Notarios

Un error común en los sucesorios notariales

Los procesos sucesorios en sede notarial son cada vez más frecuentes en la práctica  diaria de los fedatarios.    El ahorro en tiempo y dinero que suponen para las partes interesadas ha provocado un incremento acelerado en los últimos años.

Agradecemos al Dr. Herman Mora su interesante comentario sobre uno de los actos principales de este procedimiento.  Lo transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

"Por haberlo escuchado un torrente de ocasiones, es que no puedo dejar de referirme a un error de dimensiones dramáticas, que no hemos sido capaces de advertir y puede provocar problemas importantes.  Me refiero a la solicitud de rogación en un proceso sucesorio; es decir aquel instrumento mediante el cual el notario adquiere su competencia.  Tal instrumento es una escritura p...

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Aumento en tope de viviendas de interés social impacta costo de traspasos

Se publicó en La Gaceta del pasado 27 de agosto,  el acuerdo tomado por la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda en sesión 47-2013 mediante el cual, el tope de vivienda de interés social pasa de ¢52,547,000  a ¢58.666.000,00

Este aumento en el tope indicado, beneficia a los compradores de viviendas toda vez que con la reforma introducida por la Ley 9036 a la Ley de Creación del timbre agrario se estableció que en dichos traspasos, la tarifa del timbre agrario se reduce a  ¢1 por cada ¢1000 colones calculados sobre el precio del inmueble, en lugar del ¢1.50 que antes correspondía pagar sin importar el destino del bien vendido.

Ya hemos realizado los ajustes correspondientes en nuestros sistemas de cálculo de timbres y honorarios: MOVILEX, CALCULOS WEB y MASTER LEX CALCULOS.

A los usuarios de la versión PC de nuestros sistemas podrán contar con la actualizació...

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Constitución de sociedades requerirá firma digital a partir del próximo 15 de setiembre

A partir del próximo 15 de setiembre la única forma que tendrán los notarios para realizar la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de las constituciones de sociedad (sociedades anónimas y de responsabilidad limitada), cuyos capitales sociales se paguen  en efectivo o mediante títulos valores, será a través de la plataforma www.crearempresa.go.cr     Constituciones con capitales sociales que deban pagarse mediante aporte de bienes sí podrán seguirse gestionando en la forma tradicional.

Como único requisito para acceder a este portal, el notario requiere contar con firma digital y encontrarse activo ante la DNN.

Según nos han indicado estimados suscriptores que tienen meses de estar realizando la inscripción digital de sociedades, la plataforma es muy sencilla de utilizar, con la ventaja de que los avisos de La Gaceta se contratan directamente a través del portal.  La inscripción es muy rápida (máxi...

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También sobre el tema de honorarios

Hace unos días comentamos el acuerdo tomado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados sobre la posibilidad que tienen los notarios de cobrar por el tiempo que destinan a recoger firmas de las partes comparecientes en sus escrituras.  Nos parece importante resumir  a continuación otras respuestas que ha brindado este mismo órgano a inquietudes varias que litigantes también han formulado sobre temas de honorarios.

¿DE QUIEN SON LAS COSTAS PERSONALES?  "La consulta se realiza porque hay colegas que estiman que si dentro de un proceso una parte es condenada al pago de las costas, el abogado de la contraparte tiene derecho a percibir el monto de esa condenatoria en lo que respecta a dichos honorarios. CONSIDERANDO: I.- Que en el tema de los honorarios profesionales con relación a un proceso judicial se generan las dos situaciones siguientes: Por una parte la que surge entre el abogado y la persona que contrata sus servicios para la atención del proceso y, ...

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Publicaciones hoy en La Gaceta de interés notarial

Se publicaron hoy en La Gaceta tres temas relacionados con el quehacer notarial.    Los referenciamos brevemente en caso de que sean de su interés:

NUEVO REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE INDICES:  Entra a regir en un mes.   Luego de confrontar el texto de estas nuevas regulaciones con las vigentes, solamente encontramos de interés la modificación al requisito de acompañar el TESTIMONIO de los testamentos declarados en el índice quincenal para establecer que a partir de la entrada en vigencia de esta norma, será suficiente con adjuntar la COPIA SIMPLE del mismo, es decir sin engrose ni la copia de las firmas.

Si desea conocer el texto de este nuevo reglamento, descárguelo a continuación:  REGLAMENTO PARA LA PRESENTACION DE INDICES.

SE MODIFICA ART. 1 DEL REGLAMENTO DE COBRO DE DE SERVICIOS DE LA DNN:    Este primer numeral establece los diversos servicios que la Dirección Nacional de Notariado brinda en sus ofic...

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¿Cómo cobrar honorarios en los traspasos indirectos?

Sabemos que con la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria el 28 de setiembre del año pasado, se incorporó el concepto del "traspaso indirecto" a la Ley del Impuesto de Traspaso de Bienes Inmuebles, definido como "cualquier negocio jurídico que implique la transferencia del poder de control sobre una persona jurídica titular del inmueble." (Art. 2 de la Ley 6999)

Desde esa fecha han sido reiteradas las solicitudes de estimados usuarios de nuestros sistemas de cálculo de timbres y honorarios para que incorporemos estos actos de traspasos indirectos a los programas.

Si bien está claro que los traspasos indirectos deben pagar el 1.5% de impuesto de traspaso de bienes inmuebles, así como otros timbres,  no tenemos certeza aún sobre la tarifa a aplicar por concepto de honorarios.

 ¿Deben aplicarse las tarifas correspondientes a un contrato de cesión de...

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¿Pueden cobrar los notarios el tiempo que “invierten” en recoger firmas?

Mediante acuerdo 2012-14-020,  la Junta Directiva del Colegio de Abogados resolvió una consulta sobre este importante tema.  Nos permitimos comentarla a continuación.

Planteaba la colega que realizó la gestión, que no son pocas las veces que los notarios deben desplazarse de sus oficinas para conseguir  firmas de los comparecientes en las escrituras otorgadas en su protocolo.    Igualmente, deben muchas veces "hacer de mensajeros" para retirar los cheques girados,  principalmente, por instituciones públicas,  en pago de sus honorarios profesionales.   La pregunta específica era si estaban autorizados los notarios para cobrar el tiempo invertido en estas labores de desplazamiento según la tarifa horaria de  ¢75,000 prevista en el artículo 63 del Arancel de Honorarios.

Así respondió la Junta Directiva:

"Considerando: I.- Que el artículo 73 del Arancel establece que la labor notarial incluida en el Título IV e...

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Resultados diferentes en el sistema Tasaban

Se han incrementado en las últimas semanas, las consultas que diariamente recibimos por parte de estimados usuarios de nuestros sistemas para el cálculo de timbres y honorarios:  Master Lex Cálculos, Cálculos Web y de MOVILEX, nuestra más reciente aplicación diseñada para Iphones y Androids.

Muchos llaman preocupados pues utilizaron algunas opciones de TASABAN y sus escrituras fueron devueltas con el correspondiente defecto por falta de pago de timbres. Otros, por el contrario, manifiestan haber pagado sumas de más que no correspondía cancelar.

Hemos intentando advertir a través de notas como la presente algunos aspectos importantes de tomar en cuanto al momento de utilizar el sistema TASABAN y estamos considerando introducir propiamente en nuestros sistemas, alguna llamada de atención sobre esos actos o contratos que deben tasarse con mayor cuidado.

Reiteramos que nuestras opciones...

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