052.html

Brevemente transcribimos a continuación lo que se establece sobre los beneficios de obtener este nuevo mecanismo de identificación:

"Dentro de las ventajas que este documento digital ofrecerá a los ciudadanos se encuentra su portabilidad, que permitirá llevarlo en dispositivos móviles de una forma más accesible y conveniente; la utilización de estándares internacionales que permitirá...

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Sin lugar, recurso de casación en proceso sobre aranceles mínimos

Mediante resolución No. 000286-F-S1-2025 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia del 27 de febrero de este 2025, cuyo texto íntegro aparece publicado en el Alcance de ayer a La Gaceta,  se declara sin lugar el recurso de casación formulado por el Estado contra el voto 2024-000958 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José.  Dicha resolución había declarado con lugar la demanda interpuesta por la Licda. Ana Lía Umaña Salazar estableciendo la nulidad absoluta, por exceso de potestad reglamentaria, del Decreto Ejecutivo No. 43704-JP-MEIC que pretendió eliminar las tarifas mínimas del Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado. ( Para conocer más sobre dicho voto del Tribunal Contencioso ingrese a nuestra nota en este mismo blog)

Nos permitimos resumir a continuación algunos de los temas debatidos en este voto de la Sala Primera.

1.- En cuanto a la ...

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Ya no podrán utilizarse poderes especiales en el RTBF

Mediante la resolución 2025-003672 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José de fecha 10 de abril del presente año 2025, se rechazó la medida cautelar interpuesta por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica contra lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 5 del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  Decreto Ejecutivo No. 44390-H que en lo que interesa dispone:

"En casos excepcionales, debidamente justificados podrá el representante legal o similar otorgar un poder generalísimo para la presentación de la declaración ante el RTBF. Mediante Resolución Conjunta de Alcance General indicada en el artículo 15 del presente Reglamento, se establecerá el procedimiento y las condiciones para registrar a un apoderado."

Por consiguiente, a partir de este momento y hasta tanto no se produzca la resolución de f...

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