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DNN publica información importante para aplicación de Lineamientos de la Ley de Estupefacientes

Aparece hoy en la página web de la Dirección Nacional de Notariado, información muy importante para que los notarios puedan cumplir debidamente con los Lineamientos para la aplicación del artículo 15 ter de la Ley de Estupefacientes 7786,  los cuales entraron a regir el pasado 6 de julio.   Entre ellos,  el "check-list" que muchos colegas estaban esperando que se pusiera a disposición de la comunidad notarial, para facilitar la corroboración de todos los requisitos que conlleva el proceso de debida diligencia notarial.

A continuación nos permitimos transcribir directamente del sitio web de la DNN los siguientes textos con los correspondientes enlaces directos a la documentación en cada caso:

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Formulario de Debida Diligencia Notarial

La Dirección Na...

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¿Cómo confirmar si un notario se encontraba habilitado en una fecha determinada?

Con la publicación de los nuevos Lineamientos para la aplicación del artículo 15 ter de la Ley 7786,  surgió la inquietud sobre la forma o mecanismo para determinar si un notario se encontraba efectivamente habilitado para el ejercicio notarial, en una fecha determinada.  Ello a fin de cumplir con lo dispuesto en el art. 26 de estas nuevas regulaciones relativo a los cuidados que debe tener el notario cuando quien comparece ante su notaría es el representante de una persona física.  (Ver destacado en negrita en el último párrafo)

Lo transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

Artículo 26.- Comparecencia a nombre de terceros. Cuando el compareciente actúe por mandato de otra persona física, el notario deberá observar las siguientes reglas de debida diligencia:

a) Comprobar los datos de identidad del poderdante hasta donde sea posible, y que cuenta con facultades suf...

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Notarios deberán consignar forma de pago en escrituras públicas

A partir de la publicación de los nuevos Lineamientos para la aplicación del artículo 15 ter de la Ley de Estupefacientes, han surgido consultas sobre varios aspectos.

Entre los puntos que más nos han estado consultando, es el relativo a lo dispuesto en el art. 12 que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:  (en negrita destacamos el punto de interés)

Artículo 12.- Obligación de identificar el origen de los recursos. En todo acto o contrato que implique el movimiento de fondos, el notario público debe identificar la procedencia de estos. El notario debe identificar el medio de pago (transferencia, cheque, efectivo, monedero electrónico u otros) y dejar constancia de ello en el instrumento que autorice, además, conservará copia en el expediente del cliente. 

Pareciera entonces que a partir de ahora,  deberá el notario establecer en el cuerpo de la escritura, el modo de pago específico utilizado po...

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CSN emite nuevos Lineamientos para la aplicación del art. 15 ter de la Ley de Estupefacientes

Notarios que aún no tengan acceso a la plataforma UIF Reportes, cuentan con tres meses para registrarse.

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Han sido publicados en La Gaceta por el Consejo Superior Notarial, los nuevos Lineamientos para la aplicación del artículo 15 ter de la Ley 7786, los cuales derogan los anteriores emitidos en enero del 2018.

Nos permitimos a continuación algunos comentarios, partiendo de la comparación entre estas nuevas regulaciones y las anteriores.

1.- Sobre el objeto: Anteriormente se indicaba únicamente:  "Establecer las condiciones en que se deberán cumplir las disposiciones del artículo 15 Ter de laLey número 7786".      Ahora se especifica mejor el alcance de estas regulaciones, debiendo leerse as...

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Ya es Ley: nuevo procedimiento para incorporación de correos sin actuación notarial

Con el número 10962 ha sido publicada en el Alcance No. 69 a La Gaceta del pasado 3 de junio,  la Ley que modifica el procedimiento para que las sociedades mercantiles,  puedan cumplir con  el registro de correos electrónicos en los cuales recibir notificaciones judiciales y administrativas, sin intervención de un notario público.

Se confiere un semestre de plazo al Registro Nacional para que implemente el mecanismo informático que permita a los representantes legales de las sociedades, realizar la gestión sin colaboración de un notario público.   El trámite no tendrá costo ni de timbres, ni honorarios, y tampoco requerirá de la publicación de un edicto en La Gaceta.

Importante señalar que el Registro de Personas Jurídicas nos indicó la semana pasada,  que se mantendrán como alternativas válidas, los dos procedimientos seguidos hasta ahora para que las sociedades puedan cumplir también con esta obligación, a saber:1.- Solicitud del r...

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Aprobado en segundo debate, proyecto de ley sobre correos electrónicos

La Asamblea Legislativa aprobó este 1 de junio en segundo debate,   el  Proyecto de Ley 25.094 que adiciona, por un lado, un segundo párrafo al art. 19 del Código de Comercio, y, por otro, reforma los transitorios establecidos en la Ley 10.597,  que fuera la que  introdujo la obligación de que las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada incorporen correos electrónicos para recibir notificaciones judiciales y administrativas.

Sobre el texto del art. 19 del Código de Comercio deberá leerse así a partir del momento en que se publique esta nueva Ley en La Gaceta:

Artículo 19.  

La constitución de la sociedad, sus modificaciones, disolución, fusión y cualesquiera otros actos que en alguna forma modifiquen su estructura, deberán ser necesariamente consignados en escritura pública, publicados en extracto en el periódico oficial e inscritos en el Registro Mercantil.El acto de inclusión o modifi...

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Nueva redacción de proyecto de ley para la incorporación de correos electrónicos a las sociedades

Ha salido publicado en El Alcance No. 64 a La Gaceta del día de hoy,  el siguiente texto sustitutivo del proyecto de Ley 25.094 relativo a la obligación de las sociedades mercantiles de registrar una dirección de correo electrónico en la cual recibir notificaciones de judiciales y administrativas.

 

PROYECTO DE LEY 25.094

TEXTO ACTUALIZADO CON MOCIÓN APROBADA EN PLENARIO Fecha de actualización: 28-5-2026

MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y DE LA LEY 10.597, PARA GARANTIZAR EL REGISTRO GRATUITO Y EXPEDITO DEL CORREO ELECTRÓNICO SOCIETARIO

ARTÍCULO 1- Se adiciona un párrafo final al artículo 19 de la Ley 3284, Código de Comercio, de 30 de abril de 1964. El texto es el siguiente:

Artículo 19- (...) El acto de inclusión o modificación del correo electrónico en el domicilio social, como medio oficial de...

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Registro amplía al 5 de setiembre plazo para que sociedades incorporen correos electrónicos

Ha salido publicada hoy en La Gaceta, la Directriz DPJ-001-2026 dirigida a funcionarios registrales, notarios y público en general, mediante la cual se amplía al 5 de setiembre del presente 2026, el plazo originalmente establecido para la presentación e inscripción del correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles, en cumplimiento de la Ley N° 10.597.

Se indica como justificación de esta medida, el bajo porcentaje de cumplimiento por parte de las sociedades obligadas y el aumento significativo de solicitudes en los últimos meses, lo que ha sobrepasado la capacidad operativa del Registro.

Nos permitimos transcribir textualmente de la Directriz en comentario, incluyendo gráfico que aparece en la publicación de la cantidad de  documentos presentados por mes, ante el Registro de Personas Jurídicas para la inclusión del correo electrónico:

"A pesar del...

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