Cancelarán presentación al diario de informaciones posesorias tramitadas en sede notarial
Con vigencia a partir del próximo 8 de noviembre, se publicó en La Gaceta del día de hoy, la Directriz RIM-004-2010 del Registro de Bienes Inmuebles mediante la cual se advierte a todos los notarios y público en general, la cancelación que realizará dicho Registro, de todas aquellas protocolizaciones de piezas de informaciones posesorias cuyo medio de rogación haya sido la notarial.
Con fundamento en numerales varios de la Ley de Informaciones Posesorias, del Código Procesal Civil y del Código Notarial, el Msc. Oscar Rodríguez Sánchez, Director del Registro de Bienes Inmuebles, aclara que la inscripción registral de un terreno adquirido mediante información posesoria, únicamente puede tener como base la resolución de un juez, más específicamente, la certificación de dicha resolución o ejecutoria debidamente firmada por la autoridad judicial con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 157 del Código Procesal Civil.