Notarios

A partir de este jueves: aumenta timbre agrario a pagar en actos registrales

Por:  Lic. Silvia Pacheco A.

En virtud de la reforma introducida por la la Ley 9036 de Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural  (INDER)  al artículo 14 de la Ley 5792 de Creación del Timbre Agrario, a partir de este jueves,  29 de noviembre,  deberán pagarse sumas mayores por concepto de timbre agrario en la inscripción registral de los  actos que más adelante detallamos.

Por ejemplo, los traspasos de vehículos deberán cubrir  un importe de  ¢3 colones por cada ¢1000 en timbre agrario, partiendo de la estimación del acto, en lugar de los ¢2 colones por cada ¢1000 que hasta ahora ha regido.

Igualmente, los traspasos de inmuebles y la inscripción de contratos de arrendamiento pagarán ahora ¢1.5 por cada ¢1000 en lugar de la tarifa de ¢1 por cada 1000 partiendo también del valor del acto.

Sobre el trámite de autenticación de firmas por la DNN

Por: Lic. Silvia Pacheco A.

Mediante resolución 2012-023-008, el Consejo Superior Notarial acuerda que  la Dirección Nacional de Notariado no entrará a calificar el contenido de los documentos que le sean presentados para  autenticación de firma de los notarios.

La decisión se toma como consecuencia de la consulta planteada por el Lic. Fernán Pacheco, a quien se le denegara dicho trámite al considerar la DNN que el documento debía ser otorgado en escritura pública y no en documento privado.

Según nos indicó el Licenciado Pacheco, el contenido del documento destinado al exterior fue sugerido expresamente por abogados del país destinatario, de manera que él solamente se limitó a autenticar la firma de la parte interesada.   Sin embargo, en la  DNN denegaron autenticar su firma notarial con base en varios argumentos referentes al contenido del documento.

Recomiendan tamaño y tipos de letra a utilizar en documentos notariales

A solicitud del Dr. Carlos  Manuel Rodríguez Jiménez,  Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado nos permitimos  comunicar que mediante acuerdo 2012-015-007, el Consejo Superior Notarial acordó por unanimidad modificar el texto del artículo 61 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control  de Servicio Notarial a fin de sugerir a a los notarios la utilización, tanto en sus documentos protocolares como extraprotocolares,  de los tipos de letra Arial, Times New Roman o Calibri con un tamaño no menor de diez puntos.

Para su mejor conocimiento copiamos a continuación tanto el texto anterior como el nuevo texto del numeral indicado.Texto anterior a la reforma:

Artículo 61.- Forma de documentos.

Deberá observarse especialmente la forma, esto es, de manera continua, sin dejar espacios en blanco ni introducir tachaduras, raspaduras, entrerrenglonaduras, borrones, enmiendas ni otras correcciones. Los errores o las omisiones deben salv...

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A partir del 2 de enero exigirán firma digital para publicación de avisos en La Gaceta

De conformidad con lo establecido en la Directriz 003-2012  de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, a partir del próximo 2 de enero de 2013, solamente quienes cuenten con firma digital podrán contratar la publicación de avisos en La Gaceta o el Boletín Judicial.

Para mediados del año 2013, la Imprenta Nacional espera tener funcionando un nuevo sitio web transaccional en el cual será el propio interesado quien realice las gestiones en línea.

Pero hasta que dicho sitio web no se encuentre al aire, deberán seguirse los siguientes pasos para contratar la publicación de avisos, repetimos,  a partir del próximo 2 de enero de 2013:

1) SOLICITUD DE COTIZACION. Lo primero que se debe hacer es remitir el texto del aviso a publicar a la siguiente dirección de correo electrónico publicacionespro@imprenta.go.cr a fin de conocer el costo exacto del servicio.  Nos señalan en la Imp...

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Algunos cuidados al momento de cartular

Del Dr. Herman Mora  retransmitimos  el siguiente comentario al cual nos hemos permitido adicionarle algunos fundamentos de ley, a fin de que el lector pueda ubicar propiamente en la normativa, los temas analizados.

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La reciente promulgación de leyes, circulares y reglamentos, especialmente en el campo tributario, agobia no solamente a la sociedad costarricense sino a los notarios públicos, contralores de la legalidad de actos y contratos, a quienes se les exige un mayor conocimiento de los temas, además de cuidados más rigurosos en el ejercicio del notariado.

Hoy, más que nunca, el cartulante debe prepararse de manera seria y profunda.

Tanto la Ley sobre el impuesto a las personas jurídicas mercantiles, como las normas tributarias de trasparencia y fortalecimiento de la ges...

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Sobre el procedimiento de legalización de libros a través de CrearEmpresa

En relación con lo indicado hace unos días sobre la implementación que el  Registro Nacional había realizado de un procedimiento temporal para la legalización de libros a través de la plataforma CrearEmpresa es importante aclarar que esa posibilidad se encuentra disponible al público por parte de Gobierno Digital desde el mes de febrero cuando se  dio el lanzamiento de dicho sistema de constitución digital de sociedades.    No se trata, por consiguiente, de un procedimiento que el Registro Nacional tenga a cargo o haya asumido en este momento, sino de una posibilidad que CrearEmpresa  ha venido ofreciendo a todos sus usuarios desde  el día mismo de su puesta en línea.

En este momento dicha alternativa se convierte en la única posible, debido a que el Registro se encuentra aún en proceso de determinar los pasos necesarios para asumir esta nueva tarea que la Ley 9069 le encomendara, para lo cual dispone de plazo hasta el próximo  28 de diciembre, y ...

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Directriz del Registro Inmobiliario sobre traspasos en fideicomiso

Por: Lic. Silvia Pacheco A.

Mediante Circular No. RIM-020-2012, la Dirección del Registro Inmobiliario establece la aplicación que deberá darse al art. 662 del Código de Comercio después de su reforma el pasado 28 de setiembre mediante Ley No. 9069 de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria.

El viernes pasado les hicimos llegar la directriz que también sobre el tema de los traspasos en fideicomiso tomó el Registro de Muebles.  Si desea ver su contenido haga clic en el siguiente link: REGISTRO DE MUEBLES EMITE CIRCULAR SOBRE TRASPASOS EN FIDEICOMISO

Nos permitimos a continuación un breve resumen sobre esta nueva Directriz del Registro Inmobiliario.     Puede descargar su texto al final de esta nota.

1. Unicamente gozarán de la exoneración en timbres e impuesto de traspaso los bienes inmuebles que sean traspasados a fideicomisos siempre que tant...

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Registro de Muebles emite circular sobre traspasos en fideicomiso según reforma de la Ley 9069

Por: Lic. Silvia Pacheco A.

»Traspasos en fideicomiso otorgados a partir del 28 de setiembre no gozarán ya de exención en timbres, ni impuesto de transferencia.

»Solamente gozarán de la exoneración las devoluciones de bienes a favor de los fideicomitentes originales.

» En cuanto a traspasos en fideicomiso otorgados antes del 28 de setiembre, únicamente se mantendrá la exoneración para los presentados al Diario también antes de esa fecha.

» Diferente plazo de caducidad en anotaciones de embargos administrativos, según se trate de anotaciones de embargo o de embargos practicados.

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