Notarios

DNN reitera tres importantes comunicados

La Dirección Nacional de Notariado reitera lo resuelto por el Consejo Superior Notarial, en sesión 24-10 celebrada el 25 de agosto de 2010, acuerdo 2010-24-002, en relación con tres importantes temas:

»Firma de los comparecientes debe darse en presencia del notario, incluyendo representantes de instituciones crediticias. (Comunicado 002-2010)

 »Validez de las certificaciones notariales.  (Comunicado 003-2010)» Sobre el pago de honorarios. (Comunicado 004-2010)

En relación con el primer comunicado, la DNN recuerda que las instituciones públicas y privadas están obligadas a prestar al notario público toda la información y colaboración que éste requiera para el ejercicio correcto de su función.  Los apoderados de esas instituciones que deban comparecer ante notario público a suscribir cualquier tipo de acto o contrato otorgado en escritura pública, están obligados a suscribir esos documentos en presencia del ...

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Más sobre las notas en protocolo y la obligación de que las partes las firmen siempre

En primer lugar es importante tomar nota que la resolución 2011-024-001 del Consejo Superior Notarial mediante la cual se derogó el art. 62 de los Lineamientos Notariales, se publicó en La Gaceta No. 3 el pasado 4 de enero del año en curso, razón por la cual se encuentra ya vigente.

Nos permitimos a continuación resumir algunos interesantes cuestionamientos que estimados suscriptores anotaron en nuestro blog en respuesta al comentario que sobre este tema enviamos el pasado 10 de enero.      Hemos elevado a conocimiento de la Dirección Nacional de Notariado algunas de estas interrogantes.  Confiamos obtener muy pronto las respuestas para poder informar sobre el particular.

CONCEPTO DE PARTES DE UNA ESCRITURA:  En el art. 96 del Código Notarial se establece que el notario podrá escribir notas marginales siempre que las partes las firmen.    Surge entonces la inquietud, en una escritura con varios actos, si TODOS los intervinientes tendría...

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Aumentan derechos de Registro en inscripción de actos societarios

  Mediante Directriz No. 001-2012 emitida ayer martes por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se aumentan a partir de hoy las tarifas que por Derechos de Registro corresponde pagar en las inscripciones de documentos relativos a sociedades mercantiles  (constituciones de sociedades, modificaciones de pacto constitutivo, reorganizaciones de Junta Directiva, etc).  De la suma de ¢31,620.00 que en Derechos de Registro rigió el año pasado se pasa ahora a la suma de ¢36,060.00.De esta forma se aplica lo establecido en la Ley No. 7337 de 5 de mayo de 1993 que creó el Concepto de Salario Base para Delitos especiales del Código Penal y que se aplica también como parámetro para el aumento anual que dispone la Ley de Aranceles del Registro Público.   El parámetro que se utiliza es el 10% del salario del Auxiliar Administrativo 1 que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, el cual para el presente año se estableció en la suma de trescientos sesenta mil seisciento...

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PGR confirma dictamen que obliga a notarios a obtener SIEMPRE firma de las partes en las notas en el Protocolo

Mediante resolución 2011-024-001, el Consejo Superior Notarial hace del conocimiento de todos los notarios que a pesar de su disconformidad con la interpretación literal que realiza la Procuraduría General de la República del artículo 96 del Código Notarial por considerarla contraria al principio notarial de fe pública, pero respetuoso del sistema jurídico costarricense, se tomó la decisión de derogar el artículo 62 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial; derogatoria que entrará a regir con la publicación de esta resolución en el Diario Oficial La Gaceta.  Asimismo se acordó solicitar a la Dirección Ejecutiva que prepare un borrador de proyecto de ley de reforma del artículo 96 del Código Notarial, y se insta a todos los notarios para que participen activamente en la tramitación de dicho proyecto de reforma.

Pareciera entonces que a partir de la publicación de este comunicado en La Gaceta, las notas que...

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Registro de Bienes Muebles exigirá impuesto a la propiedad 2012, a partir del próximo 1 de diciembre

 

De conformidad con lo dispuesto en la  Directriz DSR-02-2008  de la Dirección de Servicios Registrales,  a partir del próximo 1 de diciembre, el Registro de Bienes Muebles exigirá, como  lo viene haciendo desde el 2008, el pago del impuesto sobre la propiedad de vehículos, aeronaves y embarcaciones correspondiente al año 2012.  Lo anterior como requisito de admisibilidad de los documentos en trámite.  En el caso de los automotores, dicho impuesto a la propiedad se encuentra contenido en el derecho de circulación o marchamo, el cual se encuentra ya al cobro por parte del Instituto Nacional de Seguros desde el pasado 15 de  noviembre.

Tratándose de solicitudes de  inscripción de vehículos por primera vez,   el  interesado deberá aportar copia certificada del marchamo correspondiente.    En los demás casos, dicha copia certificada no es necesaria, pero sí deberá encontrarse pagado el marchamo o el impuesto sobre la propiedad,  a...

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DNN rechaza pretensión de Poder Judicial de trasladarle custodia de expedientes de actividad judicial no contenciosa

Mediante circular 85-2011 del pasado 2 de noviembre, publicada hoy en el Boletín Judicial, se comunica a los notarios públicos que, a partir de esa fecha, la entrega de expedientes de actividad judicial no contenciosa deberá coordinarse con la Dirección Nacional de Notariado y no con el Archivo Judicial.    Como justificación de este traslado de funciones se menciona el hecho de no pertenecer ya más la DNN al Poder Judicial.

Tenemos conocimiento que ya desde esta mañana, el Archivo Judicial se negó a recibir expedientes de notarios que intentaron depositarlos allí.

En consulta al Lic. Rogelio Fernández Moreno, Presidente del Consejo Superior Notarial, nos informa que  se está requiriendo al Poder Judicial  revocar el acuerdo de trasladar a la DNN la custodia de estos expedientes por cuanto se contraviene en forma clara y evidente,  lo dispuesto en el artículo 131 del Código Notarial:

“ARTÍCULO 131.-...

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A tomar en cuenta en el sistema TASABAN

En razón de consultas reiteradas de estimados usuarios de nuestro sistema Master Lex Cálculos que al momento de realizar el pago de especies fiscales en el sistema Tasaban encuentran diferencias entre los montos a pagar, nos permitimos describir a continuación algunas situaciones importantes de tomar en cuenta respecto de  la tasación de algunos actos de tramitación bastante frecuente en el Registro Nacional.  

Además nos permitimos señalar que ante las diferencias encontradas en ambos sistemas, realizamos, en su momento,  las consultas pertinentes al Registro Nacional y al Colegio de Abogados, confirmando que las opciones contenidas en Master Lex Cálculos se encuentran ajustadas a Derecho.

 TIMBRE DE COLEGIO DE ABOGADOS EN ESCRITURAS CON MAS DE UN ACTO

El art. 109 de Arancel de Honorarios vigente establece las tarifas a pagar por concepto de timbre de Colegio de Abogados en instrumentos públicos.   El inci...

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Inquietudes surgidas a raíz del nuevo procedimiento de legalización de libros

A raíz del comentario que remitimos el miércoles de esta semana sobre el tema de la referencia, se generaron en nuestro blog, interesantes opiniones de distinguidos colegas sobre la forma de implementación de las disposiciones reformadas así como  las consecuencias que algunas de ellas podrían tener para el otorgamiento de protocolizaciones de actas.

En primer lugar, preocupa cómo podrán los notarios asegurarse que el "número de autorización" que aparezca consignado en la razón de apertura de un libro de actas, sea en físico o digital,  que  un cliente les presente para protocolizar, haya sido verdaderamente otorgado por la DGT.   Hasta ahora el sello y timbres de Tributación en el primer folio de los libros legalizados ha brindado esa certeza.   También, surge la inquietud en cuanto a quién o quiénes corresponde consignar dichas razones de apertura:   ¿Al representante legal de la sociedad, a los socios, al presidente y secret...

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