Notarios

Sobre el aporte de bienes en la constitución de sociedades y aumentos de capital

Mediante Criterio Registral N° 0001-2023,  la Dirección General del Registro Nacional estableció el pasado 19 de octubre que a partir de ahora la calificación e inscripción de los documentos de constitución de sociedades o de aumento de capital, cuando se aportan como pago del capital, bienes muebles o inmuebles, serán tramitados de forma integral por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas.

Por esta razón, dicha Dirección emitió la Directriz DP-005-2023  a fin de unificar los criterios de calificación e inscripción registral de este tipo de actos.    (Puede descargar su texto completo aquí.)

Luego de un completo análisis sobre las normas del Código de Comercio que regulan este tema con especial referencia a los aportes de bienes inmuebles, se toman las siguientes tres disposiciones:  (se transcribe textualmente)

"1. Será la persona registradora del Registro de Personas Jurídicas a quién de manera...

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Emiten directrices ante imposibilidad de uso CrearEmpresa – Trámite ya

En atención de los problemas técnicos que ha imposibilitado el uso durante la presente semana de la plataforma “CrearEmpresa” actualmente conocida como “Tramite Ya” para la constitución de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, el Registro Nacional ha habilitado la recepción de estos documentos ya sea en formato papel en el Diario Unico de cualesquiera de sus sedes o bien a través de la Ventanilla Digital en formato electrónico.

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Calificación formal de documentos en el Registro de Personas Jurídicas

Con el objetivo de unificar criterios, aparece hoy en La Gaceta,  la Directriz DPJ-002-2023 de la Dirección del Registro del Personas Jurídicas sobre la Tramitación de Calificaciones Formales.

En primer lugar se distingue entre lo que es la "Calificación Registral" y el "Recurso de Calificación Formal".

La primera se define como: " ... la valoración jurídica que realiza un Registrador de forma autónoma, respecto de los requisitos dispuestos en el ordenamiento jurídico, de forma y fondo, que debe contener una rogación de inscripción que consta en un documento público o auténtico presentado al Registro Nacional; de manera que tengan acceso a la publicidad registral únicamente los títulos válidos y perfectos; tal y como lo indica el artículo 34 del Reglamento del Registro Público Decreto Ejecutivo 26771-J y sus reformas, vigente desde el 18 de marzo de 1998.   De los artículos 3, 6, y 6 bis de la de la Ley N° 3883 citada, se desprende que la cali...

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Designación de interventores, curadores y liquidadores

Se publicó el pasado 14 de setiembre en el Boletín Judicial, el Reglamento para la Selección, Designación, Ejercicio de las Funciones y remuneración de los Órganos Concursales aprobado por la Corte Plena en sesión No 34-2023 celebrada el 07 de agosto del prsente 2023.   Puede ver el texto completo haciendo clic aquí.

Según se estableciera en el Transitorio III de la Ley 9957, Ley Concursal de Costa Rica que entró a regir en noviembre del año 2021,  correspondía a la Corte Suprema de Justicia emitir la reglamentación necesaria para la selección, designación y ejercicio de las funciones de interventores, administradores, liquidadores y auxiliares concursales, así como los criterios para la tasación de honorarios de dichos profesionales.

De igual manera se estableció en dicho Transitorio que luego de dos meses de la publicación de esta reglamentación tendrían que producirse los procesos de concurso y selecció...

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Notaria sancionada por yerros en la impresión de escrituras

Otro voto que nos parece de importancia comentar en este foro es el número 006-2022 del Tribunal Disciplinario Notarial de las 8:32 hrs del 14 de enero de 2022 mediante el cual se sancionó a una notaria pública por la existencia de entrerrenglonaduras en varias escrituras impresas en el protocolo.   (Si desea conocer el texto completo del voto haga clic aquí.)

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Uso de papel de seguridad en las notificaciones notariales

Utilización de papel común en documentos adicionales o de apoyo al acta de notificación no invalida el acto

Mediante voto 306-2023 de las 7:39 hrs del 7 de marzo del presente año, el Tribunal Primero de Apelación Civil de San José, Sección Extraordinaria analiza la utilización de papel de seguridad en las notificaciones notariales con motivo del recurso de apelación que presentara la parte actora de un proceso de ejecución prendaria contra la sentencia del juzgador de primera instancia en tanto no tuvo por debidamente notificado de las diligencias cobratorias al deudor al considerar que el notario que llevó a cabo la notificación imprimió en papel común (no de seguridad), la minuta de la notificación.  (Puede descargar el texto completo del voto aquí)

Fueron los argumentos del a quo los siguientes:   “Habiéndose revisado el acta de notificación del demandado RAMM, se le hace ver a la parte actora que el Artículo 29 de la Ley de Notifica...

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