Notarios

Dirección general y Registro de Muebles aclaran requisito de inscripción de fiduciarios ante la SUGEF

** Dirección General del Registro confirma requisito ** Registro de Bienes muebles aclara casos en los que lo solicitará ** Bienes Inmuebles aun no aplica medida

I.- DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO CONFIRMA REQUISITO

Mediante criterio Registral No. DGRN-004-2010 suscrito por los directores de los cinco Registros: Inmobiliario, Personas Jurídicas, Bienes Muebles, Propiedad Industrial y Derechos de Autor y Derechos Conexos se confirma la directriz que el Registro de Bienes Muebles emitió en relación con la exigencia de que los fiduciarios que comparezcan en traspasos en propiedad fiduciaria, se encuentren debidamente inscritos ante la SUGEF.

El criterio registral antes indicado fundamenta legalmente su posición en el inciso d) del artículo 15 de la Ley 8204 “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uno no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo” q...

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Razones y denominaciones sociales no podrán tener similitud con marcas inscritas

Mediante Directriz D.R.P.J.-003-2010, la Dirección del Registro de Personas Jurídicas ordena a los señores registradores observar el cumplimiento del artículo 29 de la Ley de Marcas y otros signos distintivos, en la calificación de constituciones de personas jurídicas-Artículo 29.- Adopción de una marca ajena como denominación social.Una persona jurídica no podrá constituirse ni inscribirse en un registro público con una razón o denominación social que incluya una marca registrada a nombre de un tercero, cuando el uso de esa razón o denominación pueda causar confusión, salvo que ese tercero dé su consentimiento escrito.De conformidad con lo dispuesto en el numeral transcrito, el Registro de Personas Jurídicas instruyó a los registradores para que en la calificación de los documentos sometidos a registro, verifiquen lo siguiente:Primero: Que la marca que se desea utilizar como denominación o razón social se encuentra previamente inscrita.Segundo: Que la utilización de la marca dentro de la ra...

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Posibles soluciones al requisito de descartar similitud entre nombres de sociedades y marcas inscritas

25 Mayo, 2010

El Lic. Rogelio Fernández Moreno, Presidente del Consejo Superior Notarial y miembro de la Junta Administrativa del Registro Nacional, a quien consultamos sobre la nueva exigencia de verificar que los nombres de personas jurídicas no tengan similitud con marcas inscritas, atentamente nos respondió que están al tanto de lo que este nuevo requisito implica para el ejercicio notarial y que efectivamente buscan brindar una solución.   La primera de carácter técnico, podría implicar el poner a disposición de los Notarios, vía Internet, el sistema DIPAS ( base de datos donde están inscritas todas la marcas) para que puedan consultar las marcas inscritas.  Para ello, deben primero solventar el hecho de que dicho sistema fue obsequiado por una organización internacional (OMPI)con condiciones especiales y serían los únicos en capacidad de realizar los cambios tecnológicos necesarios para autorizar el uso a terceras personas. La segunda solució...

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Algo más sobre nombres de sociedades no podrán parecerse a marcas inscritas

En respuesta a inquietudes varias que estimados suscriptores formularon en nuestro blog sobre este nuevo requisito para la constitución de personas jurídicas, realizamos algunas consultas, tanto en el Registro de Personas Jurídicas como en el Registro de la Propiedad Industrial, con el siguiente resultado:

PRIMERO: No existe en este momento – vía Internet- la posibilidad para los notarios de estudiar marcas inscritas.   Por consiguiente, el estudio debe realizarse directamente en las oficinas de la Dirección del Registro de la Propiedad Industrial, en las terminales de computadora que se encuentran allí a disposición del público y en las que se encuentra instalado el sistema IPAS de Consulta de Marcas.

SEGUNDO: Los coordinadores del Registro de Personas Jurídicas no estarían evacuando dudas sobre si una razón o denominación social, que se desea utilizar en la constitución de una nueva persona jurídica, es válida...

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Únicamente constituciones de sociedad con aporte de bienes serán tramitadas conjuntamente

En atención del acertado comentario del colega Alfonso Romero en nuestro blog en relación con este tema, nos dimos a la tarea de confirmar con las Direcciones, tanto del Registro de Bienes Inmuebles como del de Personas, el verdadero alcance del Criterio Registral DGRN-0003-2010, y si en efecto, como parecía deducirse de su contenido, podíamos afirmar que cualquier tipo de escritura que combinase actos inmobiliarios con aquellos de personas podía ser tramitada por el recientemente creado Grupo Especializado de Registradores.

La respuesta que obtuvimos fue que UNICAMENTE los actos de inscripción de nuevas sociedades con aporte de bienes serán los que este Grupo estará a cargo de inscribir. Ninguno otro.  El texto del Criterio Registral DGRN-0003-2010 está siendo enmendado por la Dirección General a fin hacer constar el verdadero alcance de esta disposición.

Inmediatamente surgió entonces nuestra inquietud por conocer q...

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Facilitan inscripción de documentos que combinen actos de inmuebles y de personas jurídicas

Hasta ahora, únicamente las constituciones de sociedad con aporte de bienes como capital social podían tramitarse en un mismo testimonio de escritura pública.   Cualquier otro tipo de acto que involucrase bienes inmuebles y personas jurídicas tenía que ser gestionado en documentos separados, pues en caso de presentarse conjuntamente, conllevaban la cancelación parcial del documento en cuanto al acto que no fuere propio del Registro a cargo de la inscripción del mismo.Para solventar este tipo de problemas,  tanto de orden técnico como jurídico, el  Criterio Registral DGRN-0003-2010 crea un Grupo Especializado de Registradores, compuesto por funcionarios del Registro Inmobiliario y del Registro de Personas, el cual se ubica en un mismo espacio físico, para permitir el ágil traslado de los documentos.Cada registrador realiza el estudio, calificación e inscripción de la escritura en lo que le corresponda, según la especialidad de la materia del Registro a la que pertenezca, y lo pasa al homólogo a fin de que rea...

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SUGEF aclara casos en los que se requiere inscripción de fiduciario

Mediante Circular Externa No. 010-2010 publicada hoy en el Diario Oficial La Gaceta, la Superintendencia General de Entidades Financieras aclara los alcances del artículo 15 de la Ley sobre Estupefacientes , sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, en cuanto obliga a las personas físicas o jurídicas que desempeñen alguna de las actividades en él enumeradas, a inscribirse ante la SUGEF.

El inciso d) del artículo 15 es el que específicamente dispone que deberán cumplir con esta obligación de inscripción ante la SUGEF, aquellas personas que se dediquen a la administración de fideicomisos o de cualquier tipo de administración de recursos, efectuada por personas, físicas o jurídicas que no sean intermediarios financieros.

Aclara la SUGEF que en el caso de este inciso d), la inscripción procede únicamente cuando el fiduciario o...

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Próximo lunes reabre sus puertas la Dirección Nacional de Notariado

Según información que nos acaba de remitir la Licda Roxana Sánchez, secretaria del Consejo Superior Notarial, el próximo lunes 8 de febrero, reabre sus puertas la DNN en la misma ubicación que anteriormente tenía y con el mismo horario (de 7:30 a.m.- 12:00 md y de 1:00 – 4:00 p.m.)

Los servicios que se brindarán a partir del próximo lunes serán los siguientes:

- Apertura de protocolos- Autenticación firmas de notarios- Consulta al registro de notarios y notarias

Asimismo este segundo Boletín del Consejo Superior Notarial, advierte a todos los notarios del país, que las directrices, procedimientos y lineamientos de la DNN conservan su vigencia, incluyendo presentación de índices y el pago del Fondo Notarial.

Finalmente se establece que las consultas de habilitación de notarios y notarias,  multas pagadas y pendientes pueden realizarse mediante la página web: http://ww...

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